CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS A LA REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS, CONCEDIDAS A TRAVÉS DE LA EMPRESA MUNICIPAL VIVIENDAS MUNICIPALES DE CÓRDOBA, S.A. (VIMCORSA)
LOCAL · CÓRDOBA · VIVIENDAS MUNICIPALES DE CÓRDOBA S.A.
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES613 - Córdoba
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras actuaciones de carácter económico
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- 15/05/2025
- Fin de solicitudes
- 22/06/2025
- Registro en BDNS
- 14/04/2025
- Publicación en diario oficial
- 16/04/2025
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente de su publicación en BOP
Texto oficial de cierre: 37 días naturales desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el B.O.P. de Córdoba
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. BeneficiariosPodrán ser beneficiarios de las ayudas, la persona física o jurídica, los propietarios de viviendas, comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades, arrendatarios o usufructuarios autorizados por la propiedad, que lleven a efecto el objeto que ha motivado la subvención, en el municipio de Córdoba, y que reúnan los requisitos contemplados en las Bases Reguladoras aprobadas en Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Córdoba, mediante acuerdo nº310/25 de fecha 17 de marzo del 2025 (BOP nº58 de 25 de marzo del 2025 )Los beneficiarios deberán cumplir con una limitación de ingresos máxima por cada programa y obras, definidos en los artículos del 19 al 25 de las Bases Reguladoras. Segunda. ObjetoLa presente convocatoria tiene por objeto regular las ayudas económicas, consistentes en una aportación dineraria sin devolución, que concede el Ayuntamiento de Córdoba para el 2025, a través de la empresa VIMCORSA, al objeto de incentivar la mejora y conservación de edificios y viviendas, la adecuación de edificios y viviendas para las personas con discapacidad y tercera edad, para obras de emergencia, para la instalación de ascensores en los edificios, y ayudas para la realización de la ITE y obras derivadas de ésta, en el municipio de Córdoba, así como la rehabilitación de espacios libres de titularidad privada, fijando unos criterios y condiciones para el acceso a las mismas. La convocatoria se extiende a la concesión de ayudas para los siguientes programas regulados en las Bases:PROGRAMA A: Edificios y viviendas residenciales no protegidas por el P.G.O.U.PROGRAMA B: Edificios y viviendas catalogadas por el P.E.P.C.H. y protegidos por el P.G.O.U, así como casas de vecinos y casa-patio que se presentan al festival de patios o con valores patrimoniales singulares que permitan su presentación.PROGRAMA C: Rehabilitación de espacios de titularidad privada y uso público o privado y otras actuaciones de interés.PROGRAMA D: Adaptación de edificios y viviendas a personas discapacitadas y/o personas mayores de 65 años.PROGRAMA E: De ayudas a obras de emergencia.PROGRAMA ITE: Inspección Técnica del Edificio y las obras derivadas de ésta.PROGRAMA F: Para instalación de ascensores en edificios de 3 (baja+2) o más plantas o adecuación del existente a la normativa vigente. Tercero.- Bases ReguladorasEl marco general que regula todas las convocatorias de subvenciones y ayudas del Ayuntamiento de Córdoba se encuentra recogido en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Córdoba (B.O.P. nº 167 de 3/10/2005), accesible desde la siguiente dirección:URL:https://www.cordoba.es/el-ayuntamiento/ordenanzas-bandos-y-otros/ordenanzas-y-reglamentos-municipales-no-fiscales-/subvenciones-y-patrociniosLa consulta a las Bases Reguladoras y al texto íntegro de la Convocatoria podrá efectuarse a través de la siguiente dirección:URL: https://www.vimcorsa.com Cuarto. Créditos presupuestarios de carácter anticipado.Subvenciones para la adecuación y reforma de viviendas, por un importe asignado de 600.000 €, con cargo a la partida presupuestaria:ZH001520 78001, para Adecuación y reforma de viviendas.Subvenciones para ascensores, por un importe asignado de 600.000 €, con cargo a la partida presupuestaria:ZH001520 78000, para Instalación de ascensores. Quinto. Cuantías de las ayudasLa regulación específica de las ayudas por cada programa y actuación viene contemplada en las Bases Reguladoras artículos 19 al 25. Sexto: Tramitación de solicitudes y plazos.La presente convocatoria se tramita por el procedimiento ordinario de concesión en régimen de concurrencia competitiva, teniendo un plazo de presentación de solicitudes de 30 días naturales desde el día siguiente a la publicación en el B.O.P. de la provincia.Las solicitudes se presentarán en impresos normalizados e incorporan la relación de documentos a presentar para cada modalidad de ayuda, contenida en el artículo 27 de la Bases reguladoras. Pueden descargarse en la web de VIMCORSA: www.vimcorsa.comSe presentarán en el registro de entrada de la empresa municipal VIMCORSA, habilitada para este fin por la Corporación municipal, con dirección en Ángel de Saavedra número 9 de Córdoba.El programa de emergencia quedará abierto en concurrencia no competitiva a partir de la finalización del plazo dado para la convocatoria en concurrencia competitiva, hasta agotar su disponibilidad presupuestaria o hasta la apertura de nueva convocatoria.Para el resto de los programas definidos en el apartado 5.2 de las Bases Reguladoras, en los que resulten remanentes sin aplicación tras la concesión de las ayudas, permanecerán abiertos en concurrencia no competitiva hasta agotar su disponibilidad presupuestaria o hasta la apertura de nueva convocatoria. Séptimo: JustificaciónLa justificación para la percepción de la ayuda se efectuará mediante la presentación de la cuenta justificativa ante VIMCORSA, que actúa en su condición de entidad colaboradora, en el en la que se acreditará la aplicación de los fondos al fin que motivó su concesión.El plazo para la presentación de la documentación justificativa para la percepción de la ayuda será como máximo de dos meses desde la finalización del plazo para la realización de las obras de rehabilitación.La documentación que deberá presentarse viene contemplada en el artículo 34 de las Bases Reguladoras.
Bases y documentación
AC JGL MODIFICACIÓN PLAZO SOLICITUDESPublicado 15/05/2025Descargar archivo oficial · BDNSBASES CONVOCATORIA AYUDAS REHABILITACIÓN 2025Publicado 14/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 14/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de acuerdo n.º 536 de Junta de Gobierno Local de fecha 12 de mayo de 2025 de ampliación del plazo de la convocatoria publicada en el B.O.P. n.º 75 de 16 de abrilPublicado 16/05/2025Extracto del acuerdo nº 395/25, de 31 de marzo, Ayudas económicas a la mejora y conservación de edificios y viviendas, adecuación de edificios y viviendas a personas con discapacidad y tercera edad, para obras de emergencia, para la instalación de ascensores de edificios, mejora de espacios libres de titularidad privada y elaboración de la ITE y obras derivadas de ésta”, para 2025.Publicado 16/04/2025Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.