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Plazo no verificadoBDNS 825796

Resolución de 31 de marzo de 2025 que aprueba las bases reguladoras de las ayudas para el Fomento de las Exportaciones Gallegas, cofinanciadas FEDER 2021-2027 (código de procedimiento IG422B), 2025 en régimen de concurrencia no competitiva Minimis GENE

AUTONOMICA · GALICIA · INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE)

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 08:19 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES11 - GALICIA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Otras actuaciones de carácter económico

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
22/04/2025
Fin de solicitudes
31/10/2025
Registro en BDNS
08/04/2025
Publicación en diario oficial
10/04/2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Los códigos asignados por la BDNS corresponden a un mismo texto de convocatoria: 825772 MINIMIS AGRICOLA
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/825772

Los códigos asignados por la BDNS corresponden a un mismo texto de convocatoria: 825777 MINIMIS PESCA
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/825777

EXTRACTO de la Resolución de 31 de marzo de 2025 por la que se da publicidad del acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas Foexga (Fomento de las exportaciones gallegas), cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del Programa Galicia Feder 2021-2027 (código de procedimiento IG422B), así como la selección de entidades colaboradoras que participarán en su gestión (código de procedimiento IG422A), y se realiza su convocatoria para el año 2025 en régimen de concurrencia no competitiva.


De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS) (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

Serán entidades beneficiarias las empresas que cumplan los siguientes requisitos:
a)Que cumplan la definición de pyme, según la definición establecida por la Comisión Europea en el Reglamento (UE) 651/2014 (DOUE L 187, de 26 de junio), por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del tratado, incluidas las pymes con objeto social destinado a la prestación de servicios técnicos, comerciales o logísticos.
a)Que tengan algún centro de trabajo radicado en la Comunidad Autónoma de Galicia con al menos un trabajador en el momento de presentación de la ayuda.
b)Que estén dadas de alta en programas avanzados del Igape de apoyo a la internacionalización con informe positivo emitido a partir del 1 de enero de 2013. La solicitud de alta en programas avanzados de Igape de apoyo a la internacionalización deberá hacerse antes de la finalización del plazo de fin de la ejecución de la actuación, a través del procedimiento del Igape IG192.
c)Que cuenten con presencia en los medios digitales internacionales, contando como mínimo con una página web con versión en inglés.
d)Que estén al corriente de sus obligaciones con la Hacienda pública estatal, con la Comunidad Autónoma de Galicia y con la Seguridad Social. También deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia, para ser beneficiarias de la ayuda, y cumplir las obligaciones del artículo 11 de la citada Ley de subvenciones.
e)Que cumplan la normativa de ayudas de minimis según lo previsto en el artículo 2.3 de las bases reguladoras.
f)Que estén al corriente de pagos adeudados a las cámaras.
g)Las empresas participantes en una misma acción no deberán tener vinculación entre sí de ningún tipo para poder optar a la subvención; en caso de que participen en una acción dos empresas vinculadas, solo una de ellas podrá optar a la subvención. Se entiende por vinculación cualquier participación de una empresa tanto directa como indirecta en la gestión, control o capital social de otra. La vinculación se hace extensiva a la relación de miembros de órgano de gobierno, directivos o gestores.

Segundo. Objeto

Aprobar las condiciones por las cuales se regirá la concesión de ayudas Foexga con la finalidad de incentivar y estimular el comercio exterior gallego y la internacionalización de las pymes gallegas, así como la selección de entidades colaboradoras que participan en su gestión.

El objetivo principal de estas ayudas es conseguir la internacionalización real de las pymes gallegas y propiciar la comercialización de sus bienes y servicios en los mercados exteriores. Las actuaciones que engloban están dirigidas a:
a) Aumentar la base de empresas exportadoras.
b) Fomentar y consolidar la presencia de empresas gallegas en los mercados internacionales.
c) Conseguir una mayor diversificación, tanto sectorial como geográfica, de las exportaciones, incorporando nuevos mercados y productos a los procesos de internacionalización de las empresas gallegas.
d) Difundir la cultura de la internacionalización como herramienta de progreso y competitividad.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 31 de marzo de 2025 por la que se da publicidad del acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas Foexga (Fomento de las exportaciones gallegas), cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del Programa Galicia Feder 2021-2027 (código de procedimiento IG422B), así como la selección de entidades colaboradoras que participarán en su gestión (código de procedimiento IG422A), y se realiza su convocatoria para el año 2025 en régimen de concurrencia no competitiva.

Cuarto. Importe

Los créditos disponibles para concesiones en esta convocatoria se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 09.A1.741A.7700 y por un importe de 1.900.000 € con cargo al ejercicio 2025 y 480.000 € con cargo al ejercicio 2026.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes de la ayuda (código de procedimiento IG422B) se iniciará el día siguiente hábil al de la finalización del plazo de adhesión de las entidades colaboradoras contado desde las 9.00 horas del día del inicio del plazo y finalizará a las 14.00 horas del 31 de octubre de 2025, excepto que antes de esa fecha se produzca el supuesto de agotamiento del crédito. El plazo de adhesión de las entidades colaboradoras será de 5 días hábiles a partir del día siguiente hábil al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia (código de procedimiento IG422A).

Bases y documentación

Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 08/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexo galegoPublicado 08/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexo castellanoPublicado 08/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 08/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSResolución de 31 de marzo de 2025 que aprueba las bases reguladoras de las ayudas para el Fomento de las Exportaciones Gallegas, cofinanciadas FEDER 2021-2027 (código de procedimiento IG422B), 2025 en régimen de concurrencia no competitiva MinimisPublicado 10/04/2025 Resolución de 31 de marzo de 2025 que aprueba las bases reguladoras de las ayudas para el Fomento de las Exportaciones Gallegas, cofinanciadas FEDER 2021-2027 (código de procedimiento IG422B), 2025 en régimen de concurrencia no competitiva Minimis GENE