Resolución de 8 de abril de 2025 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Badajoz, por la que se aprueba el Programa municipal de ayudas económicas a la rehabilitación y revitalización del casco histórico de la ciudad para 2025.
PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES431 - Badajoz
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Otras Prestaciones económicas
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
31/12/2025
Registro en BDNS
11/04/2025
Publicación en diario oficial
16/04/2025
Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de Badajoz
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios:Podrán ser promotores de las actuaciones previstas en el artículo anterior, y beneficiarios de las ayudas económicas contempladas en este programa, las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas Pudiendo ser promotores de todas las actuaciones tanto sus propietarios como los arrendatarios y usufructuarios de las viviendas cuando conforme a la legislación aplicable, puedan éstos últimos realizar las obras. Segundo. Objeto y Ámbito de aplicación Es objeto del presente Programa, la regulación de las ayudas económicas que el Excmo. Ayuntamiento de Badajoz concede para las actuaciones previstas en el artículo 3, y se formula como un complemento a otras ayudas en la misma materia que puedan ser reguladas en vigente o futura legislación estatal y autonómica. El ámbito de aplicación del Programa se circunscribe al del Plan Especial de Ordenación, Protección y Actuación del Centro Histórico si bien, por razones de racionalidad y rentabilidad de la inversión, se definen dos zonas. En la primera de ellas, de más necesaria intervención y denominada ZONA AZUL en planimetría anexa, serán susceptibles de recibir ayudas la totalidad de los inmuebles incluidos en su ámbito. En la segunda, que se denomina ZONA AMARILLA, podrán acogerse a ayudas los inmuebles incluidos en el catálogo del PEPCH y los locales comerciales ubicados en calles de tradición comercial. Tercero. Bases reguladoras. Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Badajoz, publicada en el BOP de Badajoz, el día 2 de febrero de 2009-http://www.dip-badajoz.es/bop/ventana_anuncio.php?id_anuncio=33251&FechaSolicitada=2009-02-02 Cuarto. Cuantía.Los presupuestos del Ayuntamiento de Badajoz contemplan una dotación municipal de 250.000€ en la partida presupuestaria 1513 44900. El convenio a que hace referencia el punto siguiente contempla la forma en que serán transferidos los fondos necesarios a la Inmobiliaria Municipal de Badajoz, S.A. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Desde el siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y hasta el 31 de diciembre de 2025. Sexto. Otros datos. El lugar de presentación de las solicitudes será el registro de la Oficina de Rehabilitación de INMUBA en Plaza Alta 64. Para iniciar la tramitación del expediente será necesaria la presentación de la documentación indicada en el Programa.