CerradaBDNS 828017
Girona crea, creación i producción artística 2025
LOCAL · GIRONA · AYUNTAMIENTO DE GIRONA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 09:06 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES512 - Girona
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 28/04/2025
- Fin de solicitudes
- 19/05/2025
- Registro en BDNS
- 22/04/2025
- Publicación en diario oficial
- 25/04/2025
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Extracto publicado
Primero. Personas beneficiarias:Para las ayudas Girona Crea pueden presentar solicitud las personas físicas o jurídicas y las agrupaciones de personas físicas o jurídicas en los campos artísticos de la música, las artes escénicas, la literatura, las artes visuales, las audiovisuales, cultura digital y la cultura tradicional y popular, que cumplan las condiciones de acceso a las ayudas establecidas en los puntos5.En la modalidad a) Becas Girona Crea de formación artística no reglada sólo podrán participar las personas físicas. Segundo. Objeto:Abrir la convocatoria, para el año 2025, para la concesión de las becas y subvenciones Girona Crea.El objeto de estas bases es regular las Ayudas Girona Crea, destinadas a fomentar la formación, la creación y la producción con exhibición de proyectos artísticos que se lleven a cabo, total o parcialmente, (mínimo una fase del proyecto) [1], en la ciudad de Girona o en equipamientos y proyectos culturales fuera del municipio con convenio o subvención de l’Ajuntament de Girona para fomentar la creación, producción y exhibición. Únicamente se podrán presentar a la convocatoria proyectos que se realicen fuera de la ciudad en caso de que se considere que el proyecto tiene un alto interés para la proyección exterior de la ciudad y su promoción cultural o artística.Los proyectos deben estar relacionados con los ámbitos de la música, las artes escénicas, la literatura, las artes visuales, las audiovisuales, cultura digital y la cultura tradicional y popular.Se establecen las siguientes modalidades:Becas Girona Crea de formación artística no reglada.Becas Girona Crea de investigación y creación artística.Subvenciones Girona Crea en la producción artística. Tercero. Bases regidoras la:Las Ayudas Girona Crea se regulan por las bases aprobadas definitivamente en sesión ordinaria del Pleno de fecha 14 de noviembre de 2022 y publicadas en el BOP de Girona el 24 de enero de 2023 y modificadas en sesión ordinaria del Pleno de fecha 11 de marzo de 2024 y publicadas en el BOP de Girona el 13 de marzo definitivamente en el BOP de Girona el 28 de marzo de 2025.https://ssl4.ddgi.cat/bopV1/pdf/2024/52/2 0 245202102.pdfWeb municipal:Bases en catalánhttps://seu.girona.cat/portal/dades/transparencia/subvencions/Bases-AjutsGironaCrea-BOP52-130324-cat.pdfBases en castellanohttps://seu.girona.cat/portal/dades/transparencia/subvencions/Bases-AjutsGironaCrea-BOP52-130324-cast.pdf Cuarto. Importe :La dotación máxima destinada a las ayudas Girona Crea es de 195.000 €, que se financian con cargo a la aplicación presupuestaria: 2025 300 33400 48300 Apoyo a la creación: Kreas (195.000 €) del presupuesto municipal para el ejercicio 2025.La dotación se distribuirá entre las diferentes modalidades tal y como se detalla:modalidad a. Becas Girona Crea de formación artística no reglada: 3.000 €modalidad b. Becas Girona Crea de investigación y creación artística: 60.000 €modalidad c. Subvenciones Girona Crea en la producción artística: 132.000 €En caso de que se produjeran remanentes en las dotaciones de algunas de las modalidades, el importe correspondiente se podrá aplicar a la dotación de las demás modalidades en función de las puntuaciones obtenidas de los proyectos solicitantes.Con el fin de atender a un mayor número de solicitudes de subvención o de otorgar un mayor importe en las subvenciones, este crédito podrá ser ampliado con una cantidad adicional del 10% derivada de créditos sobrantes de otras convocatorias, modificaciones de crédito, etc.La efectividad de la cuantía adicional estará condicionada a la correspondiente declaración de disponibilidad de crédito con carácter previo a la resolución de las subvenciones y aprobación del aumento de la convocatoria.En el supuesto de ampliación de la dotación económica, se otorgarán las ayudas siguiendo el orden de puntuación establecido en la resolución. Quinto . Plazo de presentación de solicitudes:El plazo para la presentación de solicitudes es de 15 días hábiles a contar desde su publicación en el BOP de la convocatoria. Sexto. Otros datos:Forma de presentación:Una vez publicada la convocatoria, las personas interesadas tendrán que presentar por registro de entrada de l’Ajuntament de Girona el modelo de solicitud específico que se encuentra en la sede electrónica de l’Ajuntament de Girona o en la web: web.girona.cat/cultura/subvencions, así como la documentación que se indica en estas bases y la que se pueda indicar en la convocatoria.Las empresas, entidades y asociaciones tendrán que presentar las solicitudes, junto con la documentación requerida en la convocatoria, de manera telemática a través del la Seu ElectrònicaAyuntamiento de Girona.Las personas físicas podrán presentar las solicitudes, junto con la documentación requerida en las bases o en la convocatoria, de forma telemática oa través de cualquiera de las oficinas municipales que disponen de registro de entrada, cuyas direcciones se pueden consultar en la web municipal.En el caso de personas físicas también se podrán presentar mediante el sistema de correo administrativo o en cualquiera de los demás lugares establecidos en el artículo 16.4 Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este caso, y dentro del plazo establecido en esta convocatoria, se comunicará la fecha y lugar de presentación de la solicitud a través de la dirección electrónica ofa@ajgirona.cat. Documentación a presentar:Ayudas Girona Crea:Modalidad a. Becas Girona Crea de formación artística no reglada:a. Formulario de solicitud debidamente cumplimentado.b. Documentación de la persona solicitante: Copia del DNI, NIE o pasaporte.En relación al proyecto a presentar es necesario tener presente las siguientes indicaciones, contenido y estructura:Proyecto de formación que se quiere realizar en lo que se indique:c.1. Planteamiento, contenido de los estudios, profesorado, calendario y centro en el que se realizarán los estudios.c.2. Objetivos que quieren alcanzarse con la formación e impacto en la trayectoria personal y artística de la persona solicitante.c.3. Relación y vinculación con la ciudad de Girona.c.4. Otra documentación, en su caso: Propuesta de actividad divulgativa o pedagógica de los objetivos alcanzados abierta al público, matrícula o reserva de plaza del curso de formación, cartas de recomendación, currículum.Toda la documentación del proyecto de formación debe incluirse en un único archivo, en formato PDF no protegido. Extensión máxima de 5 páginas , en formato DIN-A4, de un interlineado de 1,25, y con un cuerpo de letra tipo Arial de 11 puntos, sin comprimir. La portada, con el título del proyecto y los datos de identificación de la entidad solicitante, no contabilizará en las 5 páginas. En caso de utilizar tablas, el cuerpo de la letra de las tablas podrá reducirse hasta 9 puntos, sin comprimir. No se valorarán las páginas que excedan de la extensión máxima establecida. Tampoco se valorará ninguna documentación adicional no requerida en las bases o en la convocatoria, así como la información que no conste en el apartado correspondiente de la estructura de contenidos del proyecto. Modalidad b. Becas Girona Crea de investigación y creación artística:a. Formulario de solicitud debidamente cumplimentado.b. Documentación de la persona física o jurídica solicitante: Copia del DNI, NIE o pasaporte en caso de personas físicas. Las agrupaciones de personas tendrán que presentar la copia del DNI, NIE o pasaporte de todos sus miembros. Copia del NIF o tarjeta fiscal, estatutos de la entidad y acreditación de la persona representante en el caso de personas jurídicas.c. Documentación que acredite que la investigación y creación artística se realizará en Girona total, o parcialmente: contrato de alquiler de espacio o vivienda a nombre del beneficiario, escritura pública de propiedad, convenio de cesión de espacio a nombre del beneficiario, compromiso de centros de creación artística o investigación de la ciudad de Girona, compromiso de presentación de la investigación por parte de un equipamiento, u otra documentación análoga.En relación al proyecto a presentar es necesario tener presente las siguientes indicaciones, contenido y estructura:Proyecto artístico detallado del proceso de creación o investigación que se quiere llevar a cabo.d.1. Objetivos personales y artísticos que se pretende alcanzar. Resultados esperados de la creación.d.2. Metodología y planteamiento.d.3 Calendario de trabajo.d.4. Currículum académico y trayectoria profesional de la persona física o jurídica solicitante. Número de producciones realizadas.d.5.Otra documentación, en su caso: propuesta de presentación pública del proyecto, cartas de recomendación, ejemplos de trabajos anteriores.Toda la documentación del proyecto artístico debe incluirse en un único archivo, en formato PDF no protegido. Extensión máxima de 10 páginas , en formato DIN-A4, de un interlineado de 1,25, y con un cuerpo de letra tipo Arial de 11 puntos, sin comprimir. La portada, bajo el título del proyecto y los datos de identificación de la entidad solicitante, no contabilizará en las 10 páginas. En caso de utilizar tablas, el cuerpo de la letra de las tablas podrá reducirse hasta 9 puntos, sin comprimir. No se valorarán las páginas que excedan de la extensión máxima establecida. Tampoco se valorará ninguna documentación adicional no requerida en las bases o en la convocatoria, así como la información que no conste en el apartado correspondiente de la estructura de contenidos del proyecto. Modalidad c. Subvenciones Girona Crea en la producción artística: a. Formulario de solicitud debidamente cumplimentado.b. Documentación de la persona física o jurídica solicitante: Copia del DNI, NIE o pasaporte en caso de personas físicas. Las agrupaciones de personas tendrán que presentar la copia del DNI, NIE o pasaporte de todos sus miembros. Copia del NIF o tarjeta fiscal, estatutos de la entidad y acreditación de la persona representante en el caso de personas jurídicas.c. Documentación acreditativa de los requisitos de las personas beneficiarias de acuerdo con el punto 6 de estas bases.d. Documentación que acredite que la producción artística se realizará en Girona total o parcialmente: contrato de alquiler de espacio o vivienda a nombre del beneficiario, escritura pública de propiedad, convenio de cesión de espacio a nombre del beneficiario, compromiso de centros de creación artística de la ciudad de Girona, compromiso de presentación por parte de un equipamiento, u otra documentación análoga.En relación al proyecto a presentar es necesario tener presente las siguientes indicaciones, contenido y estructura:Proyecto artístico detallado de la producción que se quiere llevar a cabo.e.1 Objetivos del proyecto, resultados e impacto esperadoe.2 Guión o planteamiento artístico, tratamiento técnico o puesta en escena, documentos ilustrativos del proyecto.e.3. Plan de trabajo o calendario de las distintas fases del proyecto.e.4. Viabilidad económica y plan de financiación.e.5. Plan de explotación o distribución del proyecto.e.6. Relación de la producción con sus públicos: redes sociales, procesos de creación comunitaria, vertiente pedagógica del proyecto...e.7. Ficha artística prevista, profesionales que intervendrán en la producción.e.8. Currículum académico y trayectoria profesional de la persona física o jurídica solicitante.e.9. Impacto social y educativo, fomento de la accesibilidad, igualdad de género y gestión medioambiental. e.10. Otra documentación, en su caso: Certificado de cesión de derechos de la obra en caso de que no sea propia, currículum de las personas u otras entidades participantes en el proyecto, dossier de prensa, cartas de recomendación, ejemplos de trabajos anteriores.Toda la documentación del proyecto artístico debe incluirse en un único archivo, en formato PDF no protegido. Extensión máxima de 25 páginas , en formato DIN-A4, de un interlineado de 1,25, y con un cuerpo de letra tipo Arial de 11 puntos, sin comprimir. La portada, con el título del proyecto y los datos de identificación de la entidad solicitante, no contabilizará en sus 25 páginas. En caso de utilizar tablas, el cuerpo de la letra de las tablas podrá reducirse hasta 9 puntos, sin comprimir. No se valorarán las páginas que excedan de la extensión máxima establecida. Tampoco se valorará ninguna documentación adicional no requerida en las bases o en la convocatoria, así como la información que no conste en el apartado correspondiente de la estructura de contenidos del proyecto.Si en el momento de la presentación de la candidatura no se ha aportado el proyecto de formación, investigación/creación o producción artística, esta documentación sólo será admitida si se presenta dentro del plazo de solicitud. Relación de solicitudes admitidas y excluidas:Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se establece una fase de pre -evaluación en la que se verificará el cumplimiento de los requisitos necesarios para adquirir la condición de persona beneficiaria. Esta fase sólo podrá afectar a los requisitos que sean de apreciación automática y que no requieran de valoración alguna.A continuación se hará pública, en el tablón de anuncios municipal y en el https://web.girona.cat/cultura/subvencions/ , la relación provisional de solicitudes admitidas y no admitidas, con indicación de los motivos de la no admisión.Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en estas bases y en la convocatoria, la persona solicitante dispondrá de un plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles por la subsanación de defectos a partir de la publicación de la lista provisional de solicitudes admitidas y no admitidas. La no corrección de estos defectos supondrá el cierre del expediente por desistimiento, previa resolución que se dictará en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Plazo de ejecución y justificación:El plazo para la ejecución de los proyectos por ambas modalidades será el 30 de junio de 2026 y la presentación de la justificación será de un plazo máximo de tres meses a partir de la finalización del período previsto de la ejecución de proyectos, siendo la fecha límite el 30 de septiembre de 2026 . [1]A efectos de estas bases se entenderá que un proyecto se realiza parcialmente en la ciudad de Girona cuando al menos una de las fases del proyecto: investigación, creación, producción o exhibición se lleva a cabo en la ciudad.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 22/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 22/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSGirona crea, creación i producción artística 2025Publicado 25/04/2025Girona crea, creación i producción artística 2025Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.