SUBVENCIONES EN MATERIA DE MAYORES 2025
LOCAL · CHICLANA DE LA FRONTERA · AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES612 - Cádiz
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 21/04/2025
- Publicación en diario oficial
- 06/05/2025
Texto oficial de apertura: Durante los 30 días naturales siguientes a la publicación de la convocatoria en el BOP
Texto oficial de cierre: El día 31 natural después de la publiación de la convocatoia en el BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Extracto del Acuerdo en Sesión Ordinaria, de 25 de marzo de 2025, de la Junta de Gobierno Local por el que se aprueba la Convocatoria para el otorgamiento de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de Mayores para 2025.De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):Primero. Entidades beneficiarias.Serán beneficiarias las entidades sin ánimo de lucro que realicen acciones en favor del colectivo de mayores en nuestra localidad, que sean y estén legalmente constituidas como asociaciones de mayores e inscritas en el Registro Municipal de asociaciones del Ayuntamiento de Chiclana y que desarrollen sus proyectos dentro de este término municipal.Podrá denegarse el otorgamiento de subvención a aquellas entidades o Asociaciones que no garanticen un funcionamiento democrático de las mismas, la participación de sus asociados/as y el cumplimiento de su objetivo social.La presentación de la solicitud supone la aceptación de la presente convocatoria, requisitos, obligaciones y condiciones establecidas en la misma.La acreditación de dichos requisitos se efectuará a través de la verificación de la documentación a presentar conforme a la presente convocatoria. A partir de dicha documentación se efectuará la puntuación y baremación, que servirá para asignar las cuantías a las subvenciones solicitadas.Segundo. Objeto.El objeto es regular la concesión de subvenciones para el año 2025, a través de la Delegación de Mayores, en régimen de concurrencia competitiva y dentro de los límites establecidos por el presupuesto municipal, a proyectos promovidos por entidades legalmente constituidas en el término municipal de Chiclana de la Frontera y que realicen acciones en favor del colectivo de mayores en nuestra localidad, para ayudar a financiar los gastos de mantenimiento de las sedes sociales y los ocasionados por el desarrollo de las actividades previstas en la presente convocatoria.Dado que las subvenciones se financian a través de las cuentas de transferencias corrientes 62-2314.489, en ningún caso se subvencionarán los gastos de inversión, únicamente se subvencionarán los gastos corrientes.Tercero. Convocatoria. La Convocatoria tiene por finalidad regular la concesión de subvenciones que el Ayuntamiento de Chiclana otorga, a través de la Delegación de Mayores, en régimen de concurrencia competitiva, correspondiente al año 2025. Dicha convocatoria puede ser consultada en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, en la Delegación de Mayores a la dirección http://ventanillavirtual.chiclana.es/validacionDoc?csv=G00671a147311a0b59107e91bb030907T documento autentificado mediante el Código Seguro de Verificación y en la página web municipal (www.chiclana.es) junto con la Ordenanza de Subvenciones y los Anexos correspondientes. Cuarto. Cuantía. La Delegación de Mayores destinará a estos efectos una cuantía total de veinticuatro mil euros (24.000 €).Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Se estará a lo dispuesto en el art. 9 de la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera.Las solicitudes, que habrán de ajustarse al modelo que acompaña al anuncio de esta convocatoria (Anexo I), y la documentación exigida (Anexo II), deberán presentarse conforme al art. 14, 16 y la Disposición Transitoria Segunda, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de forma electrónica mediante ventanilla virtual, https://www.chiclana.es/oficina-virtual/acceso-ventanilla-virtual, durante los 30 DÍAS NATURALES siguientes al de la publicación de ésta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Sexto. Otros datos. Las solicitudes deberán presentarse acompañadas de la documentación y anexos que se exigen en la presente convocatoria.El abono de la totalidad de la subvención se realizará en un solo pago previo a su justificación. No se realizará pago alguno al beneficiario de la subvención concedida en tanto existan subvenciones otorgadas a su favor cuya justificación no haya sido aprobada.Los pagos de las subvenciones se efectuarán conforme a las prioridades, órdenes y directrices emanadas de la Delegación de Hacienda del Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera y según las disponibilidades de caja existentes. En Chiclana de la Fra., al día de la fecha de la firma electrónica.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 13/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSCONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE MAYORES 2025Publicado 23/04/2026CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE MAYORES 2025Publicado 06/05/2025SUBVENCIONES EN MATERIA DE MAYORES 2025Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.