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Plazo no verificadoBDNS 827231

Convocatoria de subvenciones, mediante concurrencia competitiva, para actividades culturales de asociaciones de Alcañiz, año 2025

LOCAL · ALCAÑIZ · AYUNTAMIENTO DE ALCAÑIZ

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 08:49 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES242 - Teruel

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
15/04/2025
Publicación en diario oficial
24/04/2025

Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP TE

Texto oficial de cierre: 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOP TE

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Advertido error en el Extracto de la convocatoria de subvenciones, mediante concurrencia competitiva, para actividades culturales de asociaciones de Alcañiz, año 2025, publicado en el BOP de Teruel, núm. 76 de fecha 24 de abril de 2025, se procede a efectuar la oportuna corrección:En el apartado Primero.- Beneficiarios.Donde dice:“Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las asociaciones o entidades culturales sin ánimo de lucro, con domicilio en Alcañiz, que realicen programas y/o actividades culturales durante el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2024 y el 15 de octubre de 2025 y que sean subvencionables según la presente convocatoria y la ordenanza municipal de subvenciones”.Deberá decir:“Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las asociaciones o entidades culturales sin ánimo de lucro, con domicilio en Alcañiz, que realicen programas y/o actividades culturales durante el periodo comprendido entre el 16 de octubre de 2024 y el 15 de octubre de 2025 y que sean subvencionables según la presente convocatoria y la ordenanza municipal de subvenciones”.

Primero.- Beneficiarios.Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las asociaciones o entidades culturales sin ánimo de lucro, con domicilio en Alcañiz, que realicen programas y/o actividades culturales durante el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2024 y el 15 de octubre de 2025 y que sean subvencionables según la presente convocatoria y la ordenanza municipal de subvenciones.No podrán concurrir a esta línea de subvenciones aquellas asociaciones o entidades que tengan establecido un convenio de colaboración con el Ayuntamiento para sufragar proyectos o actividades de carácter cultural.Segundo.- Objeto.Las subvenciones en materia de cultura tienen por objeto colaborar económicamente con las asociaciones o entidades culturales de Alcañiz, que sin ánimo de lucro fomentan la cultura en el municipio a través de actividades y/o eventos de carácter cultural.Tercero.- Bases reguladoras.La concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS). Se dará publicidad de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de acuerdo con lo estipulado en los artículos 9.3 y 20.8 de la citada Ley 38/2003, General de Subvenciones, así como en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcañiz: https://sede.alcaniz.es/.Cuarto.- Cuantía.El crédito presupuestario destinado a la presente convocatoria es de doce mil euros (12.000 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 334.48901 del presupuesto municipal para el ejercicio 2025, quedando condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en dicho ejercicio. El importe de la subvención concedida no podrá superar el 75% del presupuesto total de la actividad objeto de la misma y en ningún caso excederá de 5.500 eurosQuinto.- Plazo y lugar de presentación.El plazo será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el B.O.P. de TE. Las solicitudes de subvención deberán presentarse de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alcañiz (www.sede.alcaniz.es) según lo dispuesto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Los modelos a rellenar se podrán descargar en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcañiz.

Bases y documentación

Corrección de erroresPublicado 30/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 15/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSCorrección de errores convocatoria de subvenciones mediante concurrencia competitiva, para actividades culturales de asociaciones de Alcañzi, año 2025Publicado 08/05/2025Convocatoria de subvenciones, mediante concurrencia competitiva, para actividades culturales de asociaciones de Alcañiz, año 2025Publicado 24/04/2025Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Alcañiz