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Plazo no verificadoBDNS 826996

CONVOC. per redacc. o revis. plans locals Prev. incen. forest. (PLPIF) Any 2025., per a ens locals

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE LLEIDA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE LLEIDA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 08:45 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAGRAN EMPRESA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES513 - Lleida

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Otras actuaciones de carácter económico

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
28/02/2025
Fin de solicitudes
31/12/2025
Registro en BDNS
14/04/2025
Publicación en diario oficial
25/04/2025

Texto oficial de apertura: http//: diputaciolleida.cat

Texto oficial de cierre: http//: diputaciolleida.cat

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Extracto publicado

Convocatoria y bases específicas para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a las entidades locales de las comarcas de Lleida para la redacción o revisión de planes locales de prevención incendios forestales(PLPIF), anualidad 2025BDNS ( ) :Las determinaciones básicas de la convocatoria su las siguientes:Primero. BeneficiariosPueden ser beneficiarias de las subvenciones las entidades locales de la demarcación de Lleida que tengan la obligatoriedad o recomendación de redactar los planes locales de prevención de incendios forestales.Para obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones, las personas solicitantes tienen que cumplir los requisitos y las condiciones generales establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, en concordancia con el artículo 3 de las Bases generales reguladoras del otorgamiento de subvenciones de la Diputación de Lleida y de sus organismos autónomos.Segundo. Objeto y finalidad de las subvencionesEl objeto de la presente convocatoria es regular el procedimiento para concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a las entidades locales de las comarcas de Lleida para la redacción o revisión de planes locales de prevención de incendios forestales (PLPIF). Anualidad 2025.Tercero. Bases reguladorasEl Pleno de la Diputación de Lleida, en sesión ordinaria celebrada el 24 de abril de 2020, aprobó inicialmente las Bases generales reguladoras del otorgamiento de subvenciones de la Diputación de Lleida y de sus organismos autónomos. Por acuerdo de Pleno de 15 de octubre de 2020 estas Bases se aprobaron definitivamente y se dejó constancia mediante su publicación al BOP número 221 de 16 de noviembre de 2020.Estas bases se modificaron por acuerdo de pleno del día 19 de mayo de 2022, y al BOP numero 159 de fecha 19 de agosto de 2022 se llevó a cabo la publicación íntegro de las bases con la modificación incorporada.Cuarto. Cuantía de las subvenciones y consignación presupuestaria1. El presupuesto máximo que se destina para la concesión de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria será de 115.000,00 € (CIENTO QUINCE MIL EUROS) correspondientes al ejercicio presupuestario 2025.2. No podrán otorgarse subvenciones por importe global superior al mencionado.El crédito presupuestario va con cargo a la aplicación presupuestaria 2025 028 136 4620004 Subv. Municipios por redacción del Plan de Prevención de Incendios. La cuantía definitiva para cada ente local se determinará en el acto que apruebe la concesión de las mencionadas ayudas.La ayuda pedida no podrá superar el coste de actuación solicitado y el tope máximo de los 4.000,00 €. El orden de la cuantía vendrá determinado por los criterios del Artículo 13 de esta convocatoria y se otorgará hasta la finalización del presupuesto. En caso de carencia de suficiente consignación presupuestaria para hacer frente a la totalidad del importe solicitado, se dejarán excluidas de subvención las solicitudes con menor puntuación de los criterios del Artículo 13 (artículo 22.1 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones).El importe de la subvención que se otorgue representará un importe cierto respeto el coste de actuación que recoja el acuerdo de concesión.Quinto. Plazo de presentación solicitudes.1. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria al Boletín Oficial de la Provincia de Lleida a través de la Base de datos Nacional de Subvenciones (BDNS).2. La documentación a presentar se realizará mediante los modelos de formularios que se encuentran publicados dentro del Catálogo de trámites de la Sección de Medio Ambiente de la Sede electrónica de la Diputación de Lleida al siguiente enlace:https://convocatoriaplpif25.diputaciolleida.catSexto. Otros datos.a) Forma y lugar de presentación de las solicitudes.Las entidades solicitantes solo pueden presentar solicitud por un único proyecto o acción.El formulario de solicitud y la documentación que se tenga que adjuntar se tendrá que presentar a través delCatálogo de trámites de la Sección de Medio ambiente de la Sede electrónica de la Diputación de Lleida al siguiente enlace: https://convocatoriaplpif25.diputaciolleida.catLos documentos que acompañarán a la solicitud se incorporarán a una única remisión. Todos los documentos que requieran la firma de una autoridad tendrán que incorporar una firma electrónica generada a partir de un certificado electrónico que identifique al firmante, ya sea como persona o en ejercicio de su cargo, de acuerdo con el que se recoge al decreto de la Presidencia de la Diputación de Lleida 4625/2018, de 29 de octubre, de Política de firma electrónica de la Diputación de Lleida y de sus organismosdependientes (https://seuelectronica.diputaciolleida.cat/documentpublic/download/915 )La presentación de la solicitud de subvención significa la plena aceptación de la convocatoria y bases específicas.b) Criterios de valoraciónEl importe de la convocatoria se distribuirá entre los beneficiarios que cumplan los criterios exigidos por esta línea de subvenciones de forma proporcional a la puntuación obtenida. Esta puntuación ordenará los beneficiarios de más a menos puntuación, con el que el otorgamiento de la subvención será de forma decreciente y hasta el agotamiento del presupuesto de la partida, pueden quedar beneficiarios sin subvención por falta de presupuesto. Este reparto se realizará de acuerdo con los criterios siguientes:? El 50% del presupuesto se distribuirá según el número de habitantes del ente, con preferencia por los que tengan menos población siguiendo la siguiente gradación y puntuación:Número de habitantes Puntuación0 - 500 10501 - 1.000 81.001 - 2.000 62.001 - 3.500 43.501 - 5.000 2>5.000 0Los datos relativos al número de habitantes del municipio solicitante serán las que figuran publicadas por el Instituto de Estadística de Cataluña (IDESCAT) data noviembre de 2024.? El 50% restante del importe de la convocatoria se distribuirá de forma proporcional en función de la base territorial (superficie Km 2) de los municipios de la demarcación de Lleida:Superficie (Km 2 ) Puntos0 ? 50 150 ? 100 2100 ? 150 3150 ? 200 4200? 250 5200? 300 6>300 7Los datos relativos a la extensión (superficie a Km²) del municipio solicitante serán las que figuran publicadas por el Instituto de Estadística de Cataluña (IDESCAT).c) Periodo de ejecuciónEl periodo de ejecución de la actuación será del 1/07/2024 al 30/06/2026.d) Compatibilidad de las ayudasLas ayudas de esta convocatoria son compatibles con la obtención de cualquier ayuda adicional destinada a la misma actuación, respetando el párrafo anterior. En cualquier caso, conjuntamente con las otras ayudas, las cantidades otorgadas no podrán ser superiores al coste de la actuación, y siempre respetando el importe cierto establecido en el artículo 6.e) Plazo de justificaciónEl plazo para presentar la justificación de los gastos se establece hasta el 30 de septiembre de 2026.No se aceptan prórrogas en el periodo de ejecución. Si una vez finalizada el plazo de presentación de ladocumentación justificativa esta no se ha presentado, se iniciará el procedimiento de revocación de la subvención con la consecuente pérdida del derecho de cobro de la misma.f) Justificación de la ejecución de la actuación: documentación1.- Por la justificación de la actuación habrá que presentar la cuenta justificativa simplificada, según el modelo normalizado que se encuentra en el Catálogo de trámites de la Sección de Medio Ambiente de la Sede electrónica de laDiputación de Lleida al siguiente enlace:https://convocatoriaplpif25.diputaciolleida.catLos documentos que contiene la cuenta justificativa simplificada y que habrá que presentar por la justificación serán los siguientes:? Certificación de realización de la actuación? Memoria de realización de la actuación.? Memoria económica de la actuación que incluirá los siguientes aspectos:a. Coste total de la actuaciónb. Financiación de la actuación con indicación de los recursos propios.c. Relación detallada de los justificantes del gasto con de la valoración e imputación de costes.Se admitirán gastos ejecutados desde el 1 de julio de 2024 hasta 30 de junio de 2026.2.- La cuenta justificativa simplificada tendrá que estar firmado por el representante legal de la entidad mediante firma electrónica generada a partir de un certificado electrónico que identifique al firmante, ya sea como persona o en ejercicio de su cargo, de acuerdo con el que se recoge al decreto de la Presidencia de la Diputación de Lleida 4625/2018, de 28 de octubre, de Política de firma electrónica de la Diputación de Lleida y de sus organismos dependientes, que se encuentra publicada en la sede electrónica de la Diputación de Lleida en el apartado ?Servicios de la Sede ?.3.- El formulario de la cuenta justificativa simplificada y la documentación que se tenga que adjuntar se tendrá que presentar a través del Catálogo de trámites de la Sección de Medio Ambiente de la Sede electrónica de la Diputación de Lleida al siguiente enlace:https://convocatoriaplpif25.diputaciolleida.catAun así, sin perjuicio de la presentación en cualquier otro registro electrónico de las administraciones públicas catalanas o del resto de sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.4.- Acreditación del cumplimiento con las obligaciones tributarias y con la Seguridad social, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7. 2.c).Lleida, a la fecha de la firma electrónicaEl Jefe de la sección de Medio Ambiente

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 31/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 31/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSDiligència junta de Govern 37/2025 ResolucióPublicado 31/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSDiligència Junta de Govern 33/2025 AmpliacióPublicado 31/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSDiligencia Junta de Gobierno 37/2025 en españolPublicado 31/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSDiligencia Junta de Gobierno 33/2025 AmpliaciónPublicado 31/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSConvocatoria y bases específicas para la concessión de subvenciones en régimen de concurréncia competitiva a las entidades locales de las comarcas de Lleida para la redacción o revisión de planes locales de prevención de incendios forestales (PLPIF). Anualidad 2025.Publicado 25/04/2025BASES GENERALS reguladores de l`atorgament de subvencions de la Diputació de Lleida i dels seus organismes autònoms (CC)