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Plazo no verificadoBDNS 827695

Convocatoria para la concesión de subvenciones para promoción y fomento de la actividad deportiva

LOCAL · VILOBÍ D'ONYAR · AYUNTAMIENTO DE VILOBÍ D'ONYAR

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 09:00 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES512 - Girona

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Otras Prestaciones económicas

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
16/04/2025
Publicación en diario oficial
24/04/2025

Texto oficial de apertura: Día siguiente a publicación extracto convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona

Texto oficial de cierre: 20 días hàbiles a partir del siguiente a la publicación del extracto en el BOP Girona

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero.- Bases reguladorasPor acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 7 de abril de 2025 se modificaron las Bases Reguladoras de la concesión de subvenciones para promoción y fomento de la actividad deportiva.Estas Bases Reguladoras se publicaron en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona núm. 72 de fecha 14 de abril de 2025.Segundo.- Beneficiarios y requisitosPueden ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas que realicen la actividad que fundamenta su otorgamiento, siempre que no estén afectadas por ninguna de las prohibiciones contenidas en el art. 13 de la Leve 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y reúnan las siguientes condiciones:Las personas jurídicas, legalmente constituidas, que cumplan los requisitos que a continuación se detallan:- Estar legalmente constituidas, tener la sede social y desarrollar la actividad deportiva en el municipio de Vilobí d'Onyar. O bien, que desarrollen su programa de actividades fuera del municipio, si se considera que no se pueden realizar en el municipio o las actividades propuestas sean de interés para la proyección exterior del municipio.- Estar inscritos y tener los datos actualizados correspondientes al Registro General de Entidades del Ayuntamiento.- Estar inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Generalidad de Cataluña.- Estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Vilobí de Onyar, con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social. Las entidades deportivas acreditarán que están al corriente de pago de sus obligaciones fiscales y con la seguridad social mediante una declaración responsable de estar la corriente, o bien aportando los certificados emitidos por las administraciones correspondientes (Agencia Estatal de Administración Tributaria y Tesorería de la Seguridad Social.)- Haber justificado correctamente las ayudas recibidas en ejercicios anteriores y no estar afectadas por cualquier tipo de sanción.- Que cumplan toda la normativa que regula la realización de las actividades propuestas y dispongan de los seguros de accidentes y de responsabilidad civil que determina la normativa vigente.- Que acrediten (declaración responsable) que nunca han sido objeto de sanciones administrativas firmes ni sentencias firmes condenatorias en contra de la ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres.Las personas físicas beneficiarias o los padres, madres, tutores legales o personas encargadas temporal o definitivamente de la guarda de la persona beneficiaria en caso de que el deportista sea menor de edad. Pueden ser personas beneficiarias los y las deportistas que acrediten:- Estar empadronadas en el municipio de Vilobí d'Onyar.- Disponer de licencia federativa vigente, tramitada por la Federación de la correspondiente modalidad o bien de la licencia no federativa de un ente público organizador de la actividad.- No tener ningún tipo de licencia y/o contrato profesional o similar.- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.- Estar al corriente de las obligaciones de reintegro (fruto del expediente perceptivo de revocación) de subvenciones.- No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni sentencias firmes condenatorias en contra de la ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres (declaración responsable).Tercero.- Objeto, condiciones y finalidades de las subvencionesLa presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a entidades deportivas y personas físicas del municipio, con los siguientes objetivos principales:- Fomentar, potenciar y diversificar la práctica de la actividad deportiva entre la población del municipio.- Dar soporte a las entidades deportivas locales para consolidar y estructurar el sistema deportivo del municipio.- Promover la práctica deportiva como herramienta educativa, integradora y de promoción de la salud.Cuarto.- Cuantía total máxima de las subvenciones a otorgar, programas y consignación presupuestariaEl presupuesto máximo que se destinará este año 2025 por la concesión de subvenciones de los programas deportivos objeto de la presente convocatoria será de 24.500 €, los cuales se repartirán en:- 5.500,00€ por el Programa A, de apoyo a la organización de eventos deportivos puntuales relacionados con las actividades físicas y deportivas que se desarrollen en el término municipal de Vilobí d'Onyar.- 14.000,00€ por el Programa B, de apoyo a las entidades deportivas para la promoción de la actividad física y deportiva de temporada de cariz competitivo.- 2.000,00€ por el Programa C, de apoyo a deportistas individuales para la práctica deportiva de temporada de tipo competitivo- 3.000,00€ por el Programa D, de apoyo y promoción de la salud i la actividad físicae irá a cargo de la aplicación presupuestaria 4.340.48010.Quinto.- Presentación de las solicitudes y plazoLas solicitudes se tendrán que presentar a través de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Vilobí d’Onyar, con el modelo normalizado según programa, el cual estará disponible en la web del Ayuntamiento de Vilobí d’Onyar, debidamente cumplimentado y firmado y acompañado de la documentación que corresponda por cada programa.El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.Sexto.- Criterios de otorgamientoEl otorgamiento de la subvención se efectuará en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los criterios y baremos que figuran en la convocatoria por los distintos programas y que servirán para valorar las solicitudes presentadas.Séptimo.- Pago y justificación de estas ayudasEn caso de resolución favorable, el pago de la subvención se efectuará de la siguiente forma:- Programa A, de apoyo a la organización de eventos deportivos puntuales relacionados con las actividades físicas y deportivas que se desarrollen en el término municipal de Vilobí d'Onyar se realizará un pago en concepto de anticipo de un 75% del importe de la subvención concedida- Programa B, de apoyo a las entidades deportivas para la promoción de la actividad física y deportiva de temporada de cariz competitivo. se realizará un pago en concepto de anticipo de un 60% del importe de la subvención concedida- Programa C, de apoyo a deportistas individuales para la práctica deportiva de temporada de carácter competitivo se realizará un pago en concepto de anticipo de un 60% del importe de la subvención concedida- Programa D, de apoyo y promoción de la salud y la actividad física se hará un pago en concepto de anticipo de un 60% del importe de la subvención concedida.El restante de la subvención se hará efectiva una vez la persona o entidad beneficiaria haya justificado correctamente la subvención. Será necesario previamente el informe favorable de seguimiento del proyecto que se haga desde el Área de Deportes del Ayuntamiento de Vilobí d'Onyar.Octavo.- JustificaciónEl plazo para justificar las acciones subvencionables se establece según el programa y quedan definidos de la siguiente forma:- Programa A: 2 meses una vez finalizada la actividad.- Programas B, C y D: es hasta el 20 de noviembre de 2025.  

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 16/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 16/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Vilobí d’Onyar de fecha 7 de abril de 2025 de convocatoria para la concesión de subvenciones por promoción y fomento de la actividad deportivaPublicado 24/04/2025Bases reguladoras específicas para la concesión de subvenciones para promoción y fomento de la actividad deportiva