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CerradaBDNS 825852

Procedimiento para la concesión directa de una ayuda adicional a titulares de explotaciones agrícolas de herbáceos, forrajeras y aromáticas, hortícolas y viveros afectados por la catástrofe natural PDRCV (M23)

AUTONOMICA · COMUNITAT VALENCIANA · AGENCIA VALENCIANA DE FOMENTO Y GARANTÍA AGRARIA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 08:21 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA

Tipo de convocatoria

Concesión directa - canónica

La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.

Finalidad

Agricultura, Pesca y Alimentación

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
11/04/2025
Fin de solicitudes
12/05/2025
Registro en BDNS
08/04/2025
Publicación en diario oficial
11/04/2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/825852

Advertidos errores materiales en la Resolución citada, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 10.086, de 11 de abril de 2025, se procede a su corrección, ampliándose 10 días hábiles el plazo de presentación de solicitudes establecido en el resuelvo sexto de la convocatoria a partir del siguiente al de la publicación de la presente corrección en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

En el Resuelvo Segundo. Personas Beneficiarias. Requisitos. Apartados 2 y 3 in fine
Donde dice:
«(…) y Resolución de 19 de noviembre de 2024 de la Conselleria de Justicia e Interior.»
Debe decir:
«(…) , en la Resolución de 19 de noviembre de 2024 de la Conselleria de Justicia e Interior y Resolución de 16 de diciembre de 2024 de la Presidencia de la AVSRE.»

Se sustituye el Anexo I Área de pérdida de potencial productivo agrícola como consecuencia de la dana.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la resolución de concesión directa, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones.

Primero. Objeto

El objeto de esta resolución es fijar las bases reguladoras y establecer el procedimiento para la concesión directa de una ayuda adicional a los titulares de explotaciones agrícolas de herbáceos, forrajeras y aromáticas, hortícolas y viveros que estén ubicadas en alguno de los municipios y polígonos que figuran en el Anexo I afectados por la catástrofe natural iniciada el día 29 de octubre de 2024, con el fin de afrontar las dificultades de liquidez, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de la Comunitat Valenciana (PDR-CV 2014-2022 Medida 23)

Segundo. Beneficiarios

1. Podrán obtener la condición de personas y entidades beneficiarias de las subvenciones, las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en situación que motiva la subvención, que hayan sufrido pérdidas en su potencial productivo superiores al 30 % de las superficies agrarias de su explotación y que reúnan los siguientes requisitos:

a) Titulares cuya explotación agrícola figure inscrita en el Registro de Explotaciones Agrícolas de la Comunitat Valenciana (REACV) o en el Registro de Operadores Profesionales de Vegetales (ROPVEG) a fecha 29 de octubre 2024 de los siguientes cultivos:
- Herbáceos (excepto arroz), forrajeros y aromáticas
- Hortícolas
- Viveros

b) La superficie mínima de la explotación de un titular, cultivada y afectada por la DANA debe ser igual o superior a 0,25 hectáreas, excepto para las plantas de vivero, cuya superficie mínima será de 0,1 hectáreas.

c) En el caso de cultivos anuales serán auxiliables las superficies agrarias ubicadas en los municipios y polígonos que figuran en el Anexo I.

d) En el caso del cultivo de las plantas de viveros serán auxiliables las superficies ubicadas en los municipios afectados por la DANA.

e) Haber presentado actualización del REACV antes del día 31 de mayo de 2025 con el fin de comprobar la continuidad de la actividad agraria.

Tercero. Bases Reguladoras

Las bases se recogen en la propia resolución que establece el procedimiento de concesión directa de conformidad con el resuelvo PRIMERO de la misma.

Cuarto. Plazo de presentación de las solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Quinto. Cuantía de las subvenciones

1. La ayuda consistirá en el pago de una cantidad a tanto alzado que deberá abonarse antes del 31 de diciembre de 2025, sobre la base de las solicitudes de ayuda aprobadas por los órganos competentes previstos en el apartado noveno de esta resolución hasta el 30 de junio de 2025.

2. La cuantía de las ayudas se establecerá conforme a los criterios establecidos en el Anexo II de Resolución, sin que en ningún caso pueda superar la cantidad de 42.000 euros por persona o entidad beneficiaria que sea titular de explotaciones agrícolas, siendo dicho límite global para el conjunto de las solicitudes presentadas por cada persona o entidad beneficiaria.

Sexto. Crédito presupuestario al que se imputa la subvención

El pago de las ayudas previstas en el resuelvo PRIMERO 1 de esta Resolución, se efectuará con cargo al capítulo 4 de la línea S1419 (fondo FEADER PAC) de la Sección G0112 Entidad 0182 Programa 714E00 del presupuesto de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria, por un importe global máximo de 5.300.000 euros.

Las ayudas citadas se enmarcan en la modificación del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Valenciana 2014-2022 (PDR-CV 2014-2022), financiadas con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), aprobada por el Comité de Seguimiento de fecha 27 de marzo de 2025, en la que se introduce la Medida 23 conforme al Reglamento (UE) nº 2024/3242, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 2024, debiendo aprobarse definitivamente por parte de la Comisión Europea. Aprobado el texto definitivo, se estará a lo dispuesto en el Resuelvo Decimonoveno.

Séptimo. Otros datos

1. las solicitudes deberán presentarse preferentemente de forma telemática cumplimentando el modelo normalizado disponible a través de la sede electrónica de la Generalitat, en la dirección de internet sede.gva.es/proc103443, pudiéndose presentar también en cualquiera de los registros previstos en la legislación reguladora del procedimiento administrativo común

2. Esta solicitud lleva incorporada una declaración responsable indicando haber sufrido pérdidas en su potencial productivo superiores al 30 % de las superficies agrarias de su explotación.

Bases y documentación

Corrección de errores Resolución 7 de abril de 2025Publicado 25/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSTexto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 25/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 25/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Corrección de errores de la Resolución de 7 de abril de 2025 del Conseller de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca por la que se establece el procedimiento para la concesión directa de una ayuda adicional a titulares de explotaciones agrícolas de herbáceos, forrajeras y aromáticas, hortícolas y viveros afectados por la catástrofe natural iniciada el día 29 de octubre de 2024, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Valenciana 2014-2022 (Medida 23)Publicado 30/04/2025Extracto de Resolución de XX de abril de 2025, del Conseller de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca por la que se establece el procedimiento para la concesión directa de una ayuda adicional a titulares de explotaciones agrícolas de herbáceos, forrajeras y aromáticas, hortícolas y viveros afectados por la catástrofe natural iniciada el día 29 de octubre de 2024, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Valenciana 2014-2022 (Medida 23)Publicado 11/04/2025Procedimiento para la concesión directa de una ayuda adicional a titulares de explotaciones agrícolas de herbáceos, forrajeras y aromáticas, hortícolas y viveros afectados M23