Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 23/04/2025
- Publicación en diario oficial
- 25/04/2025
Texto oficial de apertura: Al dia siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP Barcelona
Texto oficial de cierre: Veinte días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios. Podrán ser personas beneficiarias de estas subvenciones: - Las personas jurídicas que desarrollen programas, proyectos o actividades que correspondan con las líneas de subvención y los objetivos estratégicos establecidos en el Plan Estratégico de Subvenciones 2023-2025 indicados en el apartado 1 de esta convocatoria. Respecto al ámbito de Ocio, solo podrán ser personas beneficiarias los esplais y agrupamientos scouts constituidos en asociación o en fundación que desarrollen programas, proyectos o actividades que correspondan con la línea de subvención y el objetivo estratégico establecidos en el Plan Estratégico de Subvenciones 2023-2025 indicados en el apartado 1 de esta convocatoria y, concretamente, que promuevan actividades de ocio educativo para niños y jóvenes, como son casales, colonias, campamentos, rutas, campos de trabajo, etc.- Excepto en el ámbito de Ocio, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de comunidad económica o patrimonio separado que aunque no tengan personalidad jurídica, acrediten disponer de un número de identificación fiscal, además de desarrollar programas, proyectos o actividades que correspondan con las líneas de subvención y los objetivos estratégicos establecidos en el Plan Estratégico de Subvenciones 2023-2025 indicados en el apartado 1 de esta convocatoria.Los requisitos para la solicitud y la forma de acreditarlos están recogidos en las bases particulares de la convocatoria.Segundo. Objeto. El objeto de esta convocatoria es coadyuvar al desarrollo de programas, proyectos y actividades de las entidades ciudadanas que fomenten una actividad de utilidad pública, de interés social o de promoción de la consecución de un fin público, la finalidad de la cual se corresponda con los objetivos estratégicos siguientes establecidos en el Plan Estratégico de Subvenciones 2023-2025, las líneas de subvención, el Área gestora y, dentro de esta, al servicio gestor que se indican a continuación:Objetivo estratégico: OE2 Potenciar la marca L’Hospitalet en el marco del área metropolitana i el desarrollo económico mediante el refuerzo de los agentes sociales y económicos, la promoción comercial, empresarial, turística i de la economía social en un marco de gobernanza entre el sector público y el sector privado en actividades de interés general.Línea de subvención: OE2 05 Fomento de la empleabilidad y la contratación de personas con dificultades de acceso al mercado laboral Área de gestión: Área de Ciudad TransformadoraServicio gestor: Formación y OcupaciónObjetivo estratégico: OE3 Fomentar la participación ciudadana y fortalecer el tejido asociativo y comunitario de la ciudadLínea de subvención: OE3 02 Programas de fortalecimiento de las AFAS i AMPES (asociaciones de familias y asociaciones de madres y padres), de la sociedad civil i el tejido asociativoÁrea de gestión: Distritos Servicio gestor: Distrito II, Distrito III, Distrito IV-V, Distrito VIObjetivo estratégico: OE3 Fomentar la participación ciudadana y fortalecer el tejido asociativo y comunitario de la ciudad Línea de subvención: OE3 03 Programas de fomento de la participación social de la juventudÁrea de gestión: Área de Ciudad de Derechos Servicio gestor: JuventudObjetivo estratégico: OE4 Fortalecer y vertebrar la actividad educativa, cultural y deportiva de la ciudadLínea de subvención: OE4 04 Promover una oferta de ocio educativo y socioculturalÁrea de gestión: Área de Ciudad de DerechosServicio gestor: JuventudObjetivo estratégico: OE6 Promover la protección de nuestro entorno y favorecer un modelo urbano sostenible Línea de subvención: OE6 01 Fomento y protección del medio ambiente y promoción de una movilidad sostenibleÁrea de gestión: Área de Calidad UrbanaServicio gestor: Medio Ambiente Tercero. Bases reguladoras.Bases particulares aprobadas por la Junta de Gobierno Local en fecha 5 de marzo de 2025 y publicadas en el BOPB número CVE 202510048785 de fecha 7 de marzo de 2025. Cuarto. Cuantía.El importe de esta convocatoria para cada ámbito se fija en las siguientes cantidades que se imputarán en las aplicaciones presupuestarias siguientes del presupuesto municipal del ejercicio 2025Ámbito: JuventudAplicación presupuestaria: 2125 03 3370 24890000Denominación de la aplicación: TRANSFERENCIAS A FAMILIAS Y INSTITUCIONES SIN ANIMO DE LUCROCrédito inicial: 200.741,00 Eur.Ámbito: OcioAplicación presupuestaria 2125 03 3370 24890002 Denominación de la aplicación: TRANSFERENCIAS A FAMILIAS Y INSTITUCIONES SIN ANIMO DE LUCRO (OCIO)Crédito inicial: 10.795,45 Eur.Ámbito: Medio AmbienteAplicación presupuestaria: 2125 04 1721 24890000Denominación de la aplicación: TRANSFERENCIAS A FAMILIAS Y INSTITUCIONES SIN ANIMO DE LUCROCrédito inicial: 50.762,00 Eur.Ámbito: OcupaciónAplicación presupuestaria: 2125 05 2410 24890000 Denominación de la aplicación: TRANSFERENCIAS A FAMILIAS Y INSTITUCIONES SIN ANIMO DE LUCRO Crédito inicial: 36.000,00 Eur.Ámbito: Distrito IIAplicación presupuestaria: 2125 06 9252 24890200 Denominación de la aplicación: TRANSFERENCIAS A FAMILIAS Y INSTITUCIONES SIN ANIMO DE LUCRO. COLLBLANC TORRASSACrédito inicial: 16.000,00 EurÁmbito: Distrito IIIAplicación presupuestaria: 2125 06 9253 24890200 Denominación de la aplicación: TRANSFERENCIAS SANTA EULÀLIACrédito inicial: 7.531,00 EurÁmbito: Distrito IV-VAplicación presupuestaria: 2125 06 9254 24890000 Denominación de la aplicación: TRANSFERENCIAS A FAMILIAS Y INSTITUCIONES SIN ANIMO DE LUCROCrédito inicial: 9.850,00 Eur.Ámbito: Distrito VIAplicación presupuestaria: 2125 06 9255 24890000Denominación de la aplicación: SUBVENCIONES A FAMILIAS Y INSTITUCIONES SIN FINALIDAD DE LUCROCrédito inicial: 5.662,35 EurIMPORTE GLOBAL : 337.341,80 €Como regla general, las subvenciones no excederán el 50% del presupuesto total del proyecto, programa o actividad. Sin embargo, la Comisión Calificadora podrá proponer que se supere este porcentaje o se subvencione hasta el 100%, previa justificación de las circunstancias de interés público local por parte del instructor/a que lo avalen. En ningún caso, la cantidad propuesta podrá superar la cantidad solicitada por la persona beneficiaria.La cantidad máxima a otorgar por proyecto en esta convocatoria para el ámbito de Ocupación es de 10.000,00 euros. En ningún caso se podrá otorgar, independientemente del coste total del proyecto, una cantidad superior a esta cifra.La cantidad máxima a otorgar por proyecto en esta convocatoria para el ámbito de Medio Ambiente es de 20.000,00 euros. En ningún caso se podrá otorgar, independientemente del coste total del proyecto, una cantidad superior a esta cifra. Quinto. Plazo para la presentación de solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona. Cualquier documentación relacionada con estas Bases (solicitudes, formularios, alegaciones, etc.), que se tenga que presentar, se hará en formato electrónico en la Sede electrónica del Ayuntamiento.Sexto. Otros datos. Modalidades de subvencionesLa presente convocatoria, prevé las modalidades de subvención siguientes:- Para todos los ámbitos, exceptuando el ámbito del Ocio:Subvenciones generales, cuando tengan por finalidad otorgar ayudas económicas para la financiación global de la actividad que la persona beneficiaria desarrolla desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2025.Subvenciones puntuales, cuando tengan por finalidad otorgar ayudas económicas para la financiación de una actividad o de un proyecto concreto que se desarrolle durante el año 2025, excepto que en el acuerdo de concesión se fije un periodo de ejecución diferente, el cual nunca puede ser superior a 12 meses y siempre se tiene que iniciar dentro de este año.- Únicamente para el ámbito del Ocio:Modalidad A: cuando tengan como finalidad conceder ayudas económicas para la financiación de proyectos que se desarrollan en fin de semana y que tengan carácter lúdico. Modalidad B: cuando tengan como finalidad conceder ayudas económicas para la financiación de proyectos que desarrollan actividades de verano. Se entienden como actividades de verano aquellas desarrolladas desde el 24 de junio del 2025 hasta el 5 de septiembre del 2025 y dirigidas a la infancia y la juventud que tengan carácter lúdico.Las subvenciones concedidas al amparo de este ámbito se tendrán que destinar a actuaciones ejecutadas:Para actividades incluidas en la modalidad A, entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025.Para actividades incluidas en la modalidad B, entre el 1 de enero de 2025 y el 30 de septiembre de 2025, aunque las actividades con los niños y jóvenes se realicen en el periodo antes indicado.No se podrá solicitar una subvención puntual para una actividad que ya esté incluida en el proyecto para el cual se pide una subvención general, excepto en el ámbito del Ocio, donde un mismo solicitante podrá solicitar subvención para ambas modalidades a través de diferentes solicitudes, siempre que las actividades de una modalidad no estén incluidas en la otra.Modalidades de justificación De acuerdo con los artículos 72 y 74 RGS, la justificación del cumplimiento de las condicionas y de los objetivos que se determinan en el acto de concesión de la subvención se acreditará de la siguiente forma: Mediante cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto: las subvenciones de importe inferior a 60.000 €.Mediante cuenta justificativa con aportación de informe auditor: las subvenciones de importe igual o superior a 60.000 €.Plazo de presentación de la justificaciónCuando se trate de la modalidad de justificación con cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto: Plazo de presentación: Excepto que en el acuerdo de concesión de la subvención se fije un plazo diferente atendido el periodo de ejecución del proyecto subvencionado o atendida la fecha de la propuesta de resolución, la justificación se tiene que presentar dentro del plazo que va desde la fecha de finalización de la actividad hasta el 13 de marzo del 2026. Cuando se trate de la modalidad de cuenta justificativa con aportación de informe auditor:Plazo de presentación: Excepto que en el acuerdo de concesión de la subvención se fije un plazo diferente atendido el periodo de ejecución del proyecto subvencionado o atendida la fecha de la propuesta de resolución, la justificación se tiene que presentar dentro del plazo que va desde la fecha de finalización de la actividad hasta el 13 de marzo del 2026.