CerradaBDNS 827107
CONVOCATORIA DE UNA SUBVENCIÓN, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA LA CONCESIÓN DE DOS BECAS DE FORMACIÓN Y PRÁCTICAS EN ASUNTOS
AUTONOMICA · REGIÓN DE MURCIA · CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUVENTUD, ACCIÓN EXTERIOR Y EMERGENCIAS
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 08:46 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES62 - REGION DE MURCIA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 23/04/2025
- Fin de solicitudes
- 22/05/2025
- Registro en BDNS
- 14/04/2025
- Publicación en diario oficial
- 22/04/2025
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Extracto publicado
Artículo 1. Objeto y finalidad.La presente Orden tiene por objeto convocar una subvención, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de dos beca de formación especializada práctica en asuntos europeos, dirigida a personas físicas graduadas universitarias, para el año 2025/2026.Esta formación de carácter práctico tendrá una duración de doce meses a contar desde el día de la efectiva incorporación de la persona beneficiaria de la beca y, salvo causa de fuerza mayor, se realizará de forma presencial en las sedes que tiene la Dirección General de la Unión Europea en las ciudades de Murcia, durante el primer trimestre y, los tres restantes trimestres en la sede de Bruselas.Artículo 2. Beneficiarios.Podrán solicitar y ser beneficiaria de esta beca, las personas físicas que, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos generales:a) Poseer la nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea.b) Ser natural o residir en la Región de Murcia con anterioridad al menos, de un año de forma ininterrumpida, a contar desde la fecha de la publicación de la correspondiente convocatoria.c) No ser mayor de 30 años.d) Estar en posesión de un título universitario de carácter oficial, de al menos Grado o equivalente, que permita el acceso a estudios de postgrado. Solamente serán válidos los títulos universitarios oficiales, según el artículo 3 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad. Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán haber sido homologados, declarados equivalentes a titulaciones y a niveles académicos universitarios oficiales, o convalidados con arreglo a lo dispuesto en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores.e) Dominio de la lengua española.f) Tener conocimiento de los idiomas, inglés con un nivel mínimo B2 y, un segundo idioma, que sea lengua oficial de la Unión Europea, con un nivel mínimo B1, según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MECR).g) No ser, ni haber sido con anterioridad, beneficiario de becas de formación y prácticas en asuntos europeos convocados por la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.h) No incurrir en ninguna de las circunstancias excluyentes para obtener la condición de persona beneficiaria de la subvención, previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.2. Todos los requisitos, así como los méritos alegados, deberán cumplirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán mantenerse hasta la finalización de la beca, incluidas, en su caso, las prórrogas de que pueda ser objeto. No obstante lo anterior, el requisito de edad contemplado en el anterior apartado 1.c) deberá cumplirse únicamente a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.Artículo 3. Bases reguladoras.Orden de 9 de noviembre de 2020 de la Consejería de Empresa, Industria y Portavocía, por la que se establecen las bases reguladoras de la subvención, en régimen de concurrencia competitiva, de concesión de becas de formación y prácticas en asuntos europeos (BORM núm. 277, de 28 de noviembre de 2020).Artículo 4. Crédito presupuestario y cuantía.La subvención se otorgará con cargo a la partida presupuestaria 11.06.00.126E.483.50, proyecto 47145 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, se prevé una dotación global máxima en la cuantía de 39.900,00 euros, con la siguiente distribución estimativa por anualidades:-Anualidad 2025: 18.900,00 euros.-Anualidad 2026: 21.000,00 euros.Estando condicionada su concesión a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la misma.El importe mensual de la beca estará en función de la sede donde se realice, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Orden de Bases, siendo la cuantía bruta de 1.400,00 euros/mes, durante los meses de estancia en Murcia y, se incrementará durante los meses que se realiza en la sede de Bruselas, siendo la cuantía bruta de 1.750,00 euros/mes.Artículo 5. Forma, modelo, lugar y plazo de presentación de las solicitudes.La solicitud de la beca deberá efectuarse en lengua castellana, mediante presentación telemática, accediendo a la aplicación informática existente en la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, https://sede.carm.es (procedimiento número 4101). La cumplimentación del formulario específico de solicitud y documentación que debe acompañar a la solicitud se realizará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Orden de convocatoria.El plazo de presentación de la solicitud será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la orden de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.Artículo 6. Procedimiento de selección de la persona becada.El procedimiento de selección, consistirá en dos fases que serán llevadas a cabo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Orden de convocatoria.Artículo 7. Procedimiento de concesión y resolución.El procedimiento de concesión y resolución, se realizará por los órganos y forma establecida en el artículo 8 de la Orden de convocatoria.Artículo 8. Régimen jurídico aplicable.Esta convocatoria se rige por lo dispuesto en la Orden de convocatoria y en sus bases correspondientes aprobadas por Orden de 9 de noviembre de 2020 de la Consejería de Empresa, Industria y Portavocía, por la que se aprueban las bases reguladoras de la subvención, en régimen de concurrencia competitiva, de concesión de becas de formación y prácticas en asuntos europeos (BORM núm. 277, de 28 de noviembre de 2020), que será de aplicación en todo lo no previsto expresamente en esta orden de convocatoria.Supletoriamente por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley y la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y, en lo que le sea de aplicación, por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, además de por las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, por las normas de derecho privado.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 14/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DE LA ORDEN DE 11 DE MARZO DE 2025, POR LA QUE SE CONVOCAN DOS SUBVENCIÓNES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA LA CONCESIÓN DE DOS BECAS DE FORMACIÓN Y PRÁCTICAS EN ASUNTOS EUROPEOS, PARA EL AÑO 2025/2026Publicado 22/04/2025Orden de 9 de noviembre de 2020 de la Consejería de Empresa, Industria y Portavocía, por la que se establecen las bases reguladoras de la subvención, en régimen de concurrencia competitiva, de concesión de becas de formación y prácticas en asuntos europeoInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.