Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- 30/04/2025
- Fin de solicitudes
- 30/06/2025
- Registro en BDNS
- 24/04/2025
- Publicación en diario oficial
- 29/04/2025
Texto oficial de apertura: Desde su publicación en el BOPVA
Texto oficial de cierre: 30/06/2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios. Podrán obtener las ayudas que se gestionan a través de la presente convocatoria las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos, a fecha de presentación de la solicitud:LÍNEA A): ATRACCIÓN DEL TALENTO1) Deberán pertenecer a uno de los siguientes colectivos:a. Investigadores procedentes de proyectos de investigación universitarios.b. Personas autónomas que retornan o nuevas personas emprendedoras retornadas a alguno de los municipios de la provincia de Valladolid de menos de 20.000 habitantes que se dan de alta como autónomas.c. Trabajadores por cuenta ajena que retornan a alguno de los municipios de la provincia de Valladolid de menos de 20.000 habitantes al obtener un contrato de trabajo en empresas de la provincia.2) Haber nacido entre los años 1989 y 2007, ambos inclusive.3) Haber nacido en algún municipio de la provincia de Valladolid que actualmente tenga menos de 20.000 habitantes, o haber estado empadronado, de forma continua o no, durante al menos un año en algún municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes con carácter previo al 1 de enero de 2025. 4) Haber retornado a la provincia de Valladolid después del día 1 de enero de 2024 desde el extranjero o desde una provincia española no perteneciente a la provincia de Valladolid o pretender retornar, como máximo hasta la fecha de concesión de la ayuda.5) Haber residido en el extranjero o fuera de la provincia de Valladolid durante, al menos, los seis meses anteriores al retorno.6) Estar o haber estado en el extranjero o fuera de la provincia de Valladolid ejerciendo una actividad profesional, laboral o investigadora.En el caso de personas autónomas, se entenderá que se ha desarrollado una actividad profesional cuando durante los seis meses anteriores al retorno se haya estado trabajando durante, al menos, un mes como persona autónoma.En el caso de trabajadores por cuenta ajena, se entenderá que se ha desarrollado una actividad laboral cuando durante los seis meses anteriores al retorno se haya estado trabajando por cuenta ajena durante, al menos, un mes y, como mínimo, a media jornada.No se incluyen en esta línea de subvenciones las personas que se han trasladado al extranjero temporalmente para completar sus estudios o aprender idiomas.7) Estar empadronadas en algún municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes a fecha de presentación de la solicitud o, en su caso, asumir el compromiso de empadronarse si resulta beneficiario de la subvención.Para la determinación de la población de los municipios se tendrán en cuenta los últimos datos publicados por el INE.8) A fecha de presentación de la solicitud, encontrarse en una de estas situaciones:? Estar dada de alta como persona autónoma y tener el domicilio social o centro productivo en algún municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes, o pretender darse de alta como persona autónoma si resulta beneficiaria de la subvención, siempre que el domicilio social o centro productivo previsto se ubique en algún municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes, como máximo el 30 de junio de 2025.Sólo se admitirá la solicitud, en este caso, si no se ha retornado de forma efectiva a fecha de presentación de solicitud.? Trabajadores por cuenta ajena, cuyo contrato de trabajo, concertado o que se pretenda concertar, sea al menos de media jornada y de una duración no inferior a seis meses, siempre y cuando establezca su residencia en un municipio de la provincia de Valladolid de menos de 20.000 habitantes, a fecha 30 de junio de 2025 como máximo.? Haber iniciado o iniciar un proyecto de investigación antes del 30 de junio de 2025.LÍNEA B): RETENCIÓN DEL TALENTO1) Haber nacido entre los años 1989 y 2007, ambos inclusive.2) Estar empadronado y residir en un municipio de la provincia de Valladolid menor de 20.000 habitantes con anterioridad al 1 de enero de 2025. Para la determinación de la población de los municipios se tendrán en cuenta los últimos datos publicados por el INE.3) Desempeñar un puesto de trabajo por cuenta propia o ajena, fuera de la provincia de Valladolid, al que tenga que desplazarse en días laborables, en trayectos de ida y vuelta en el mismo día, fuera de la provincia de Valladolid, en transporte público.Sólo se admitirá una solicitud por persona y/o unidad familiar, y por línea.Segundo. Objeto.Se convocan para el ejercicio 2025, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones dirigidas a jóvenes nacidos en la provincia de Valladolid para la promoción de medidas que incentiven su retorno, y su posterior permanencia, así como para aquellos empadronados en municipios menores de 20.000 habitantes que por motivos laborales tengan que desplazarse reiteradamente en transporte público en días laborables, en trayectos de ida y vuelta en el mismo día, fuera de la provincia de Valladolid.Esta línea de subvenciones se enmarca dentro del VI Plan Provincial de Juventud 2024-2027 (medida 68), en concreto en el programa ?Atracción y retención del talento juvenil? con medidas para favorecer el arraigo, por un lado, y el regreso, por otro, de los que desarrollan o han desarrollado su actividad profesional o laboral fuera de nuestra provincia.Tercero. Bases reguladoras.Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valladolid (B.O.P. de la Provincia de Valladolid de 6 de marzo de 2006).Cuarto. Cuantía. La cuantía global destinada a esta línea de subvención asciende a 15.000 euros, consignados en la partida 507.92406.48001 del Presupuesto de la Diputación para el año 2025, distribuidos en 10.000 euros para la Línea A (?Atracción?) y 5.000 euros para la Línea B (?Retención?).Las subvenciones que se concedan no podrán superar, por cada solicitante, la cantidad de dos mil quinientos euros (2.500 €) para la Línea A, y mil euros (1.000 €) para la Línea B, salvo que el importe solicitado sea menor a esta cantidad. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de junio de 2025, inclusive.Sexto. Otros datos de interés.- Gastos subvencionables: Lo establecido en la Base 5ª.- Compatibilidad: Lo establecido en la Base 6ª.- Solicitudes: Las solicitudes se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Valladolid, conforme al modelo que se incluye como Anexo I, y se presentarán preferentemente a través del Registro Electrónico de la Diputación Provincial o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC). - Documentación: La prevista en la Base 9ª.- Forma de pago: Anticipadamente, con el carácter de ?a justificar?. - Forma de justificación: Lo previsto en la Base 17ª.- Plazo máximo de justificación: Finalizará el 27 de febrero de 2026.