CONVOCATORIA Y BASES PARTICULARES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, EN EL ÁMBITO DE COMERCIO URBANO PARA EL EJERCICIO 2025.
LOCAL · HOSPITALET DE LLOBREGAT, L' · AYUNTAMIENTO DE HOSPITALET DE LLOBREGAT, L'
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES511 - Barcelona
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Comercio, Turismo y Pymes
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
23/04/2025
Publicación en diario oficial
25/04/2025
Texto oficial de apertura: Al dia siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP Barcelona
Texto oficial de cierre: Veinte días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. BeneficiariosPodrán ser personas beneficiarias de estas subvenciones: Las Asociaciones de Comerciantes, Grupo de Tiendas y Unión de Comerciantes, sin ánimo de lucro, con comercios asociados en la ciudad de L’Hospitalet, que desarrollen programas, proyectos o actividades que se correspondan con la línea de subvención y el objetivo estratégico establecidos en el Plan Estratégico de Subvenciones 2023-2025 indicados en el apartado 1 de esta convocatoria. Los requisitos para la solicitud y la forma de acreditarlos están recogidos en las bases particulares de la convocatoria. Segundo. Objeto.El objeto de esta convocatoria es coadyuvar al desarrollo de programas, proyectos y actividades de las entidades ciudadanas que fomenten una actividad de utilidad pública, de interés social o de promoción de la consecución de una finalidad pública, el objetivo de la cual se corresponda con el siguiente objetivo estratégico establecido en el Plan Estratégico de Subvenciones 2023-2025, la línea de subvención, el Área gestora y, dentro de ésta, el servicio gestor que se indica a continuación: Objetivo estratégico: “Potenciar la marca “L’Hospitalet” en el marco del Área Metropolitana y el Desarrollo Económico mediante la promoción comercial, empresarial, turística y de la economía social en un marco de gobernanza entre el sector público y el sector privado en actividades de interés general”Línea de subvención: “Promoción del comercio urbano”Área de gestión: Área de Ciudad TransformadoraServicio gestor: Comercio Tercero. Bases reguladorasBases particulares aprobadas por la Junta de Gobierno Local en fecha 5 de marzo de 2025 y publicadas en el BOPB número CVE 202510048789 de fecha 7 de marzo de 2025Cuarto. Cuantía: El importe de esta convocatoria se fija en la cantidad de 85.000,00 €, que se imputará en la aplicación presupuestaria siguiente del presupuesto municipal del ejercicio 2025:Aplicación presupuestaria: 05 4390 24890000Denominación de la aplicación: Transferencias de familias e instituciones sin ánimo de lucro.Crédito inicial: 85.000,00 €La concesión de les subvenciones incluidas en la presente convocatoria resta condicionada a la consecuente existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.Como regla general, las subvenciones de excederán del 50% del presupuesto total del proyecto, programa o actividad. No obstante, la comisión calificadora podrá proponer que se supere este porcentaje o se subvencione hasta el 100% de dicho presupuesto, con previa justificación de las circunstancias de interés público local por parte del órgano instructor que lo avale. En ningún caso, la cantidad propuesta podrá superar la cantidad solicitada por la entidad.Quinto. Plazo para la presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes para la modalidad de subvenciones generales y puntuales será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de un extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona.Cualquier documentación relacionada con estas Bases (solicitudes, formularios, alegaciones, etc.), que se tenga que presentar, se hará en formato electrónico en la Sede electrónica del Ayuntamiento.Sexto. Otros datosLa presente convocatoria prevé las modalidades de subvención siguientes:a) Subvenciones generales, cuando tengan por finalidad otorgar ayudas económicas para la financiación global de la actividad que la persona beneficiaria desarrolla desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2025.b) Subvenciones puntuales, cuando tengan por finalidad otorgar ayudas económicas para la financiación de una actividad o de un proyecto concreto que se desarrolle durante el año 2025, excepto que al acuerdo de concesión se fije un periodo de ejecución diferente, el cual nunca puede ser superior a 12 meses y siempre se tiene que iniciar dentro de este año.No se podrá solicitar una subvención puntual por una actividad que ya esté incluida en el proyecto por el cual se solicita una subvención general. De acuerdo con los artículos 72 y 74 RGS, la justificación del cumplimiento de las condiciones y de los objetivos que se determinen en el acto de concesión de la subvención se acreditará de la forma siguiente: a) Mediante cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto: las subvenciones de importe inferior a 60.000 €.b) Mediante cuenta justificativa con aportación de informe auditor: las subvenciones de importe igual o superior a 60.000 €.Cuando se trate de la modalidad de justificación con cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto:Plazo de presentación: Excepto que en el acuerdo de concesión de la subvención se fije un plazo diferente atendido el periodo de ejecución del proyecto subvencionado o atendida la fecha de la propuesta de resolución, la justificación se tiene que presentar dentro del plazo que va desde la fecha de finalización de la actividad hasta el 13 de marzo del 2026.Cuando se trate de la modalidad de cuenta justificativa con aportación de informe auditor:Plazo de presentación: Excepto que en el acuerdo de concesión de la subvención se fije un plazo diferente atendido el periodo de ejecución del proyecto subvencionado o atendida la fecha de la propuesta de resolución, la justificación se tiene que presentar dentro del plazo que va desde la fecha de finalización de la actividad hasta el 13 de marzo del 2026”.