Ayudas curso 2025-2026 para la realización de proyectos a desarrollar por las asociaciones de padres y madres de alumnado de centros educativos, según Resolución de 3 de abril de 2025 que las convoca.
AUTONOMICA · EXTREMADURA · DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN E INCLUSIÓN EDUCATIVA
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES43 - EXTREMADURA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Educación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
23/04/2025
Publicación en diario oficial
29/04/2025
Texto oficial de apertura: Al día siguiente de la publicación DOE
Texto oficial de cierre: A los 20 días hábiles de su publicación en DOE
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica elextracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en laBase de Datos Nacional de Subvenciones(https://www.infosubvenciones.gob.es/): Primero. Objeto.Ayudas destinadas a la realización de proyectos a desarrollar por lasasociaciones de madres y padres del alumnado de centros educativos de laComunidad Autónoma de Extremadura, sostenidos con fondos públicos,durante el curso escolar 2025/2026.Las ayudas, que se convocan con carácter periódico en régimen deconcurrencia competitiva, tienen por objeto apoyar el desarrollo deproyectos a realizar por las asociaciones de madres y padres con lafinalidad de potenciar la presencia activa de las familias en la vida delos centros, y de propiciar coherencia y continuidad entre lasexperiencias educativas que se desarrollan en los distintos contextos.Segundo. Beneficiarios.Podrán solicitar estas ayudas, y, por tanto, ser beneficiarios de lasmismas, las asociaciones de madres y padres del alumnado de centroseducativos de ense-ñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma deExtremadura, sosteni-dos con fondos públicos, siempre que esténlegalmente constituidas e inscritas en el Registro General deAsociaciones de la Comunidad Autónoma de Extre-madura y en el Registrode Asociaciones de Madres y Padres del Alumnado de la Comunidad Autónomade Extremadura, de conformidad con lo previsto en el artículo 11.2 delDecreto 111/2010, de 7 de mayo, por el que se regulan las asociacionesde madres y padres del alumnado y se crea el registro de estas entidadesen la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 90, de 13 de mayo de2010) y en el artículo 2.3 de la Orden de 7 de octubre de 2010 (DOE núm.205, de 25 de octubre de 2010).Tercero. Bases reguladoras.Decreto 187/2012, de 14 de septiembre, por el que se aprueban las basesregu-ladoras de las subvenciones destinadas a ayudas para la realizaciónde proyec-tos a desarrollar por las asociaciones de madres y padres delalumnado de cen-tros educativos sostenidos con fondos públicos de laComunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 183, de 20 de septiembre de2012).Cuarto. Cuantía.Las ayudas a que se refiere la presente convocatoria serán financiadascon cargo al centro gestor 130030000, aplicación presupuestaria:G/222G/48000, fondo: CAG0000001 y proyecto: 20060123, con una dotaciónmáxima de cien mil euros (100000 euros). Las cuantías máximas que se concederán para el desarrollo de unproyecto serán:1. Proyectos individuales: hasta un máximo de 700.-€ (setecientoseuros).2. Proyectos conjuntos: La cuantía se calculará multiplicando el númerode asociaciones implicadas por un máximo de 500.-€ (quinientos euros).La cuantía final concedida nunca podrá ser igual o superior a 3.000.-€(tres mil euros).Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días hábilescontados desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria enel Diario Oficial de Extremadura.