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Plazo no verificadoBDNS 828568

Resolución 25 abril de 2025, modalidad B, digitalización pymes comerciales y artesanas.

AUTONOMICA · ANDALUCÍA · CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 09:18 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES61 - ANDALUCIA

Tipo de convocatoria

Concesión directa - canónica

La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.

Finalidad

Comercio, Turismo y Pymes

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
06/05/2025
Fin de solicitudes
05/06/2025
Registro en BDNS
24/04/2025
Publicación en diario oficial
05/05/2025

Texto oficial de apertura: A partir día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en BOJA

Texto oficial de cierre: Un mes natural

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

BDNS:828568 De conformidad con lo previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA). Primero. Convocatoria. Se convoca, para el ejercicio 2025, la concesión de subvenciones de la modalidad B regulada en la Orden de 3 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a mejorar la competitividad y la digitalización del sector comercial y artesano en Andalucía.La modalidad de subvenciones reguladas en la presente orden será objeto de cofinanciación por el FEDER con cargo al Programa de Andalucía FEDER 2021-2027, con un porcentaje del 85%, quedando financiado con aportación de fondos propios el 15% restante, con las dotaciones que el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía destine, para 2025, a las actuaciones en materia de comercio y artesanía en el ámbito de la Consejería competente en la materia.La concesión de las subvenciones estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 119.2 j) del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.La cuantía total máxima destinada a la presente convocatoria de la modalidad B es de SIETE MILLONES DE EUROS (7.000.000,00 euros), con cargo al programa presupuestario 76A, según el siguiente desglose: DIGITALIZACIÓN PYMES COMERCIALES Y ARTESANASPARTIDA PRESUPUESTARIA/ANUALIDAD 20252026 ALMERÍA1400170000 G/76A/77404/04 A411BC13E4567.662,00 283.831,00283.831,00 CÁDIZ1400170000 G/76A/77404/11 A411BC13E4956.870,00 478.435,00478.435,00 CÓRDOBA1400170000 G/76A/77404/14 A411BC13E4780.830,00 390.415,00390.415,00 GRANADA1400170000 G/76A/77404/18 A411BC13E4825.740,00 412.870,00412.870,00 HUELVA1400170000 G/76A/77404/21 A411BC13E4414.980,00 207.490,00207.490,00 JAÉN1400170000 G/76A/77404/23 A411BC13E4542.214,00 271.107,00271.107,00 MÁLAGA1400170000 G/76A/77404/29 A411BC13E41.372.886,00 686.443,00686.443,00 SEVILLA1400170000 G/76A/77404/41 A411BC13E41.538.818,00 769.409,00769.409,00 TOTAL3.500.000,003.500.000,007.000.000,00 Segundo. Bases reguladoras. La presente convocatoria se regirá por la Orden de 3 de octubre de 2024, de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a mejorar la competitividad y la digitalización del sector comercial y artesano en Andalucía. Tercero. Objeto.La modalidad B de las subvenciones reguladas mediante Orden de 3 de octubre de 2024 que ahora se convocan tienen por objeto el apoyo a las personas trabajadoras autónomas y pymes del sector comercial y artesano para mejorar su grado de digitalización y la implantación de soluciones para su transformación digital, la mejora de la seguridad y fiabilidad de los procesos, así como el impulso de tecnologías disruptivas de apoyo al negocio y a los procesos que los sustentan. Cuarto. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones, siempre y cuando cumplan los requisitos indicados en la Orden de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a mejorar la competitividad y la digitalización del sector comercial y artesano en Andalucía, las personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas (en adelante PYMES) del sector comercial y artesano. Quinto. Cuantía.La subvención ascenderá a una cuantía que alcanzará el 100% del importe solicitado, de acuerdo con el límite máximo subvencionable establecido para cada solicitante en el artículo 6 de las Bases Reguladoras. Sexto. Lugar y plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes de las subvenciones, será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Las solicitudes se presentarán, de conformidad con el modelo de formulario de solicitud que se aprueba en la convocatoria, de forma exclusivamente electrónica. Habrán de ser presentadas a través de la oficina virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo disponible en la siguiente dirección: https://ovorion.ceec.junta-andalucia.es/empleoformacionytrabajoautonomo/ovorion/auth/autcertjs Séptimo. Otros datos. Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria, e igualmente se puede acceder a ellos a través del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.  En Sevilla, a la fecha de la firma electrónica.La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.(PD Orden de 3 de octubre de 2024, BOJA n.º 197 de 9/10/2024)La Directora General de Comercio,Cecilia Ortiz Carrasco.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 05/05/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución de 25 de abril de 2025 de la Dirección General de Comercio, de convocatoria de subvenciones de modalidad B previstas en la Orden de 3 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvencPublicado 05/05/2025Orden de 3 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a mejorar la competitividad y la digitalización del sector comercial y artesano en Andaluc