Plazo no verificadoBDNS 828083
Ayudas Extremadura Avante a empresas para participación agrupada en la Feria Anuga 2025, según el Acuerdo de 14 de abril 2025 que las convoca.
AUTONOMICA · EXTREMADURA · EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A PYMES, S.L.U.
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 09:07 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES43 - EXTREMADURA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Comercio, Turismo y Pymes
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 29/04/2025
- Fin de solicitudes
- 09/05/2025
- Registro en BDNS
- 22/04/2025
- Publicación en diario oficial
- 28/04/2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, sepublicó en el Diario Oficial de Extremadura, número 80, de 28 de abril de 2025, el Extracto del Acuerdo del Consejero Delegado porel que se realiza la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la Feria Anuga para el ejercicio 2025, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es) y en el Diario Oficial de Extremadura. El artículo 23 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que en las convocatorias se determinará el plazo de presentación de solicitudes, disponiendo el Decreto 137/2024 de 5 de noviembre 2024, para la realización de las siguientes acciones de promoción de carácter internacional., así como en el citado Acuerdo, en su apartado sexto, punto dos, se indicaba, que: “Los interesados podrán presentar las solicitudes en el plazo de 6 días hábiles a partir del día siguiente al que se publique la presente convocatoria y su extracto enel Diario Oficial de Extremadura https://doe.juntaex.es”. Asimismo, el apartado cuarto de su correspondiente Extracto, indica queel plazo para la presentación de solicitudes será de 6 días hábiles, y se computará a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la convocatoria y el presente extracto, en el Diario Oficial de Extremadura. Como consecuencia, el plazo inicial de presentación de solicitudes se inicia el día 29 de abril y finaliza el día 4 de mayo de 2025. El artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, en su punto 1 permite a la Administración ampliar los plazos establecidos siempre que no exceda de la mitad del ya otorgado, que las circunstancias lo aconsejen y que no perjudiquen derechos de terceros. Iniciado el plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria de ayudas mencionada, y debido a los problemas técnicos surgidos, las entidades interesadas no han podido presentar solicitudes los días 29 y 30 de abril. En este aspecto, ante estas situaciones, el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas habilita: “Cuando una incidencia técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicaciónque corresponda, y hasta que se solucione el problema, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos,debiendo publicar en la sede electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido”Teniendo en cuenta que la medida en que el servicio y sistema utilizado para la tramitación de los procedimientos y el ejercido de los derechos se han visto afectados, ante la imposibilidad de tramitar la solicitud para la obtención de dicha ayuda. Por todo lo anterior se procede al anuncio de la ampliación del plazo de presentación de solicitudes en dos días hábiles, previsto en el Acuerdo del Consejero Delegado por el que se realiza la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la Feria Anuga para el ejercicio 2025 y en el apartado Cuarto de su extracto, publicado en el Diario Oficial de Extremadura número 80, de 28 de abril de 2025.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 B y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Beneficiarios. Podrán tener la condición de beneficiarios de las ayudas reguladas en el presente Acuerdo, las personas físicas y jurídicas que, cumpliendo los requisitos establecidos en la misma, tengan laconsideración de pequeña y mediana empresa y ejerzan una actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y que cumplan con los requisitos exigidos en el artículo 3 del Decreto 137/2024 de 5 de noviembre. Segundo. Convocatoria y objeto. El presente acuerdo tiene por objeto realizar la convocatoria de las ayudas en especie, en régimen de concurrencia competitiva y en cumplimiento del Decreto 137/2024 de 5 de noviembre 2024, publicada en DOE n.º 220, de 12 de noviembre de 2024, para la realización de las siguientes acciones de promoción de carácter internacional. FERIA ANUGA 2025 Código de la acción de promoción: FI25ANUG Colonia (Alemania). Del 4 al 8 de octubre de 2025. Tercero. Bases reguladoras. El Decreto 137/2024 de 5 de noviembre 2024 por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por parte de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, S.L.U, dirigidas a la promoción internacional de la PYME extremeña. Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes será de 6 días hábiles, y se computará a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la convocatoria y el presente extracto, en el Diario Oficial de Extremadura. Quinto Cuantía. Para la acción de promoción objeto de la convocatoria, se indican el importe máximo de la convocatoria y la cuantía máxima de la ayuda por beneficiario: FERIA ANUGA 2025 Importe máximode la convocatoria: 213.334,00€ Importe máximo de la ayuda por beneficiario: 16.410,30 € 1/2 Número máximo de beneficiarios a seleccionar: 13 Sexto. Financiación. 1. Las ayudas que regula este Acuerdo de convocatoria se financiarán con cargo al Programa Operativo FEDER de Extremadura 2021-2027, recibiendo una cofinanciación de 85% del fondo, y estando encuadrada en el Objetivo Político 1: “Una Europa más competitiva y más inteligente”, Prioridad de Inversión: 1.A 'Transición Digital e Inteligente', Objetivo específico 1 iii). “el refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas”. 2. La acción de promoción de carácter internacional será financiada con base en la transferencia presupuestaria que figurar en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura TE: “EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS PYMES: PROMOCIÓN INTERNACIONAL DE LA PYME EXTREMEÑA”, formalizada a través de la firma del Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual a favor de la Empresa Pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, S.L.U. parala ejecución del programa de promoción internacional de la pyme extremeña para el periodo 2023-2026. Séptimo. Otros. Las ayudas previstas en esta convocatoria se hallan acogidas al régimen de mínimis, sujetándose a lo establecido en el Reglamento (UE) 2023/2831, de la Comisión de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis (DOUE Serie L, de 15 de diciembre), no pudiendo superar la ayuda total de mínimis la cantidad de 300.000 euros en los tres años previos.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 B y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Beneficiarios. Podrán tener la condición de beneficiarios de las ayudas reguladas en el presente Acuerdo, las personas físicas y jurídicas que, cumpliendo los requisitos establecidos en la misma, tengan laconsideración de pequeña y mediana empresa y ejerzan una actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y que cumplan con los requisitos exigidos en el artículo 3 del Decreto 137/2024 de 5 de noviembre. Segundo. Convocatoria y objeto. El presente acuerdo tiene por objeto realizar la convocatoria de las ayudas en especie, en régimen de concurrencia competitiva y en cumplimiento del Decreto 137/2024 de 5 de noviembre 2024, publicada en DOE n.º 220, de 12 de noviembre de 2024, para la realización de las siguientes acciones de promoción de carácter internacional. FERIA ANUGA 2025 Código de la acción de promoción: FI25ANUG Colonia (Alemania). Del 4 al 8 de octubre de 2025. Tercero. Bases reguladoras. El Decreto 137/2024 de 5 de noviembre 2024 por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por parte de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, S.L.U, dirigidas a la promoción internacional de la PYME extremeña. Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes será de 6 días hábiles, y se computará a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la convocatoria y el presente extracto, en el Diario Oficial de Extremadura. Quinto Cuantía. Para la acción de promoción objeto de la convocatoria, se indican el importe máximo de la convocatoria y la cuantía máxima de la ayuda por beneficiario: FERIA ANUGA 2025 Importe máximode la convocatoria: 213.334,00€ Importe máximo de la ayuda por beneficiario: 16.410,30 € 1/2 Número máximo de beneficiarios a seleccionar: 13 Sexto. Financiación. 1. Las ayudas que regula este Acuerdo de convocatoria se financiarán con cargo al Programa Operativo FEDER de Extremadura 2021-2027, recibiendo una cofinanciación de 85% del fondo, y estando encuadrada en el Objetivo Político 1: “Una Europa más competitiva y más inteligente”, Prioridad de Inversión: 1.A 'Transición Digital e Inteligente', Objetivo específico 1 iii). “el refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas”. 2. La acción de promoción de carácter internacional será financiada con base en la transferencia presupuestaria que figurar en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura TE: “EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS PYMES: PROMOCIÓN INTERNACIONAL DE LA PYME EXTREMEÑA”, formalizada a través de la firma del Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual a favor de la Empresa Pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, S.L.U. parala ejecución del programa de promoción internacional de la pyme extremeña para el periodo 2023-2026. Séptimo. Otros. Las ayudas previstas en esta convocatoria se hallan acogidas al régimen de mínimis, sujetándose a lo establecido en el Reglamento (UE) 2023/2831, de la Comisión de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis (DOUE Serie L, de 15 de diciembre), no pudiendo superar la ayuda total de mínimis la cantidad de 300.000 euros en los tres años previos.
Bases y documentación
Modificación de la convocatoriaPublicado 05/05/2025Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 05/05/2025Descargar archivo oficial · BDNSMODIFICACIÓN DEL EXTRACTO y Anuncio por el que se da publicidad a la ampliación del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria de ayudas para la participación agrupada en la Feria Anuga 2025, convocadas mediante ACUERDO de 15 de abril de 2025, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria.Publicado 06/05/2025EXTRACTO del Acuerdo del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la Feria Anuga para el ejercicio 2025 (Código FI25ANUG).Publicado 28/04/2025Decreto 137/2024, de 5 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por parte de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, dirigidas a la promoción internacional de la pyme extremeñaInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.