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Plazo no verificadoBDNS 828174

CONVOCATORIA Y BASES REGULADORAS DE LA SUBVENCIÓN PARA AYUDAS ECONÓMICAS POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN DESTINADAS A FAMILIAS DEL MUNICIPIO DE IZNÁJAR EJERCICIO 2025

LOCAL · IZNÁJAR · AYUNTAMIENTO DE IZNÁJAR

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 09:09 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES613 - Córdoba

Tipo de convocatoria

Concesión directa - canónica

La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.

Finalidad

Otras Prestaciones económicas

Plazos, con su contexto.

La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
22/04/2025
Publicación en diario oficial
25/04/2025

Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de las presentes bases en el BOP CÓRDOBA

Texto oficial de cierre: Hasta el día 15 de diciembre de 2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

PRIMERO: BENEFICIARIOS.Podrán ser personas beneficiaras de estas ayudas los progenitores y/o adoptantes, en nombre propio o como representantes de la unidad de convivencia,de un menor nacido o adoptado entre el 1 de enero de 2024 y el 30 de noviembre de 2025, ambos inclusive, que no se hayan acogido a este plan de ayudas en la convocatoria 2024 para el mismo nacimiento.SEGUNDO: OBJETO.Fomentar y ayudar a la natalidad de los habitantes del municipio de Iznájar, en apoyo a la familia, a la conciliación de la vida familiar y laboral, y a paliar los gastos originados por el nacimiento o la adopción de uno o más hijos. Las ayudas económicas que serán destinadas a la adquisición de bienes relacionados con las necesidades del menor nacido o adoptado causante de la ayuda: Productos de higiene, alimentación y farmacia,  ropa, carrocería y artículos complementarios, pañales y otros de similar naturaleza para el menor por cuyo nacimiento o adopción se solicita la ayuda.TERCERO: BASES REGULADORAS.https://iznajar.es/wp-content/uploads/2025/03/CONVOCATORIA_Y_BASES_REGULADORAS_DE_LA_SUBVENCION_AYUDAS_ECONOMICAS_POR_NACIMIENTO_O_ADOPCION_DESTINADAS_A_FAMILIAS_DEL_MUNICIPIO_DE_IZNAJAR_EJERCICIO_2025.pdfCUARTO: CUANTÍA.La ayuda económica sólo podrá justificarse mediante la realización de en compras en comercios de localidad y tendrá una cuantía de 500 euros por el primer hijo (en el caso de quefuese el primer hijo para el progenitor solicitante de la ayuda).1.000 euros por el segundo hijo (en el caso de que fuese el segundo hijo para el progenitor solicitante de la ayuda).1.500 euros (en el caso de que fuese el tercer hijo para el progenitor solicitante de la ayuda) por nacimiento o adopción de hijo/a en el período comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el30 de noviembre de 2025, ambos inclusive, que no se hayan acogido a este plan de ayudas en la convocatoria 2024 para el mismo nacimiento.QUINTO: PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.Hasta el 15 de diciembre. 

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 22/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSCONVOCATORIA Y BASES REGULADORAS DE LA SUBVENCIÓN PARA AYUDAS ECONÓMICAS POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN DESTINADAS A FAMILIAS DEL MUNICIPIO DE IZNÁJAR EJERCICIO 2025