Plazo no verificadoBDNS 826836
Ayudas a la implantación, modernización y transformación digital de las pequeñas empresas de comercio, servicios personales y hostelería de Vitoria-Gasteiz 2025
LOCAL · VITORIA-GASTEIZ · AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 08:40 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES211 - Araba/Álava
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras actuaciones de carácter económico
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- 24/04/2025
- Fin de solicitudes
- 16/05/2025
- Registro en BDNS
- 11/04/2025
- Publicación en diario oficial
- 23/04/2025
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente de la publicación en BOTHA
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Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index, y en la página Web del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz http://www.vitoria-gasteiz.org
Primero. Beneficiarios.
Personas físicas o jurídicas, con actividad mercantil, con plantilla inferior a cincuenta personas, volumen de negocios o cuyo balance general anual no sea superior a 10 millones euros y no estén vinculadas o participadas en más de un 25% con empresas que no cumplan dichos requisitos, figuren de alta en los siguientes epígrafes del IAE, habiendo ejecutado proyectos de inversión, dirigidos a fomentar la implantación, la reforma, la modernización y la transformación digital en los conceptos subvencionables, en un local de negocio, con escaparate y abierto al público en horario comercial habitual y situado a nivel de rasante de suelo o integrado en mercados de abastos o centros o galerías comerciales privadas, ubicado en el término municipal de Vitoria-Gasteiz:
- 64: Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes (excepto 646: Comercio al por menor de labores de tabaco y de artículos de fumador y 647.5: suministro de productos alimenticios y bebidas, excluido el tabaco, a través de máquinas expendedoras).
- 65: Comercio al por menor de productos no alimenticios realizado en establecimientos permanentes (excepto 652.1: Farmacias: comercio al por menor de medicamentos, productos sanitarios y de higiene personal, 654.3: de vehículos aéreos, 654.4: de vehículos fluviales y marítimos, 654.5: de maquinaria, 654.6 de cubiertas, bandas y cámaras de aire de toda clase de vehículos y 655: comercio al por menor de combustibles, carburantes y lubricantes).
- 662.2: Comercio al por menor de toda clase de artículos.
- 671, 672 y 673: Servicio de alimentación en restaurantes, cafeterías, cafés y bares.
- 676: Servicio de alimentación en chocolaterías, heladerías y horchaterías.
- 677.9: Otros servicios de alimentación propios de la restauración.
- 681, 682, 683 y 684: Servicios de hospedaje en hoteles, moteles, hostales, pensiones, fondas, casas de huéspedes y hoteles apartamentos.
- 691.1: Reparación de artículos eléctricos para el hogar.
- 691.9: Reparación de otros bienes de consumo NCOP.
- 755: Agencias de viaje, excepto 755.1.
- 971: Lavanderías, tintorerías y servicios similares.
- 972: Salones de peluquería e institutos de belleza.
- 973.1: Servicios fotográficos.
- 973.3: Servicios de copias de documentos con máquinas fotocopiadoras.
Quedan expresamente excluidos los negocios instalados en polígonos industriales y estaciones de servicio (gasolineras), así como por actividad, los dedicados a la hostelería de noche durante los fines de semana, y prestación de servicios de catering a colectividades.
Segundo. Objeto.
Fomentar la actividad económica en el municipio de Vitoria-Gasteiz, en el sector de comercio, servicios personales y hostelería, mediante subvención de inversiones realizadas desde el día 27 de abril de 2024 hasta el día de la publicación en BOTHA de la convocatoria, en obras de reforma del local comercial; instalación, reforma y adecuación de terrazas de veladores con o sin cerramiento; adquisición de equipamiento del local; y de transformación digital.
Los proyectos presentados deberán tener un importe mínimo de inversión subvencionable de:
1.000,00 euros para los proyectos de inversión relacionados exclusivamente con la acción D
2.000,00 euros (para los epígrafes de IAE 64, 65, 662.2, 69, 755, 971.3 y 972).
4.000,00 euros (para los epígrafes de IAE 67).
8.000,00 euros (para los epígrafes de IAE 68).
La convocatoria se tramitará por el procedimiento de concurrencia competitiva.
Tercero. Bases reguladoras.
El Pleno del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, en su sesión ordinaria de 21 de abril de 2023, acordó aprobar inicialmente la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, que finalmente fue publicada en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA, Nº 88, viernes, 28 de julio de 2023), y entró en vigor el 1 de octubre de 2023. Dicha Ordenanza tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras generales del procedimiento de concesión de las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.
La Junta de Gobierno Local con fecha de 21 de marzo de 2025 aprobó las bases de la convocatoria de Ayudas a la implantación, modernización y transformación digital de las pequeñas empresas de comercio, servicios personales y hostelería del término municipal de Vitoria-Gasteiz para el ejercicio 2025. Ambas pueden consultarse a través de la página Web municipal www.vitoria-gasteiz.org y en las oficinas de Atención Ciudadana.
Cuarto. Cuantía.
La dotación económica de esta convocatoria es de 560.000,00 euros, con cargo al saldo disponible en la partida 08.22 4314.489.64 del presupuesto municipal aprobado para el año 2025, denominada Ayudas al comercio y hostelería ; de los cuales 360.000,00 euros se destinarán para subvencionar inversiones de negocios de actividad en los epígrafes de IAE 64, 65, 662.2, 69, 755, 971, 972, 973.1 y 973.3, y otros 200.000,00 euros para los epígrafes de IAE 67 y 68.
Importes máximos de ayuda:
A.-Para los epígrafes de IAE 64, 65, 662.2, 69, 755, 971, 972, 973.1 y 973.3:
20.000,00 euros para los proyectos ubicados en el Casco Viejo, Coronación, El Anglo, El Pilar, Ensanche, Lovaina, Zaramaga y Judimendi (Anexo II).
15.000,00 euros para los proyectos ubicados fuera del anexo II.
B.- Para los epígrafes de IAE 67 y 68:
15.000,00 euros para los proyectos ubicados en el Casco Viejo, Coronación, El Anglo, El Pilar, Ensanche, Lovaina, Zaramaga y Judimendi (anexo II).
10.000,00 euros para los proyectos no ubicados en el anexo II.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de estas bases en el BOTHA.
Primero. Beneficiarios.
Personas físicas o jurídicas, con actividad mercantil, con plantilla inferior a cincuenta personas, volumen de negocios o cuyo balance general anual no sea superior a 10 millones euros y no estén vinculadas o participadas en más de un 25% con empresas que no cumplan dichos requisitos, figuren de alta en los siguientes epígrafes del IAE, habiendo ejecutado proyectos de inversión, dirigidos a fomentar la implantación, la reforma, la modernización y la transformación digital en los conceptos subvencionables, en un local de negocio, con escaparate y abierto al público en horario comercial habitual y situado a nivel de rasante de suelo o integrado en mercados de abastos o centros o galerías comerciales privadas, ubicado en el término municipal de Vitoria-Gasteiz:
- 64: Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes (excepto 646: Comercio al por menor de labores de tabaco y de artículos de fumador y 647.5: suministro de productos alimenticios y bebidas, excluido el tabaco, a través de máquinas expendedoras).
- 65: Comercio al por menor de productos no alimenticios realizado en establecimientos permanentes (excepto 652.1: Farmacias: comercio al por menor de medicamentos, productos sanitarios y de higiene personal, 654.3: de vehículos aéreos, 654.4: de vehículos fluviales y marítimos, 654.5: de maquinaria, 654.6 de cubiertas, bandas y cámaras de aire de toda clase de vehículos y 655: comercio al por menor de combustibles, carburantes y lubricantes).
- 662.2: Comercio al por menor de toda clase de artículos.
- 671, 672 y 673: Servicio de alimentación en restaurantes, cafeterías, cafés y bares.
- 676: Servicio de alimentación en chocolaterías, heladerías y horchaterías.
- 677.9: Otros servicios de alimentación propios de la restauración.
- 681, 682, 683 y 684: Servicios de hospedaje en hoteles, moteles, hostales, pensiones, fondas, casas de huéspedes y hoteles apartamentos.
- 691.1: Reparación de artículos eléctricos para el hogar.
- 691.9: Reparación de otros bienes de consumo NCOP.
- 755: Agencias de viaje, excepto 755.1.
- 971: Lavanderías, tintorerías y servicios similares.
- 972: Salones de peluquería e institutos de belleza.
- 973.1: Servicios fotográficos.
- 973.3: Servicios de copias de documentos con máquinas fotocopiadoras.
Quedan expresamente excluidos los negocios instalados en polígonos industriales y estaciones de servicio (gasolineras), así como por actividad, los dedicados a la hostelería de noche durante los fines de semana, y prestación de servicios de catering a colectividades.
Segundo. Objeto.
Fomentar la actividad económica en el municipio de Vitoria-Gasteiz, en el sector de comercio, servicios personales y hostelería, mediante subvención de inversiones realizadas desde el día 27 de abril de 2024 hasta el día de la publicación en BOTHA de la convocatoria, en obras de reforma del local comercial; instalación, reforma y adecuación de terrazas de veladores con o sin cerramiento; adquisición de equipamiento del local; y de transformación digital.
Los proyectos presentados deberán tener un importe mínimo de inversión subvencionable de:
1.000,00 euros para los proyectos de inversión relacionados exclusivamente con la acción D
2.000,00 euros (para los epígrafes de IAE 64, 65, 662.2, 69, 755, 971.3 y 972).
4.000,00 euros (para los epígrafes de IAE 67).
8.000,00 euros (para los epígrafes de IAE 68).
La convocatoria se tramitará por el procedimiento de concurrencia competitiva.
Tercero. Bases reguladoras.
El Pleno del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, en su sesión ordinaria de 21 de abril de 2023, acordó aprobar inicialmente la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, que finalmente fue publicada en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA, Nº 88, viernes, 28 de julio de 2023), y entró en vigor el 1 de octubre de 2023. Dicha Ordenanza tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras generales del procedimiento de concesión de las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.
La Junta de Gobierno Local con fecha de 21 de marzo de 2025 aprobó las bases de la convocatoria de Ayudas a la implantación, modernización y transformación digital de las pequeñas empresas de comercio, servicios personales y hostelería del término municipal de Vitoria-Gasteiz para el ejercicio 2025. Ambas pueden consultarse a través de la página Web municipal www.vitoria-gasteiz.org y en las oficinas de Atención Ciudadana.
Cuarto. Cuantía.
La dotación económica de esta convocatoria es de 560.000,00 euros, con cargo al saldo disponible en la partida 08.22 4314.489.64 del presupuesto municipal aprobado para el año 2025, denominada Ayudas al comercio y hostelería ; de los cuales 360.000,00 euros se destinarán para subvencionar inversiones de negocios de actividad en los epígrafes de IAE 64, 65, 662.2, 69, 755, 971, 972, 973.1 y 973.3, y otros 200.000,00 euros para los epígrafes de IAE 67 y 68.
Importes máximos de ayuda:
A.-Para los epígrafes de IAE 64, 65, 662.2, 69, 755, 971, 972, 973.1 y 973.3:
20.000,00 euros para los proyectos ubicados en el Casco Viejo, Coronación, El Anglo, El Pilar, Ensanche, Lovaina, Zaramaga y Judimendi (Anexo II).
15.000,00 euros para los proyectos ubicados fuera del anexo II.
B.- Para los epígrafes de IAE 67 y 68:
15.000,00 euros para los proyectos ubicados en el Casco Viejo, Coronación, El Anglo, El Pilar, Ensanche, Lovaina, Zaramaga y Judimendi (anexo II).
10.000,00 euros para los proyectos no ubicados en el anexo II.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de estas bases en el BOTHA.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 28/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 21 de marzo de 2025, por el que se aprueba la Convocatoria pública y bases de las Ayudas a la implantación, modernización y transformación digital de las pequeñas empresas de comercio, servicios personales y hostelería del término municipal de Vitoria-Gasteiz para el ejercicio 2025Publicado 23/04/2025Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Vitoria-GasteizInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.