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Plazo no verificadoBDNS 827764

Acuerdo de Pleno de 21 de febrero de 2025, por el que se aprueban las bases y la convocatoria para la concesión de becas para el fomento de la ocupación a estudiantes y titulados de estudios reglados, Anualidad 2025

LOCAL · FONT DE LA FIGUERA, LA · AYUNTAMIENTO DE FONT DE LA FIGUERA, LA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 09:00 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Fomento del Empleo

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
17/04/2025
Publicación en diario oficial
30/04/2025

Texto oficial de apertura: Al día siguiente publicación extracto BOP Valencia

Texto oficial de cierre: El plazo de solicitudes será de 10 días hábiles desde el día siguiente de la publicación extracto

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

BASES PARA LA CONCESIÓN DE BECAS PARA EL FOMENTO DE LA OCUPACIÓN- PRIMERA OCUPACIÓN DE ESTUDIANTES Y TITULADOS DE CICLOS FORMATIVOS Y ESTUDIOS UNIVERSITARIOS EN EL AYUNTAMIENTO DE LA FONT DE LA FIGUERA EL Ayuntamiento de La Font de la Figuera pretende impulsar la formación complementaria y especialización de jóvenes estudiantes y/o licenciados, diplomados, graduados y de ciclos de formación por medio de la concesión de becas para el fomento de la ocupación en el ayuntamiento de La Font de la Figuera. BASE PRIMERA El objecto de la presente convocatoria és la concesión de cinco becas a estudiantes mayores de 16 años que cursen algunos de los estudios oficiales que se indican en la base tercera , estableciendo este Ayuntamiento como prioritarias las siguientes áreas de actividad.- 1 Beca Área Urbanística- 1 Beca Área de Administración y Gestión- 1 Beca Área Sociosanitaria- 1 Beca Área de Servicios Socioculturales y a la Comunidad- 1 Beca en cualquier área de las anteriores y siempre a elección del tribunal según las necesidades y candidaturas presentadasSi alguna área no se cubre por falta de solicitudes, el tribunal ofertará esa área por otra de las anteriores, según las necesidades y candidaturas presentadas.BASE SEGUNDA Cada una de las becas estará dotada económicamente en el presupuesto ordinario de cada ejercicio, siendo determinada su cuantía en el anuncio de la convocatoria. Para el ejercicio 2025 el importe se establece en 700 € más seguridad social (a abonar en períodos vencidos) según lo que establece el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y condiciones de inclusión al Régimen General de la S.S. de las personas que participan en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de uno de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social (BOE Núm. 259, de 27 de octubre de 2011). En aquellos que impliquen un período inferior al mes natural, será la parte proporcional correspondiente. El importe de la beca será asumido en su totalidad por el Ayuntamiento de La Font de la Figuera. El período de duración de las becas será de dos meses cada una pudiendo disfrutarse los meses de julio a septiembre.BASE TERCERA Las becas objeto de esta convocatoria se adjudicarán por medio de concurrencia competitiva entre las personas aspirantes a las mismas, que reúnan los siguientes requisitos antes de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes y lo acreditan documentalmente: 1.- Poseer la nacionalidad española, de uno de los Estados Miembros de la Unión Europea o de un Estado Parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. 2.- Tener vecindad administrativa en el municipio de La Font de la Figuera. 3.- Tener los 16 años cumplidos. 4.- Estar cursando alguna de las siguientes enseñanzas oficiales: Ciclos Formativos de Formación Profesionales o Enseñanzas universitarias Oficiales de Grado, Diplomatura o Licenciatura o equivalente de acuerdo con la normativa vigente, correspondiente a las familias que se relacionan en el ANEXO 1, o haber acabado los estudios como máximo cinco años antes de la publicación de estas bases. 5.- No estar sometido en ningún de las causas previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 6.- No estar disfrutando de otra beca o ayuda, de la misma o análoga finalidad así como no desarrollar actividad laboral durante el período del goce de la beca. 7.- Carta de presentación, donde conste una breve explicación de la idoneidad a ser candidato a optar a estas becas, así como la motivación que le ha llevado a elegir los estudios que se están cursando. BASE CUARTA El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles desde el día siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOP. Las instancias se dirigirán al Sr. Presidente del Ayuntamiento de La Font de la Figuera y se presentarán preferentemente de forma electrónica, sin prejuicio de lo que está dispuesto en los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A las solicitudes deberán acompañarse los justificantes de los requisitos enumerados en la base tercera y los méritos que se aleguen. Para acreditar los requisitos mencionados, los aspirantes deberán entregar la siguiente documentación:− DNI.− Fotocopia compulsada del certificado del expediente académico correspondiente al curso inmediatamente anterior al que se encuentre cursando en el momento de la solicitud, y en su caso, fotocopia compulsada del certificado del expediente con indicación expresa de la nota media en los estudios acabados; podrá sustituirse por copia informativa de expediente académico (declaración expresa en modelo de solicitud), siempre que conste la nota media del expediente.− Fotocopia compulsada de la matrícula del curso actual, o en su caso, acreditar la titulación.− Declaración responsable de no incurrir en ninguna de las circunstancias recogidas en el articulo 13.2 de la Ley General de Subvenciones, realizada mediante de declaración responsable o mediante cualquier de los medios establecidos en el art.13.7 de la mencionada Ley y articulos concordantes de su reglamento (declaración expresa en el modelo de solicitud).− Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el ayuntamiento de la Font de la Figuera, así como al corriente en sus obligaciones Tributarias y de la Seguridad Social, tal situación se acreditarà con la declaración responsable que sustituirá los correspondientes certificados (declaración expresa en el modelo de solicitud).− Fotocopia compulsada de los documentos que acreditan los méritos.La no aportación de cualquier documento que acrediten los requisitos imprescindibles para participar en esta convocatoria (incluidos en la base tercera) supondrá la exclusión de la misma. No obstante, aquellos requisitos que únicamente suponen una calificación inferior pero no determinante de su posible exclusión, se entenderán que opta por la no presentación, pasando a valorar el resto de los méritos.BASE QUINTA Los méritos alegados deberán presentarse junto a la instancia de solicitud, debidamente documentados.Los méritos que se bareman a efectos de esta convocatoria son los siguientes con un máximo total de 37 puntos:1 – Carta de presentación: máximo 5 puntos El contenido de la carta de presentación será: una breve descripción (2 folios máximo) de cómo aplicaría los conocimientos adquiridos en su formación a la realidad de esta administración en el área que haya elegido para el disfrute de su beca, así como la idoneidad a ser candidato a optar a estas becas y la motivación que le ha llevado a elegir los estudios que se están cursando.2.- Estar cursando o haber acabado los estudios como máximo cinco años antes de la publicación de estas bases, estudios correspondientes al área solicitada : máximo 10 puntos, .- Áreas administración y gestión, sociosanitaria, de servicios Socioculturales y a la Comunidad y urbanística: 5 puntos (ANEXO 1)-Otras titulaciones/áreas: 2 puntos (ANEXO 1)Cada estudio se contabilizará por separado, pudiendo optar a un máximo de 10 puntos en los supuestos estudios de doble grado, diferentes estudios o similares.3.- Nota media del expediente académico: hasta 3 puntos.De 5 a 6 de nota media: 1 puntoDe 6,01 a 7 de nota media: 1,5 puntosDe 7,01 a 8 de nota media: 2 puntosDe 8,01 a 9 de nota media: 2,5 puntosDe 9,01 a 10 de nota media: 3 puntos .4. - Curso que se encuentra realizando en el grado o licenciatura: hasta 1 punto (0.20 puntos por cada curso de licenciatura y 0,25 puntos por cada curso de grado). Si se trata de Diplomatura: hasta 0,90 puntos máximo (0,30 puntos por curso) o si se trata de un ciclo formativo, máster o postgrado: hasta 0,60 puntos (0,30 puntos por curso). Tendrán que acreditar el número de créditos aprobados y el total de créditos requeridos para obtener la titulación.5.- Conocimientos de los idiomas reconocidos en el ámbito comunitario europeo (inglés, francés…etc), así como la lengua cooficial del idioma valenciano. Se valorará cada nivel según las siguientes equivalencias: hasta 6 puntos.-Nivel A2 del MCER: 0,25 puntos-Nivel B1 del MCER: 0,50 puntos-Nivel B2 del MCER: 1 punto-Nivel C1 del MCER: 1,5 puntos-Nivel C2 del MCER: 2 puntos6. - Otros méritos: hasta 3 puntos.-Informática, 0,1 puntos por cada curso de 20 horas como máximo y 0,20 puntos por cursos de más de 20 horas.-Jornadas, seminarios, congresos, simposios, programas o similares, 0,05 puntos por cada 5 horas de jornada.-Cursos:- de 0 a 10 h: 0,15 puntos- de 11 a 30 h: 0,30 puntos- de 31 a 50 h: 0,45 puntos- de 51 a 75 h: 0,60 puntos- de 76 a 100 h:0,75 puntos- más de 101 h:1 punto7. –Defensa de la carta de presentación: hasta 3 puntos.Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, mediante resolución de Alcaldía se convocará a las personas aspirantes admitidas a la defensa de la carta de presentación.El aspirante dispondrá de 5 a 10 minutos para la defensa de su carta de presentación, tras la cual, la comisión podrá realizar algunas preguntas sobre la misma.8. – No haber disfrutado de esta beca durante años anteriores: 5 puntos.9. – Carnet de conducir: 1 punto. En caso de empate de puntuación tendrá preferencia la solicitud que tenga la mejor puntuación en los apartados siguientes:1.- No haber disfrutado de esta beca años anteriores.2.- Nivel más avanzado que está cursando en el ciclo educativo en que se encuentra.3.- Valoración de la carta de presentación.4.- Nota media del expediente académico.BASE SEXTAPara la valoración de las solicitudes se constituirá una Comisión de Valoración que estará integrada por la presidencia, secretaria y tres vocalias que serán nombrados/as en la resolución definitiva.Los miembros de la Comisión de Valoración recibirán, en su caso, en concepto de indemnización para atender quehaceres de la Corporación a razón de 9 euros la hora o fracción equivalente.La Comisión de Valoración no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus integrantes. Así mismo está facultada para resolver las cuestiones que puedan suscitarse durante la valoración de los expedientes, para adoptar los acuerdos necesarios que garanticen el debido orden de los mismos en todo lo no previsto en estas bases, y para la adecuada interpretación de las bases de esta convocatoria. Todos los miembros de la Comisión tendrán voz y voto.La Comisión se reunirá una vez acabado el plazo de presentación de solicitudes, y finalizado el correspondiente estudio de los expedientes de cada uno de los aspirantes, la Comisión de Valoración emitirá propuesta de Resolución de las Becas a conceder al Sr. Alcalde, para, si es el caso, proceder a su contratación.BASE SÉPTIMALos becarios estarán sometidos a los siguientes derechos y obligaciones;1.- Estas becas son incompatibles con cualquier otra beca de análoga finalidad, o actividad laboral regular.2.- Son obligaciones de los becarios:-Desarrollar sus actividades en las dependencias municipales.-Tener la dedicación que se establece en la carta de presentación (o modificación acordada por la optimización de la aplicación).-Realizar las actividades y cumplir los objetivos.3.-El incumplimiento sin causa justificada de las condiciones establecidas en la presente convocatoria podrá dejar sin efecto la concesión de la beca, debiendo proceder al reintegro, en su caso, de las cantidades percibidas hasta el momento, así como de cualquier perjuicio que pudiere suceder por su actuación contraria a las presentes bases.4.- Ante las renuncias, bajas o finalización del período de vigencia, se procederá a cubrir la beca por el tiempo restante, según la orden de puntuación que haya resultado del proceso de selección, con la adaptación temporal y de recursos pertinentes.BASE OCTAVAContra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados legitimados podrán interponer los recursos oportunos en los casos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común y de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa.DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.La solicitud de participación en las presentes bases supone la implícita aceptación de las mismas.Diligencia: Estas bases han sido aprobadas por Acuerdo de Pleno de fecha 21/02/2025. ANEXO 1Estudios Universitarios Oficiales: Los estudios relacionados en las siguientes áreas:- ÁREA ADMINISTRATIVA Y GESTIÓN. Ingenieria Informática, Ciencias Políticas y de la Administración Pública, Derecho, Economía, Finanzas y Contabilidad, Información y Documentación, Relaciones Laborales y Recursos Humanos, Sociologia, Matemáticas, así como cualquier otro que la Comisión de Valoración entienda que está relacionada.- ÀREASOCIOSANITÁRIA. Educación Social, Ciencia y Tecnología de los Alimentos, Enfermeria, Farmacia, Fisioterapia, Logopedia, Medicina, Nutrición Humana y Dietética, Odontología, Óptica i Optometria, Podologia, Psicologia, así como cualquier otro que la Comisión de Valoración entienda que está relacionada.- ÁREA SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD. Estudios hispánicos: Lengua española y Literatura, Estudios Ingleses, Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, Comunicación Audiovisual, Geografía y Medio Ambiente, Filosofia, Historia, Historia del Arte, Lengua Moderna y Literatura, Traducción y mediación Interlingüística Lengua B – Alemán, Traducción mediación Interlingüística Lengua B – Francés, Traducción y mediación Interlingüística Lengua B – Inglés, Biología, Ciencias Ambientales, Ciencias Gastronómicas, Turismo, Artes, Bellas Artes, así como cualquier otra que la Comisión de Valoración entienda que está relacionada.- ÁREA URBANÍSTICA. Arquitectura, Arquitectura Técnica, Ingenieria Industrial y Edificación, así como cualquier otra que la Comisión de Valoración entienda que está relacionada.-OTRAS TITULACIONES. Cualquier titulación no contemplada en las anteriores áreas.Ciclos Formativos: Los estudios relacionados en las siguientes áreas:- ÀREA ADMINISTRATIVA Y GESTIÒN. Administración y gestión, Agraria, Edificación y Obra Civil, Informática y Comunicaciones, Seguridad y Medio Ambiente, así como cualquier otra que la Comisión de Valoración entienda que está relacionada.-ÀREA SOCIOSANITÁRIA. Sanidad, así como cualquier otro que la Comisión de Valoración entienda que está relacionada.-ÀREA SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD. Actividades Físicas y Deportivas, Artes Gráficas, Artes y Artesanias, Servicios Socioculturales y a la Comunidad, así como cualquier otro que la Comisión de Valoración entienda que está relacionada.- ÁREA URBANÍSTICA. Construcción, Proyectos de Edificación, Gestión del Agua, así como cualquier otra que la Comisión de Valoración entienda que está relacionada.-OTRAS TITULACIONES. Cualquier titulación no contemplada en las anteriores áreas.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 17/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSConcesión de becas para el fomento de la ocupación-primera ocupación de estudiantes y titulados de ciclos formativos y estudios universitarios-Anualidad 2025Publicado 30/04/2025