PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES612 - Cádiz
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
24/04/2025
Publicación en diario oficial
12/05/2025
Texto oficial de apertura: Durante los 30 dias naturales siguientes al de la publicacion de la convocatoria en el BOP
Texto oficial de cierre: El día 31 natural después de la publicación de la convocatoria en el BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index): Primero. Entidades beneficiarias. Serán beneficiarias las entidades sin fin de lucro que trabajen en el campo de la acción social en Chiclana de la Frontera, que sean y estén legalmente constituidas como tales e inscritas en el Registro Municipal de asociaciones del Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera antes del 31 de diciembre de 2022 y desarrollar sus proyectos dentro de este término municipal. Segundo. Objeto. El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de subvenciones para el año 2025 a los programas de gasto de las subvenciones 61.2311, acción social a entidades sin fin de lucro que trabajen en el campo de la acción social en Chiclana de la Frontera, dentro de los límites en el presupuesto municipal, estableciéndose dos líneas de subvenciones: -Funcionamiento, mantenimiento de locales sociales de asociaciones de nuestra localidad y programas y proyectos de actividades cuyo objeto sea el mencionado anteriormente. -Adquisición de material inventariable cuyo objeto sea la realización de programa o proyecto de actividades que se solicita. Tercero. Convocatoria. La Convocatoria tiene por finalidad regular la concesión de subvenciones que el Ayuntamiento de Chiclana otorga a través de la Delegación de Servicios Sociales, en régimen de concurrencia competitiva, correspondiente al año 2025. Dicha convocatoria puede ser consultada en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, en la Delegación de Servicios Sociales a la dirección http://ventanillavirtual.chiclana.es/validacionDoc?csv=o00671a14721030d80c07e3369050d08I documento autentificado mediante el Código Seguro de Verificación y en la página web municipal (www.chiclana.es) junto con la Ordenanza de Subvenciones y los Anexos correspondientes. Cuarto. Cuantía. La Delegación de Servicios Sociales destinará a estos efectos una cuantía total de doscientos mil euros (200.000 € ). Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes podrán presentarse durante los 30 días naturales, siguientes al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Sexto. Otros datos. Las solicitudes deberán presentarse acompañadas de la documentación y anexos que se exigen en la presente convocatoria. El abono de la totalidad de la subvención se realizará en un solo pago previo a su justificación. No se realizará pago alguno al beneficiario de la subvención concedida en tanto existan subvenciones otorgadas a su favor cuya justificación no haya sido aprobada. Los pagos de las subvenciones se efectuarán conforme a las prioridades, órdenes y directrices emanadas de la Delegación de Hacienda del Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera y según las disponibilidades de caja existentes. En Chiclana de la Fra., al día de la fecha de la firma electrónica.