SUBVENCION NOMINATIVA A LA ESCUELA DE CICLISMO SANTI PEREZ-MIRADOR DEL NALON, PARA LA ORGANIZACION DEL X TROFEO SANTIAGO Y SANTA ANA Y XX TROFEO SANTI PEREZ DE ESCUELAS
PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES120 - Asturias
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Educación
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
Inicio de solicitudes
01/12/2024
Fin de solicitudes
31/12/2025
Registro en BDNS
11/04/2025
Publicación en diario oficial
23/04/2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
BDNS (identif.): 826702CONVENIO ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE GRADO Y LA ESCUELA DE CICLISMO SANTI PEREZ PARA LA CONCESION DE SUBVENCION NOMINATIVAPrimera. Ámbito de aplicaciónLas actividades y actuaciones a realizar bajo el presente convenio se desarrollarán por el interesado en el ámbito del concejo de Grado. Segunda: Objeto del contratoSerá objeto del Convenio el fomento del ciclismo mediante las carreras de Ciclismo: X TROFEO SANTIAGO SANTANA JUNIOR el 5 de abril de 2025 y el XX TROFEO SANTI PEREZ DE ESCUELAS en el mes de julio de 2025. Tercera: Créditos presupuestarios y cuantía de la subvenciónLa subvención objeto del presente convenio asciende a la cuantía de 2.500 € y está expresamente determinado en el estado de gatos del Presupuesto General de la Corporación el objeto, la dotación y el beneficiario siendo la partida presupuestaria: 05.341.48102. Cuarta: Actuaciones y compromisos por parte del beneficiarioEl beneficiario se compromete:Al fomento del municipio de Grado en las actuaciones realizadas o por realizar en el marco del presente convenio.Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones necesarios, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión y la aplicación a su finalidad de los fondos recibidos.Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial que resulte aplicable a la beneficiaría en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por la regulación de la subvención, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.Asimismo, se compromete a que todas las actividades realizadas en el marco de esta actuación indicarán la colaboración del Ayto de Grado, con la inserción del logo del Ayuntamiento. Quinta: Justificación de la subvenciónLa subvención será justificada antes del 10 de diciembre de 2025. Para la justificación de la subvención deberá aportarse la cuenta justificativa, según modelo normalizado. La cuenta justificativa, se presentará en los mismos lugares y medios establecidos para la presentación de las solicitudes.No podrá procederse al pago de la subvención en tanto no se acredite que el beneficiario se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Sexta: Compatibilidad con otras ayudasSe establece la compatibilidad de esta subvención con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.