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PREMIOS ESTUDIANTE DEL AÑO 2023-2024 CATEGORIA BACHILLERATO

LOCAL · NAVALMORAL DE LA MATA · AYUNTAMIENTO DE NAVALMORAL DE LA MATA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 09:04 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES432 - Cáceres

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Educación

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
22/04/2025
Publicación en diario oficial
29/04/2025

Texto oficial de apertura: DESDE EL DIA SIGUIENTE A LA PUBLICACION EN EL BOP

Texto oficial de cierre: 20 DIAS NATURALES DESDE LA PUBLICACION EN EL BOP

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

EXPEDIENTE Nº 1853/2025  EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA“PREMIOS ESTUDIANTE DEL AÑO ACADÉMICO CURSO CURSO 2023-2024 EN LA CATEGORIA DE BACHILLERATO”  Extracto de acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha Catorce de Abril de dos mil veinticinco, por la que se convocan Subvenciones y premios para “PREMIOS ESTUDIANTE DEL AÑO ACADÉMICO CURSO 2023-2024 EN LA CATEGORIA DE BACHILLERATO”, por el procedimiento de concurrencia competitiva.De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003. De 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http:www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans). PRIMERO. DESTINATARIOS Y REQUISITOS. Estas ayudas económicas, están dirigidas a los alumnos y alumnas que hayan cursado y superado el bachillerato, en el curso académico 2023-2024.            Para concurrir a la presente convocatoria, y ser perceptor de alguno de los premios convocados, será necesario cumplir los siguientes requisitos:2.1. No exceder de la edad de 20 años al finalizar el curso 2023-2024 .2.2. Haber cursado en centros docentes públicos de Navalmoral de la Mata el bachillerato.2.3. Haber finalizado estos estudios dentro del periodo ordinario de terminación del curso del año académico correspondiente a los premios convocados.2.4. Haber obtenido una calificación media igual o superior a 9,00 puntos, certificada por el centro.      SEGUNDO. OBJETOEl Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, quiere promocionar  los premios estudiante del año académico curso 2023-2024 en la categoría de bachillerato  y en consecuencia, premiar el esfuerzo, la dedicación y el sacrificio de los estudiantes de Navalmoral de la Mata. Los premios económicos se otorgan en reconocimiento al esfuerzo, dedicación y excelencia académica demostrados por nuestros estudiantes, impulsando así su motivación y crecimiento personal y profesional. TECERO. BASES REGULADORAS                                                   Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones y premios están en el documento “Premios estudiante del año académico curso 2023-2024 en la categoría de bachillerato”, que se acompaña a la propuesta formulada por la Concejala de Cultura, Igualdad, Igualdad, Política Social y Educación en fecha 9 de Marzo de 2025. CUARTO. DOTACIÓN ECONÓMICA Para la financiación de estos “Premios estudiante del año académico curso 2023-2024 en la categoría de bachillerato ”, el Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, ha incluido en los Presupuestos Generales para el ejercicio de 2025 en la aplicación presupuestaria 17.326.480.  una partida de TRES MIL QUINIENTOS EUROS (3.500 €), que se adjudicarán a los que resulten con mayor  puntuación en el baremo: según el siguiente detalle: 1º PREMIO.- MIL TRESCIENTOS EUROS------------------ 1.300,00 EUROS2º PREMIO.- MIL CIENTO CINCUENTA EUROS--------  1.150,00  EUROS3º PREMIO.- MIL CINCUENTA EUROS--------------------  1.050,00 EUROS             Estas ayudas económicas serán  abonadas a las personas que se hagan acreedoras a las mismas,  estando sujetos a las retenciones de IRPF en cumplimiento del artículo 75 del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. QUINTO. SOLICITUDES, Y LUGAR Y PLAZOS DE PRESENTACIÓN.Las solicitudes de los premios objeto de estas bases, deberán presentarlas los alumnos en el Registro General del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, a través del modelo oficial que se acompaña como Anexo a estas bases, y que podrá descargarse de la página web del ayuntamiento: www.aytonavalmoral.es             El plazo de presentación de solicitudes será de 20 DÍAS NATURALES a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres,  hasta las 14, 00 HORAS en el registro oficial del Ayuntamiento.             Las solicitudes que sean presentadas dentro del plazo indicado, serán publicadas en la página Web del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata.             Las instancias irán dirigidas  a la Sr. Alcalde-Presidente, y se presentarán por los alumnos en el Registro General del Ayuntamiento, en horas de oficina.                SEXTO. DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR. Los interesados, deberán acompañar a la instancia de solicitud, que deberá de ir firmada por el interesado y cumplimentada en todos sus apartados, la siguiente documentación, en soporte original o copia compulsada por el Centro en el que se realicen los estudios:                               - Modelo de Solicitud, según Anexo                                                                    - Fotocopia compulsada del D.N I. del interesado, caso de ser menor edad se    acompañará fotocopia del D.N.I. del padre-madre, o tutor.         -  Certificado Oficial del expediente académico del solicitante, con la nota media de cada curso, así como certificado de calificaciones de la EBAU.         - Certificación oficial o documentación acreditativa del resto de los puntos del apartado séptimo CRITERIOS DE VALORACIÓN. SÉPTIMA. ORDENACIÓN, INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL EXPEDIENTE.La instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponderá a los técnicos de los servicios municipales de la Concejalía de Educación.Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Instructor las revisará y comprobará que contengan la documentación exigida. Si esta resultare insuficiente o defectuosa, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se requerirá al interesado para que en el plazo de 10 DÍAS HÁBILES subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 21 del mismo texto legal.El instructor realizará de oficio cuantas actuaciones y comprobaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.Las actividades de instrucción, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, comprenderán:La petición de cuantos informes estime necesario para resolver o que sean exigidos por las normas que regulan la subvención. En la petición se hará constar, en su caso, el carácter determinante de aquellos informes que sean preceptivos.La evaluación de las solicitudes, efectuada conforme a los criterios, formas y prioridades de valoración establecidos en las bases reguladoras de la convocatoria.Una vez evaluadas las solicitudes, el órgano colegiado previsto en las presentes bases, conforme a los criterios establecidos, formulará la propuesta de Resolución Provisional, a través del órgano Instructor, debidamente motivada.La Propuesta de Resolución Provisional deberá notificarse a los interesados y se concederá un plazo de 10 DÍAS para presentar alegaciones. En el caso de no presentarse alegaciones la Propuesta de Resolución Provisional quedará elevada a definitiva.No obstante, podrá prescindirse del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas aducidas por los interesados. En este caso, la propuesta de resolución formulada tendrá carácter de definitiva.Examinadas las alegaciones aducidas, en su caso, por los interesados, se formulará propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar el solicitante o la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de los premios, y su cuantía, especificando su evaluación y los criterios seguidos para efectuarla.La propuesta de resolución provisional o definitiva no crea derecho alguno a favor del beneficiario propuesto frente al Ayuntamiento, mientras no se le haya notificado la resolución de concesión.El órgano colegiado competente para formular la propuesta de concesión estará compuesto por:a).- Presidente: El Alcalde de Navalmoral de la Mata o  persona en quien delegue.b).- Vocales: La concejala de Concejala de Cultura, Igualdad, Política Social, Mayores y Educación del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata; Los tres Directores de los Institutos de Enseñanza Secundaria de Navalmoral de la Mata, o profesores de sus respectivos centros en quienes deleguen.b).- Secretario: Actuará como Secretario un trabajador que designado por el Ayuntamiento, con voz pero sin voto.El órgano podrá proponer declarar desiertos algunos de los premios, y su decisión será inapelable.El órgano competente para resolver, una vez aprobada la propuesta de resolución definitiva, será la Junta de Gobierno Local, por delegación de Alcaldía-Presidencia de fecha 20 de junio de 2019, que lo hará en el plazo de 15 DÍAS desde la fecha de elevación de dicha propuesta.La resolución, además de contener la relación de solicitantes a los que se les concede los premios, hará constar, de forma expresa, la desestimación del resto de solicitudes e incluirá una relación ordenada de todas las solicitudes que, cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas establecidas en las bases para adquirir la condición de beneficiario,  con indicación de la puntuación otorgada a cada una de ellas en función de los criterios de valoración establecidos en la misma.En este supuesto, si se renunciase al premio  por alguno de los beneficiarios, el órgano concedente acordará, sin necesidad de nueva convocatoria, la concesión del premio al solicitante o solicitantes siguientes a aquel en orden de su puntuación, siempre y cuando con la renuncia por parte de alguno de los beneficiarios, se haya liberado crédito suficiente para atender al menos una de las solicitudes denegadas.El órgano concedente comunicará esta opción a los interesados, a fin de que accedan a la propuesta del premio en el plazo improrrogable de 10 DÍAS. Una vez aceptada la propuesta por parte del solicitante, el órgano administrativo dictará el acto de concesión y procederá a su notificación en los términos establecidos legalmente.El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de                 2 MESES , computado a partir de la correspondiente convocatoria, que será publicada en la BDNS. El vencimiento del plazo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión del premio.La resolución de concesión, del procedimiento que pone fin a la vía administrativa se notificará a los interesados de acuerdo con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.          OCTAVA. CRITERIOS DE SELECCIÓN Baremación Se valorará solo el periodo que cursó el Bachillerato 1º- Expediente, se tomarán en consideración dos calificaciones, por un lado el 80% de la nota media del expediente académico y por otro el 20% de la Fase de Acceso de la EBAU. La nota final de este apartado será la que resulte de restar 8 puntos a la suma de ambas.TOTAL = (80% EXP + 20% EBAU) – 8              Ejemplo: Alumno con un 9,30 de expediente y un 8,25 en la fase de acceso de la EBAU:                                    80% Nota expediente =                     7,44                                    20% Nota Fase Acceso EBAU =       1,65                                                                       TOTAL=         9,09             Puntuación en este apartado: 9,09 - 8= 1,09 puntos 2º- Premios concedidos  por  las  instituciones públicas, distintas al centro educativo en el que estudio relacionados con actividades académicas: 1 punto por cada premio, hasta un máximo de 2 puntos.   3º - Estudios de Idiomas (No acumulable, para el mismo idioma) Certificado Oficial:B1 o equivalente0,5 puntoB2 osuperior equivalente1 puntoC1 o superior 1,5 puntos           4º  - Estudios de Música o Danza (No acumulable):               0,5 puntos1 punto            5º - Actividades deportivas (No acumulable): Acreditar haber estado federado en algún tipo de disciplina deportiva durante al menos 1 año, en el periodo que cursó Bachillerato o Formación Profesional 0,5 punto, hasta un máximo de 0,5 puntos.           Acreditar la condición de deportista del alto nivel con el título que lo acredite 1 punto.   6º - Aspectos sociales: (este criterio solo se tendrá en cuenta en caso de ser necesario para un desempate, no se acumulará a la puntuación salvo en este supuesto)  -Renta anual de todos los miembros de la  unidad familiar Nivel de renta inferior o igual al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM 7.200,00€ 12 meses), documento de Hacienda que justifique ingresos1 punto. Nivel de renta superior al IPREM que no supere el doble del mismo0,5  puntos. -Condición reconocida de discapacidad Por discapacidad en el solicitante, padre o madre1 punto.Por discapacidad en algún/a hermano/a0,5 puntos, máximo 1,50 puntos.   En caso de persistir empate entre los alumnos que presente la solicitud a los Premios Estudiante del año académico , se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en cada uno de los apartados descritos anteriormente(en el orden en que aparecen) y si persiste el empate, por sorteo.            NOVENA. PUBLICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN              La adjudicación de los Premios se hará pública en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata y en la página Web www.aytonavalmoral.es           En Navalmoral de la Mata, 21 de Abril de 2025.   El Alcalde Fdo.: Enrique Hueso Retamosa                             DOCUMENTO FIRMADO ELECTRONICAMENTE                  A N E X O SOLICITUD PREMIOS ESTUDIANTE DEL AÑO ACADEMICO CURSO 2023-2024 CATEGORÍA BACHILLERATO          DATOS PERSONALES SOLICITANTEN.I.F. APELLIDOS Y NOMBREDOMICILIO (Calle, Plaza Avda.) NúmeroBloqueEscaleraPlantaPuertaCOD. Postal MUNICIPIOPROVINCIATELÉFONOCORREO ELECTRÓNICO  DATOS DEL PADRE/MADRE/TUTOR(caso de ser el solicitante menor de edad)N.I.F. APELLIDOS Y NOMBREDOMICILIO (Calle, Plaza Avda.) NúmeroBloqueEscaleraPlantaPuertaCOD. Postal MUNICIPIOPROVINCIATELÉFONO DOCUMENTOS A ADJUNTAR(Señale con una X los documentos que aporta)     ¨ Fotocopia D.N.I. solicitante, y del padre-madre, o tutor en caso de menores de edad.     ¨ Certificado Oficial del expediente académico del solicitante, con la nota media de cada curso.    ¨ Certificado de calificaciones de la EBAU.    ¨ Certificación oficial o documentación acreditativa del resto de los puntos del apartado séptimo         criterios de valoración.              FIRMA DE LA SOLICITUD        El solicitante comunica y declara bajo su responsabilidad, la veracidad de los datos declarados, así como conocer los términos de la convocatoria, comprometiéndose a cumplir los requisitos de la misma.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 22/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSBASES DE LA CONVOCATORIAPublicado 22/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSPREMIOS ESTUDIANTE DEL AÑO 2023-2024 CATEGORIA BACHILLERATOPublicado 29/04/2025