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Plazo no verificadoBDNS 827732

Resolución SOD/EMP/23/25, de 16 de abril de 2025, por la que se convoca para el año 2025 la línea de subvenciones del programa de Emprecan Plus. Reg (UE) nº 2023/2831 minimis general

AUTONOMICA · CANTABRIA · SOCIEDAD PARA EL DESARROLLO REGIONAL DE CANTABRIA, S.A.

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 09:00 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAGRAN EMPRESA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES130 - Cantabria

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Otras Prestaciones económicas

Plazos, con su contexto.

La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
16/04/2025
Publicación en diario oficial
30/04/2025

Texto oficial de apertura: Día siguiente a la publicación del extracto en el BOC

Texto oficial de cierre: Hasta el 16 de septiembre de 2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/827731https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/827730Los códigos asignados por la Base de Datos Nacional de Subvenciones corresponden a un mismo texto de convocatoria.Primero. Personas beneficiarias. Podrá obtener la condición de persona beneficiaria las empresas o autónomos/as, cualquiera que sea su forma jurídica y tamaño, que estén válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud y sean titulares en Cantabria de una actividad económica y cumplan el resto de los requisitos establecidos a continuación. Para el caso de sociedades la fecha de constitución y el inicio de actividad elegible a desarrollar deberá ser igual o posterior al 1 de enero de 2023. En el caso de empresarios/as individuales (autónomos/as), la actividad elegible a desarrollar deberá haberse iniciado a fecha igual o posterior al 1 de enero de 2023. En ambos casos para determinar la fecha de inicio en la actividad elegible se tendrá en cuenta la fecha de alta de dicha actividad en el modelo 036 de la AEAT. Deberán además cumplir con todos los requisitos establecidos en la convocatoria.Segundo. Objeto.Los tipos de actuación subvencionables serán los siguientes:Línea 1. Formación Continua Especializada. Estimular e incentivar actividades relacionadas con la formación continua en áreas de difícil en el marco formativo tradicional.Línea 2. Gastos de Constitución: Facilitar aquellas actuaciones que deba llevar a cabo el emprendedor para la constitución de su empresa.Línea 3. Gastos de Puesta en Marcha. Incentivar las primeras acciones que el emprendedor debe realizar para la puesta en marcha de su proyecto empresarial.Línea 4. Activos Fijos. Incentivar las acciones que el emprendedor debe acometer para la ejecución del plan de inversiones proyectado en la nueva empresa. Tercero. Bases reguladoras.Con fecha 17 de mayo de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de Cantabria número 94 la Orden IND/35/2023, de 5 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de la línea de subvenciones del programa EMPRECAN, publicada corrección de errores  con fecha 18 de mayo de 2023 en el Boletín Oficial de Cantabria Extraordinario número 39 y la Orden IND/25/2024, de 6 de junio, publicada con fecha 17 de junio de 2024 en el Boletín Oficial de Cantabria número 116, que modifica la Orden IND/35/2023, de 5 de mayo. https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=389152 https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=389548 https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=405706 Cuarto. Cuantía.Línea 1. Formación Continua Especializada: del 60% de los gastos considerados como elegibles, con un máximo de 2.100€ por empresa.Línea 2. Gastos de Constitución: del 100% de los gastos considerados como elegibles con un límite de 500€ por empresa.Línea 3. Gastos de Puesta en Marcha: del 60% de los gastos considerados como elegibles con un máximo de 15.000€ por empresa.Línea 4. Activos Fijos: del 50% de los gastos considerados como elegibles con un máximo de 50.000€ por empresa.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.Las solicitudes de subvención deberán presentarse desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta Resolución en el Boletín Oficial de Cantabria y hasta las 23:59 horas del 16 de septiembre de 2025 en caso de presentarlas de forma telemática o hasta las 14:00 horas del día 16 de septiembre de 2025, en el caso de hacerlo de forma presencial. La solicitud deberá contar con toda la documentación determinada en la presente convocatoria, entre la que se incluye la justificación de las actuaciones realizadas y ejecutadas en el momento de la solicitud.Podrán ser subvencionables los gastos que se realicen desde el 1 de enero de 2023 hasta el 16 de septiembre de 2025. En todo caso, todos los conceptos deberán estar facturados, pagados y ejecutados íntegramente en el momento de la presentación de la solicitud. 

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 16/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSOrden IND/35/2023 de 5 de mayo, que establecen las bases reguladoras de la línea de subvenciones del programa de Emprecan Plus, modificada el 18 de mayo de 2023 en el BOC Ext nº 39 y por la Orden IND/25/2024, de 6 de junio, BOC nº 116 de 17 junio 2024.