CONVOCATORIA PARA LA CONCESION DE SUBVENCIONES EN CONCURRENCIA COMPETITIVA A ENTIDADES Y ASOCIACIONES DE MUJERES DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE CIUDAD REAL EN EL AÑO 2025
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES422 - Ciudad Real
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
08/04/2025
Publicación en diario oficial
10/04/2025
Texto oficial de apertura: veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación
Texto oficial de cierre: veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA ABIERTA POR EL AYUNTAMIENTO DE CIUDAD REAL EN CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS ENTIDADES Y ASOCIACIONES DE MUJERES DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE CIUDAD REAL EN EL AÑO 2025. La presente convocatoria se ajusta al Texto Regulador de las Bases Generalespara la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Ciudad Real y sus organismos autónomos, aprobado en sesión plenaria extraordinaria de fecha 20 de enero de 2025. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.PRIMERO. DESTINATARIAS1. Podrán ser beneficiarias de esta convocatoria las siguientes entidades:a) Asociaciones de mujeres sin ánimo de lucro.b) Otras entidades u organizaciones sin ánimo de lucro que recojan expresamente en sus estatutos la defensa de los derechos de las mujeres y la igualdad de oportunidades y que tengan la sede y realicen sus actuaciones en el Municipio de Ciudad Real.c) Asociaciones culturales, Asociaciones Vecinales, Ampas, Fundaciones, federaciones, confederaciones de asociaciones que trabajen por la igualdad. 2. Asimismo, podrán ser beneficiarias de las subvenciones las Entidades o Asociaciones de Mujeres con sede en la localidad de Ciudad Real que trabajen por una sociedad igualitaria libre de discriminaciones. 3. No podrán ser beneficiarias de subvención para un mismo proyecto de actividades las entidades, individualmente consideradas, y las agrupaciones en que aquéllas se integren. Además, las entidades que se integren en una agrupación no podrán optar de forma individual a la convocatoria con un proyecto diferente.SEGUNDO. OBJETO.El objeto de la presente convocatoria es contribuir a hacer efectiva la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en todos los ámbitos de la vida social, económica, política y cultural, apoyando programas, proyectos y/oactividades organizadas desde las Entidades o Asociaciones de Mujeres con sede en la localidad de Ciudad Real que trabajen por una sociedad igualitaria libre de discriminaciones (con carácter retroactivo desde el 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2025). TERCERO. BASES REGULADORAS.La convocatoria será publicada en la Base de Datos Nacional de Subvencionesy un extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 20.8.a) de la citada Ley General de Subvenciones, y en aplicación de los principios de publicidad, transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.CUARTO. CUANTÍAA la presente convocatoria se destinará un importe de 5.000,00 € que serán imputados a la aplicación presupuestaria nº 2313.48008 “Subvención Asociaciones de Mujeres” del presupuesto General del Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real para el ejercicio 2025QUINTO. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, tal y como establece el artículo 20 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.Las solicitudes de subvención se formalizarán y presentarán según el modelo de la presente convocatoria (Anexo I) y deberán dirigirse al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real, firmada por el representante legal de la entidad solicitante. Las solicitudes, junto con los documentos o informes que en su caso deberán acompañarlas, serán presentadas en la sede electrónica del Ayuntamiento de Ciudad Real en el siguiente enlace: https://ciudadreal.es/subvenciones.html, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.SEXTO. OTROS DATOS.Además de la publicidad propia de toda convocatoria sometida a la Ley General de Subvenciones, se le dará la mayor difusión posible entre quienes pudieran estar interesados.Todos los trámites relacionados con la solicitud se notificarán de forma electrónica, a través de la carpeta ciudadana