Plazo no verificadoBDNS 826091
CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA FOMENTO DE ALQUILER DE VIVIENDAS VACÍAS. PROGRAMA "VIVE EN MOLINA 2025".
LOCAL · MOLINA DE SEGURA · AYUNTAMIENTO DE MOLINA DE SEGURA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 08:25 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES620 - Murcia
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Acceso a la vivienda y fomento de la edificación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 09/04/2025
- Publicación en diario oficial
- 15/04/2025
Texto oficial de apertura: No disponible
Texto oficial de cierre: 15/12/2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero: Beneficiarios.Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, propietarias o usufructuarias de viviendas sitas en el t.m. de Molina de Segura.Segundo: Objeto.Convocatoria de ayudas para fomento de Alquiler de Viviendas Vacías. Programa “VIVE EN MOLINA”.La presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión y pago de ayudas destinadas a financiar determinados gastos que comporta la formalización del contrato de arrendamiento y el cumplimiento por parte de la vivienda de los requisitos establecidos en estas bases.Tercero: Bases reguladoras.Las ayudas económicas previstas en estas bases adoptarán la forma de subvenciones, y se regirán, además de por lo regulado en la misma, por lo previsto en:• Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.• Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.• Ordenanza General de Subvenciones a conceder por el Ayuntamiento de Molina de Segura publicadas en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el 10 de marzo de 2022.• Orden de la Consejería de Fomento e Infraestructuras por la que se determinan los precios máximos aplicables a las viviendas protegidas en la Región de Murcia y se delimitan las áreas geográficas (BORM n.º 69, 24/03/2022).• Bases generales reguladoras de la convocatoria de subvenciones y premios del Ayuntamiento de Molina de Segura para el año 2025Cuarto: Cuantía.El importe de las ayudas se financiarán de la siguiente manera:Línea 1 con cargo a la partida 50/1521/488 0300 SUBVENCIONES PROGRAMAS ALQUILER prevista en el actual presupuesto de gasto municipal para el ejercicio 2025, por importe de 50.000,00 euros.Línea 2 con cargo a la partida 50/1521/788 0300 PROGRAMA ALQUILER VIVIENDAS VACÍAS prevista en el actual presupuesto de gasto municipal para el ejercicio 2025, por importe de 40.000,00 euros.Haciendo constar que la concesión de las mismas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.La cuantía máxima de las ayudas se determinará atendiendo al coste total de las actuaciones a desarrollar (inversión subvencionable), hasta un máximo de 16.000 €.Quinto: Plazo y lugar de presentación de solicitudes.Las solicitudes junto con la documentación necesaria se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Molina de Segura y se presentarán por medios electrónicos tal como establecen los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien utilizando cualquiera de los medios establecidos en ella.La presentación de la solicitud presume la aceptación incondicionada de la normativa reguladora de las ayudas y de las condiciones, requisitos y obligaciones que se contienen en la misma y especialmente en las bases del programa VIVE EN MOLINA 2025.El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación de la convocatoria hasta el 15 diciembre de 2025 o agotamiento del crédito presupuestario, lo cual se publicará en el BORM, en su caso.Sexto: Otros datos.Las bases reguladoras de subvención, el texto completo de la convocatoria y modelos a presentar junto con la solicitud se encuentran a disposición de los interesados en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Molina de Segura (https:sedeelectronica.molinadesegura.es/subvenciones/).
Primero: Beneficiarios.Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, propietarias o usufructuarias de viviendas sitas en el t.m. de Molina de Segura.Segundo: Objeto.Convocatoria de ayudas para fomento de Alquiler de Viviendas Vacías. Programa “VIVE EN MOLINA”.La presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión y pago de ayudas destinadas a financiar determinados gastos que comporta la formalización del contrato de arrendamiento y el cumplimiento por parte de la vivienda de los requisitos establecidos en estas bases.Tercero: Bases reguladoras.Las ayudas económicas previstas en estas bases adoptarán la forma de subvenciones, y se regirán, además de por lo regulado en la misma, por lo previsto en:• Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.• Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.• Ordenanza General de Subvenciones a conceder por el Ayuntamiento de Molina de Segura publicadas en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el 10 de marzo de 2022.• Orden de la Consejería de Fomento e Infraestructuras por la que se determinan los precios máximos aplicables a las viviendas protegidas en la Región de Murcia y se delimitan las áreas geográficas (BORM n.º 69, 24/03/2022).• Bases generales reguladoras de la convocatoria de subvenciones y premios del Ayuntamiento de Molina de Segura para el año 2025Cuarto: Cuantía.El importe de las ayudas se financiarán para la línea 1, con cargo a la partida 50/1521/788 0300 SUBVENCIONES PROGRAMAS ALQUILER prevista en el actual presupuesto de gasto municipal para el ejercicio 2025, por importe de 40.000 euros, cuarenta mil euros.El importe de las ayudas se financiarán para la línea 2, con cargo a la partida 50/1521/4880 0300 SUBVENCIONES PROGRAMAS ALQUILER prevista en el actual presupuesto de gasto municipal para el ejercicio 2025, por importe de 50.000 euros, cincuenta mil euros, haciendo constar que la concesión de las mismas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.La cuantía máxima de las ayudas se determinará atendiendo al coste total de las actuaciones a desarrollar (inversión subvencionable), hasta un máximo de 16.000 €.Quinto: Plazo y lugar de presentación de solicitudes.Las solicitudes junto con la documentación necesaria se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Molina de Segura y se presentarán por medios electrónicos tal como establecen los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien utilizando cualquiera de los medios establecidos en ella.La presentación de la solicitud presume la aceptación incondicionada de la normativa reguladora de las ayudas y de las condiciones, requisitos y obligaciones que se contienen en la misma y especialmente en las bases del programa VIVE EN MOLINA 2025.El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación de la convocatoria hasta el 15 diciembre de 2025 o agotamiento del crédito presupuestario, lo cual se publicará en el BORM, en su caso.Sexto: Otros datos.Las bases reguladoras de subvención, el texto completo de la convocatoria y modelos a presentar junto con la solicitud se encuentran a disposición de los interesados en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Molina de Segura (https:sedeelectronica.molinadesegura.es/subvenciones/).
Primero: Beneficiarios.Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, propietarias o usufructuarias de viviendas sitas en el t.m. de Molina de Segura.Segundo: Objeto.Convocatoria de ayudas para fomento de Alquiler de Viviendas Vacías. Programa “VIVE EN MOLINA”.La presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión y pago de ayudas destinadas a financiar determinados gastos que comporta la formalización del contrato de arrendamiento y el cumplimiento por parte de la vivienda de los requisitos establecidos en estas bases.Tercero: Bases reguladoras.Las ayudas económicas previstas en estas bases adoptarán la forma de subvenciones, y se regirán, además de por lo regulado en la misma, por lo previsto en:• Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.• Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.• Ordenanza General de Subvenciones a conceder por el Ayuntamiento de Molina de Segura publicadas en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el 10 de marzo de 2022.• Orden de la Consejería de Fomento e Infraestructuras por la que se determinan los precios máximos aplicables a las viviendas protegidas en la Región de Murcia y se delimitan las áreas geográficas (BORM n.º 69, 24/03/2022).• Bases generales reguladoras de la convocatoria de subvenciones y premios del Ayuntamiento de Molina de Segura para el año 2025Cuarto: Cuantía.El importe de las ayudas se financiarán para la línea 1, con cargo a la partida 50/1521/788 0300 SUBVENCIONES PROGRAMAS ALQUILER prevista en el actual presupuesto de gasto municipal para el ejercicio 2025, por importe de 40.000 euros, cuarenta mil euros.El importe de las ayudas se financiarán para la línea 2, con cargo a la partida 50/1521/4880 0300 SUBVENCIONES PROGRAMAS ALQUILER prevista en el actual presupuesto de gasto municipal para el ejercicio 2025, por importe de 50.000 euros, cincuenta mil euros, haciendo constar que la concesión de las mismas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.La cuantía máxima de las ayudas se determinará atendiendo al coste total de las actuaciones a desarrollar (inversión subvencionable), hasta un máximo de 16.000 €.Quinto: Plazo y lugar de presentación de solicitudes.Las solicitudes junto con la documentación necesaria se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Molina de Segura y se presentarán por medios electrónicos tal como establecen los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien utilizando cualquiera de los medios establecidos en ella.La presentación de la solicitud presume la aceptación incondicionada de la normativa reguladora de las ayudas y de las condiciones, requisitos y obligaciones que se contienen en la misma y especialmente en las bases del programa VIVE EN MOLINA 2025.El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación de la convocatoria hasta el 15 diciembre de 2025 o agotamiento del crédito presupuestario, lo cual se publicará en el BORM, en su caso.Sexto: Otros datos.Las bases reguladoras de subvención, el texto completo de la convocatoria y modelos a presentar junto con la solicitud se encuentran a disposición de los interesados en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Molina de Segura (https:sedeelectronica.molinadesegura.es/subvenciones/).
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 09/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Molina de Segura, de 07 de abril de 2025, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones en materia de vivienda 2025.Publicado 22/04/2025Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Molina de Segura, de 07 de abril de 2025, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones en materia de vivienda 2025.Publicado 15/04/2025BASES GENERALES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES Y PREMIOS DEL AYUNTAMIENTO DE MOLINA DE SEGURA PARA EL AÑO 2025Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.