PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES230 - La Rioja
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Agricultura, Pesca y Alimentación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
09/04/2025
Publicación en diario oficial
14/04/2025
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOR
Texto oficial de cierre: 1 mes a partir del día siguiente a la publicación en el BOR
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Bases Reguladoras.Orden 12/2016, de 25 de abril (Boletín Oficial de La Rioja Núm. 48 de 27 de abril de 2016) de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a Entidades Locales integradas en la Reserva Regional de Caza de Cameros – Demanda.Segundo. Objeto.Esta subvención está destinada a la realización de obras de mejora, conservación y gestión de recursos cinegéticos, así como la adecuación de infraestructuras y equipamientos en Entidades Locales integradas en la Reserva Regional de Caza de Cameros – Demanda.Tercero. Beneficiarios.Podrán solicitar estas subvenciones los Ayuntamientos y Mancomunidades de municipios integrados en la Reserva Regional de Caza de Cameros – Demanda, y que mantengan núcleos de población habitados, de acuerdo con la Ley 2/1973, de 17 de marzo, de creación de trece reservas nacionales de caza.Cuarto. Cuantía.Se aprueba el gasto correspondiente a la convocatoria del año 2025 de las subvenciones destinadas a la financiación de obras de mejora, conservación y gestión de recursos cinegéticos, así como la adecuación de infraestructuras y equipamientos, con cargo al presupuesto de 2025 (Proyecto 80702.3) por un importe total de 309.200 euros distribuidos de la siguiente manera:05.06.4712.461.04: 2.150 euros.05.06.4712.761.02: 279.150 euros.05.06.4712.462.04: 320 euros.05.06.4712.762.02: 27.580 euros.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo para presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.Sexto. Otros datos de interés.1. Convocatoria. El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja (http://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=01947)2. Solicitudes. Dada la naturaleza jurídica de los beneficiarios, o quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, las solicitudes deberán presentarse telemáticamente. Si el interesado no dispone de Dirección Electrónica Habilitada (DEH) en el sistema de notificaciones electrónicas de esta Administración, debe tramitar el alta en la dirección web: www.larioja.org/notificaciones, o bien solicitar al órgano gestor que tramite dicha alta en la dirección de correo electrónico area.cazaypesca@larioja.org, indicando la dirección de correo electrónico que pretende que se le habilite. A través de esta dirección de correo electrónico se le avisará, con carácter informativo y no vinculante, de las notificaciones que tiene disponibles en la DEH.Las solicitudes de subvención y documentación señaladas en los apartados anteriores se dirigirán al Director General de Medio Natural y Paisaje en los modelos disponibles en la oficina electrónica de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja.3. Documentación. Junto a la solicitud se deberá presentar la documentación referida en el artículo 11 de la Orden reguladora.Las adjudicaciones de los trabajos cumplirán lo establecido en la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público en cuanto a importes máximos autorizados para cada modalidad de contratación.4. Procedimiento de concesión. La subvención se instruirá de acuerdo al régimen de concesión directa.5. Instrucción y tramitación. La instrucción y tramitación del expediente se realizará conforme a lo previsto en el artículo 12 de la Orden reguladora.6. Obligaciones. Los beneficiarios de estas ayudas estarán sujetos a las obligaciones establecidas en el artículo 5 de la Orden reguladora.7. Justificación. El plazo de justificación de esta convocatoria de ayudas concluirá el 30 de noviembre de 2025. La justificación se realizará de acuerdo a lo establecido en el artículo 10 de la orden de bases reguladoras.8. Pago de las subvenciones. La justificación del gasto y el pago de las subvenciones según se establece en el artículo 15 de la Orden de bases.