¿A quién se dirige?
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
- Inicio de solicitudes
- 17/04/2025
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 09/04/2025
- Publicación en diario oficial
- 16/04/2025
Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOPA nº 74 del 16/04/25
Texto oficial de cierre: Plazo Cláusula 7 de los Criterios de valoración
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Extracto del Acuerdo de fecha 8 de abril de 2025 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Gijón/Xixón, por el que se aprueba la 3ª edición del Programa de recualificación para la reconversión profesional mediante la colaboración público-privada dirigido a empresas, entidades y asociaciones profesionales 2025-2026 y los criterios de selección de proyectos en el marco del mismo.BDNS (Identif.): 825992Primero.- Objeto:Desarrollar un programa de formación y empleo que favorezca tanto la integración laboral de personas desempleadas, como su permanencia y promoción en el mercado de trabajo a través de la recualificación y readaptación en ocupaciones demandadas por las empresas que no encuentran una respuesta adecuada a sus necesidades en el mercado actual, permitiendo de este modo su reconversión profesional. En todo caso las personas seleccionadas para participar en el proyecto formativo y posterior proceso de selección para la contratación, deberán estar empadronadas en el municipio de Gijón/Xixón y estar en situación de desempleo total en el momento de iniciarse la acción formativa.Segundo.- Entidades destinatarias:La convocatoria consta de dos líneas de subvención:-Línea 1: Dirigida a empresas legalmente constituidas y ubicadas en el Principado de Asturias, cualquiera que sea su forma jurídica y tamaño, excluyendo a las que tengan una plantilla superior a los/as 250 trabajadores/as en el centro de trabajo para que se requiera la contratación e incluyendo a los trabajadores/as autónomos/as que contraten a personal por cuenta ajena.Esta Línea se divide a su vez en dos Sublíneas, la 1.A) General y la 1.B) cuya “Especialidad” radica fundamentalmente en que el plazo de presentación de solicitudes está abierto durante la vigencia de la convocatoria hasta agotar el crédito destinado a esta Sublínea, limitándose también el número de solicitudes por empresa (1 solicitud).-Línea 2: Dirigida a las asociaciones sectoriales de empresarios/as, Clusters, Agrupaciones de empresas (excluidas las UTE) y entidades sin ánimo de lucro con asociados de un determinado sector de actividad, organizadas para la defensa de sus intereses comunes y la consecución de los fines establecidos en sus estatutos, que se hallen ubicadas de forma estable en el Principado de Asturias y estén legalmente constituidas.Quedan excluidas las fundaciones y patronatos, así como las administraciones públicas, las sociedades públicas y las entidades vinculadas o dependientes de cualquiera de ellas.Tercero.- Fases de desarrollo del programa:1. Selección de los proyectos presentados previa valoración por la comisión de valoración teniendo en cuenta los ítems detallados en el apartado 5º de los criterios de selección.2. Suscripción de un convenio de colaboración con cada empresa y asociación profesional cuyo proyecto haya sido seleccionado, previa aprobación por la Junta de Gobierno Local, en el que se concretarán las obligaciones de las partes, el diseño y contenido de las acciones formativas, el proceso de selección de las personas participantes en la formación, así como la cuantía de la subvención y el número de contrataciones a realizar.3. Realización de la acción formativa, previa selección del alumnado, proceso en el que se priorizará a las personas que se encuentren en situación de desempleo y sean menores de 30 o mayores de 40 años, siendo requisitos indispensables de participación en la formación que las personas seleccionadas estén empadronadas en el municipio de Gijón/Xixón con al menos tres meses de antelación a la fecha de publicación en el BOPA del presente extracto y que se encuentren en situación de desempleo total en el momento de iniciar la formación.4. Formalización de los contratos con carácter indefinido ordinario, a jornada completa y en un grupo de cotización no inferior a 9, con aquellas personas que resulten seleccionadas tras haber finalizado satisfactoriamente la formación, siendo variable el número mínimo de contrataciones a realizar en función de la Línea y Sublínea a la que se concurra:Dentro de la Línea 1:En la Sublínea 1.A) dependerá de la plantilla del centro de trabajo en el que se va a integrar la persona contratada: 1 contrato (centros de trabajo de hasta 10 trabajadores/as inclusive), 3 contratos (centros de trabajo entre 11 y hasta 50 trabajadores/as inclusive) y 5 contratos (centros de trabajo entre 51 y hasta 250 trabajadores/as inclusive).En la Sublínea 1.B) sólo se financiará una contratación, con independencia de la plantilla del centro de trabajo con el límite de admisión de empresas hasta 250 trabajadores/as inclusive.Dentro de la Línea 2: El número de contrataciones a realizar no será inferior a 5 por proyecto y deberán formalizarse con al menos 2 empresas diferentes integradas en la asociación profesional.Cuarto.- Crédito presupuestario y cuantía de la subvención:El crédito máximo autorizado en la convocatoria es de 1.700.000 euros para las dos anualidades (2025-2026), a financiar con cargo a la aplicación PD50.24101.470.03 (Orientación e Intermediación Laboral. Ayudas a la contratación) del correspondiente presupuesto municipal o la que proceda para cada ejercicio y condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el mismo, de acuerdo a la siguiente distribución:-Línea 1: 1.105.720 euros.-Línea 2: 594.280 euros.La cuantía máxima de la subvención a conceder por proyecto vendrá condicionada por el presupuesto de la formación, de los gastos indirectos asociados y de las contrataciones a formalizar, aplicándose las siguientes normas:- Presupuesto de gastos indirectos: se subvencionará como máximo el 10% del presupuesto de la formación, estableciéndose los siguientes límites si dicho porcentaje fuese superior a los mismos:a) Línea 1 (Empresas): máximo 3.000 euros (menor o igual a 10 contratos) o 5.000 euros (más de 10 contratos).b) Línea 2 (Asociaciones profesionales): máximo 9.000 euros- Presupuesto de gastos de formación: se calculará tomando como referencia los importes establecidos para dicho concepto según los módulos económicos (coste hora/participante) fijados por el Servicio Público del Principado de Asturias para especialidades de formación para el empleo similares, con el límite máximo de 50.000 euros.- Presupuesto de gastos de contratación de los participantes seleccionados: se calculará por un período de doce meses, pudiendo alcanzar el importe de la subvención concedida por este concepto hasta un máximo del 65% de dichos costes en el caso de la Sublínea 1.A) y de la Línea 2 y hasta un máximo del 50% en el caso de la Sublínea 1.B).Quinto.- Solicitudes/Plazo:La solicitud de participación en el proceso de selección de proyectos se formalizará mediante la presentación del formulario P010062.001 disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Gijón/Xixón, acompañada del proyecto y demás documentación exigida de conformidad con lo dispuesto en la cláusula cuarta de los criterios de selección.Para concurrir a la convocatoria se establecen los siguientes plazos de presentación:a) Dentro de la Línea 1, Sublínea 1.A y de la Línea 2:1er plazo: 20 de días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de los criterios en el BOPA para aquellos proyectos que vayan a iniciarse entre abril y septiembre de 2025.2º plazo: del 1 al 20 de septiembre, ambos inclusive, para los proyectos que vayan a iniciarse entre octubre y diciembre de 2025.b) La Sublínea 1.B permanecerá abierta desde el día siguiente a la publicación en el BOPA del extracto de los criterios de selección y durante la vigencia de la convocatoria hasta agotar el crédito disponible.Sexto.- Lugar de presentación:De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas jurídicas deberán relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos para la realización de los trámites administrativos.La presentación de la solicitud y documentación anexa se realizará a través del registro electrónico y dirigida al Servicio de Promoción, Desarrollo e Innovación de la Dirección General de Promoción del Empleo del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.