PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES43 - EXTREMADURA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
22/04/2025
Publicación en diario oficial
29/04/2025
Texto oficial de apertura: DESDE EL DIA SIGUIENTE A LA PUBLICACION EN EL BOP
Texto oficial de cierre: 21 DIAS NATURALES DESDE LA PUBLICACION EN EL BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES CONCEJALÍA DE CULTURA 2025 Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 14 de abril de 2025, por el que se convoca la concesión de subvenciones de la Concejalía de Cultura 2025 por el procedimiento de concurrencia competitiva. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Naciones de Subvenciones y premios (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans). Primero. Objeto Las presentes bases tienen como objeto establecer las disposiciones generales para la concesión de subvenciones de la Concejalía de Cultura, destinadas al fomento de proyectos y actividades culturales en el municipio de Navalmoral de la Mata.Las subvenciones están dirigidas a asociaciones o entidades culturales, que desarrollando una actividad sin ánimo de lucro, tengan como finalidad el desarrollo y la promoción de actividades culturales, en diferentes campos como la música, las artes escénicas, las artes plásticas o las tradiciones y el folklore popular. Segundo. Líneas de subvención. Las presentes bases regulan las siguientes líneas de convocatorias en función del tipo de participación: Línea 1) Ayudas a asociaciones culturales dedicados al teatro y/o la danza. Línea 2) Ayudas para asociaciones culturales con fines musicales. Línea 3) Ayudas para asociaciones culturales con fines folklóricos y de conservación y promoción de las tradiciones culturales. Línea 4) Ayudas para asociaciones culturales dedicadas a las artes plásticas. Línea 5) Ayudas para proyectos científicos y educativos. Tercero. Bases reguladoras Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en el documento “BASES”, que se acompañaba a la propuesta formulada por la Concejala de Cultura, en fecha 9 de abril de 2025 y que estará disponible en el Tablón de Anuncios de la página web del Ayuntamiento y en el BOP. Cuarto. Cuantía de las subvenciones. La presente convocatoria cuenta con una dotación de treinta y ochomil (38.000,00) euros.La cuantía máxima a conceder a cada beneficiario podrá ascender al 100% del presupuesto del proyecto presentado y en ningún caso podrá ser superior a seis mil (6.000,00) €Línea 1) Ayudas a asociaciones culturales dedicados al teatro y/o la danza. Se destinará un total de 10.000,00 euros del total del crédito presupuestario.Línea 2) Ayudas para asociaciones culturales con fines musicales. Se destinará un total de 16.000,00 euros del total del crédito presupuestario.Línea 3) Ayudas para asociaciones culturales con fines folklóricos y de conservación y promoción de las tradiciones culturales. Se destinará un total de 6.000,00 euros del total del crédito presupuestario.Línea 4) Ayudas para asociaciones culturales dedicadas a las artes plásticas. Se destinará un total de 4.000,00 euros del total del crédito presupuestario.Línea 5) Ayudas para proyectos científicos y educativos. Se destinará un total de 2.000,00 euros del total del crédito presupuestario. Quinto. Beneficiarios y plazo de presentación de solicitudes Podrán solicitar subvenciones las entidades culturales de Navalmoral de la Mata que cumplan los siguientes requisitos:a) Que se encuentren legalmente constituidas y federadas.b) Que tengan su domiciliación en el municipio de Navalmoral de la Mata.c) Que figuren debidamente inscritas en el Registro Municipal de Entidades del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. Las solicitudes se ajustarán a los formatos que figuran como Anexos de la presente convocatoria.La documentación que corresponda, junto con la solicitud, podrá presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, dentro del plazo de 21 DÍAS a partir de la publicación por la Base Nacional de Datos de Subvenciones del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres. Sexto. Otros Datos Solo será susceptible de ayuda una solicitud por cada entidad cultural. El plazo de la justificación de la subvención no podrá exceder del 31 de enero de 2026.