encuentraayudas
Plazo no verificadoBDNS 828660

Resolución de 23-04-2025 de subvenciones con cargo a la asignación tributaria del IRPF e IS para 2025.

AUTONOMICA · CASTILLA-LA MANCHA · VICECONSEJERÍA DE SERVICIOS Y PRESTACIONES SOCIALES

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 09:18 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES42 - CASTILLA LA MANCHA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
06/05/2025
Fin de solicitudes
26/05/2025
Registro en BDNS
24/04/2025
Publicación en diario oficial
05/05/2025

Texto oficial de apertura: El día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOCM

Texto oficial de cierre: 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación en el DOCM

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Único. Ampliación y redistribución de crédito. Publicar la ampliación de crédito de la convocatoria, por importe de 3.500.989,71 euros y redistribuir el crédito consignado en la Resolución de 23/04/2025, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se convocan para el año 2025 las subvenciones destinadas a la realización de proyectos de interés general, para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, en el ámbito de Castilla-La Mancha (DOCM núm.84, de 5 de mayo de 2025/ Extracto BDNS (Identif.): 828660); de conformidad con lo establecido en el apartado tercero.2 y 3 de la citada Resolución, y en el artículo 23.1.b), 2.º y 3.º y 23.4, del Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, aprobado por el Decreto 21/2008, de 5 de febrero.

Primero. Entidades beneficiarias. Podrán concurrir a la presente convocatoria de subvenciones las entidades previstas en el artículo 4 de la Orden 137/2023, de 23 de junio, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la realización de proyectos de interés general, para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades en el ámbito de Castilla-La Mancha, que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 5 de la misma. Segundo. Objeto. Esta resolución tiene por objeto convocar para el año 2025, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro para la realización de proyectos de interés general, para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, en el ámbito de Castilla-La Mancha. Tercero. Bases reguladoras. Orden 137/2023, de 23 de junio, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la realización de proyectos de interés general, para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades en el ámbito de Castilla-La Mancha (D.O.C.M. núm. 124, de 30 de junio de 2023). Cuarto. Financiación. 1. Las subvenciones objeto de esta convocatoria se financiarán con cargo a los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, teniendo la consideración de créditos finalistas destinados exclusivamente para la realización de proyectos de interés general con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades. 2. La cuantía total máxima destinada a esta convocatoria es de 17.048.116,42 euros. 3. El importe máximo individualizado por cada proyecto subvencionado no excederá del establecido para cada línea en la Orden 137/2023, de 23 de junio y se concreta en: Línea 1.- Inclusión social, voluntariado y participación: El máximo a financiar por proyecto será de 500.000,00 euros. Línea 2.- Infancia y familia: El máximo a financiar por proyecto será de 400.000,00 euros. Línea 3.- Promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia: El máximo a financiar por proyecto será de 100.000,00 euro s. Línea 4.- Apoyo a la inclusión social de las personas con discapacidad y fomento de la accesibilidad a los entornos: El máximo a financiar por proyecto será de 350.000,00 euros. Línea 5.- Mejora de la calidad de vida de las personas mayores: El máximo a financiar por proyecto será de 250.000,00 euros. Línea 6.- Juventud: El máximo a financiar por proyecto será de 50.000,00 euros. Línea 7.- Igualdad de género y prevención de la LGTBI-fobia: El máximo a financiar por proyecto será de 15.000,00 euros. Línea 8.- Atención social a personas en situación de especial vulnerabilidad debido a factores de salud: El máximo a financiar por p royecto será de 100.000,00 euros. Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes. 1. El plazo para la presentación de las solicitudes será de quince días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. 2. Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Viceconsejería de Servicios y Prestaciones Sociales, y se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través de modelo habilitado al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (http://www.jccm.es). Junto a la solicitud se presentará la memoria explicativa de las características sustanciales de la entidad solicitante y del proyecto para el que se solicita la subvención, cuyo modelo estará disponible en la sede electrónica y que se anexará a través de la misma. 3. Podrán presentarse únicamente tres solicitudes por cada línea de subvención, excepto para la Línea 1. Inclusión social, Voluntariado y Participación, a la que podrán presentarse cuatro solicitudes, siempre que se presenten tres con propuestas de inclusión social, a las sublíneas del anexo I comprendidas entre la a) y la i), y una con propuesta de voluntariado y participación, a una sublínea comprendida entre la j) y la n). Se presentará una única solicitud por cada proyecto a financiar, identificando la línea y sublínea a la que concurre. En el caso que una entidad presente proyectos idénticos o coincidentes a varias líneas y/o sublíneas, quedarán excluidas de la convocatoria todas las solicitudes en las que se dé esta condición. 4. Los documentos originales que puedan resultar necesarios para la concesión de la subvención se digitalizarán y se presentarán como anexos a través de la citada sede electrónica. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, únicamente serán tenidos en cuenta los documentos presentados a través de la siguiente dirección: https://www.jccm.es//sede/ventanilla/consultar-expediente, correspondiente al trámite: "Cómo van mis trámites" de la sede electrónica. La remisión de toda la documentación que genere el pro cedimiento de concesión de las subvenciones reguladas en esta convocatoria se realizará de forma telemática.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 04/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSResolución ampliación crédito - convocatoria IRPF 2025Publicado 04/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto convocatoria IRPF 2025Publicado 04/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución de 30/10/2025, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se amplía y se redistribuye el crédito consignado en la Resolución de 23/04/2025, por la que se convocan para el año 2025 las subvenciones destinadas a la realización de proyectos de interés general, para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, en el ámbito de Castilla-La Mancha. Extracto BDNSPublicado 06/11/2025Extracto de la Resolución de 23 de abril de 2025, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se convocan para el año 2025 las subvenciones destinadas a la realización de proyectos de interés general, para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, en el ámbito de Castilla-La Mancha.Publicado 05/05/2025Orden 137/2023, de 23 de junio, de bases reguladoras de subvenciones con cargo a la asignación tributaria del IRPF e IS