EST - PROGR.EMPLEO-FORMACION PARA LA CUALIFICACIÓN PROFESIONAL
AUTONOMICA · COMUNIDAD DE MADRID · CONSEJERÍA ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES3 - COMUNIDAD DE MADRID
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 11/04/2025
- Publicación en diario oficial
- 15/04/2025
Texto oficial de apertura: EL DIA 5 DE MAYO DE 2025
Texto oficial de cierre: 15 DIAS HABILES A CONTAR DESDE EL INICIO
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
BDNS (identif.):De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden por la que seconvocan subvenciones en el año 2024 para la realización de los programas públicos deempleo-formación de la Comunidad de Madrid, cuyo texto completo puede consultarse en laBase de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y enel portal de internet de la Comunidad de Madrid (https://www.comunidad.madrid/)Primero. Objeto1. Convocar para el año 2025 subvenciones para la realización del programa público deempleo-formación para la Cualificación Profesional.2. Este programa tiene como finalidad la mejora de la ocupabilidad y la cualificaciónprofesional de los participantes en una ocupación a través de la realización de un períodode aprendizaje con la entidad beneficiaria de la subvención, en la ejecución de una obra ola prestación de un servicio en alternancia con la formación profesional para el empleo decertificado de profesionalidad y, en su caso, de la formación complementaria necesariapara alcanzar el porcentaje mínimo del tiempo formativo de la jornada de trabajo según lanormativa laboral en vigor.Además, durante su participación en el programa se promoverá la inserción del participanteen el mercado de trabajo, por medio de la orientación para la búsqueda activa de empleo,la prospección de ofertas de trabajo y, en su caso, para el desarrollo de una iniciativaemprendedora.3. Las subvenciones se destinarán a financiar los gastos salariales y de cotización a laSeguridad Social y los costes de formación derivados de la contratación de las personasdesempleadas destinatarias del programa, así como los gastos salariales y de cotización ala Seguridad Social del personal técnico.Segundo. BeneficiariosPodrán acogerse a las ayudas de este programa las entidades locales de la Comunidad deMadrid, así como sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia depolíticas activas de empleo, desarrollo local y de promoción de la ocupación, dependienteso asimiladas a aquéllas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidadeslocales.Tercero. Bases reguladorasOrden 8 de mayo de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que seestablecen las normas de procedimiento y las bases reguladoras de las subvenciones de losprogramas públicos de empleo-formación de la Comunidad de Madrid (B.O.C.M. nº 120, de 22de mayo de 2023).Cuarto. Cuantía1. Para el cumplimiento de la finalidad establecida en la convocatoria de este programa deayudas se destinará el crédito presupuestario establecido en la Ley 9/2024, de 26 dediciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2025, en elPrograma 241M "Promoción y Fomento del Empleo", Subconcepto 46200 "Actuacionescofinanciadas FSE y otros", por cuantía de 11.000.000,00 euros.2. La cuantía anterior podrá incrementarse en una cuantía adicional máxima de10.000.000,00 euros, en los términos del artículo 69 de la Ley 9/2024, de 26 de diciembre,de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2025.La efectividad de la cuantía adicional y su redistribución por programas quedacondicionada a la declaración de disponibilidad del crédito y, en su caso, a la previaaprobación de la modificación presupuestaria que proceda, en un momento anterior a laresolución de la concesión de la subvención.Quinto. Plazo de presentación de solicitudesEl plazo para la presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles, iniciándose elplazo el día 5 de mayo de 2025.
Bases y documentación
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