PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES523 - Valencia / València
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Infraestructuras
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
23/04/2025
Publicación en diario oficial
07/05/2025
Texto oficial de apertura: Día siguiente a la publicación de la convocatoria en el tablón de edictos electrónico.
Texto oficial de cierre: Un mes desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el tablón de edictos electrónic
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primera. Objeto.Las presentes bases tienen como objeto regular el procedimiento y requisitos para la concesión directa de ayudas urgentes a las personas físicas residentes en el municipio de Alfarb que hayan sufrido daños en su vivienda habitual, mobiliario, enseres, electrodomésticos, vehículos necesarios para el trabajo o la pérdida de la fuente de ingresos ocasionados por las inundaciones acaecidas el día 29 de octubre como consecuencia del temporal de lluvia y viento producido por la DANA iniciada en la Comunitat Valenciana el día 28 de octubre de 2024, en cumplimiento de la obligación adquirida por el Ayuntamiento al aceptar la donación condicionada por importe de Alfarb, efectuada por la Fundación Amancio Ortega para este preciso menester.El importe de las ayudas irá destinado a paliar los daños, pérdidas o menguas de carácter material sufridos como consecuencia de la DANA.Segunda. Personas beneficiarias.Podrán serlo las personas físicas vecinas de Alfarb que cumplan las condiciones establecidas en la convocatoria y en la Ley 28/2003, General de Subvenciones.Tercera. Objetos subvencionables.Se establecen las siguientes líneas de ayudas:LÍNEA 1.-Ayudas para daños en vivienda habitual, mobiliario, enseres y/o electrodomésticos. LÍNEA 2.- Ayudas para pérdida total de vehículos necesarios para el trabajo. LÍNEA 3.- Ayudas para la pérdida de la fuente de ingresos. LÍNEA 4: Ayudas para la actividad agraria complementaria. LÍNEA 5: Ayudas para daños parciales en vehículos necesarios para el trabajo.Cuarto. Bases reguladoras.Resolución de Alcaldía núm. 197 de 23 de abril de 2025:https://alfarb.es/convocatoria-de-bases-de-ayudas-de-la-fundacion-amancioortega/Quinto. Dotación presupuestaria.650.000 euros con cargo a la partida 2025-929-48000, cuyo crédito ha sido habilitado como consecuencia de los mayores ingresos generados por la donación, a cargo de la Fundación Amancio Ortega.Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.Un mes desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio.