encuentraayudas
Plazo no verificadoBDNS 828882

Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de proyectos culturales, 2025

LOCAL · CABILDO INSULAR DE TENERIFE · CABILDO INSULAR DE TENERIFE

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 09:24 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES709 - Tenerife

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
25/04/2025
Publicación en diario oficial
30/04/2025

Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente a la publicación en el BOP del extracto de la convocatoria

Texto oficial de cierre: Veinte (20) días naturales

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las asociaciones, fundaciones y organizaciones no gubernamentales, sin fines de lucro, que tengan entre sus fines principales la realización, difusión o creación de actividades culturales, que tengan implantación y sede social en la isla de Tenerife y que hayan sido constituidas con anterioridad al 1 de enero de 2025.Segundo. Objeto. Estas subvenciones pretenden contribuir a la financiación parcial de los gastos ocasionados por las propuestas de actividad cultural establecidas alrededor de la protección de la creatividad y el creador, la defensa del acceso en igualdad de condiciones de la ciudadanía a los procesos culturales de nuestro tiempo, la consolidación de la iniciativa privada local dedicada a la actividad cultural y creativa, la pervivencia de la experimentación, y la continuidad de la tradición. Entre estas actividades se cuentan la creación, la producción, la difusión y la conservación de los bienes y servicios que encarnan expresiones culturales, artísticas o creativas, así como otras tareas afines; en particular, la literatura, el audiovisual, el diseño, la música y el arte sonoro, las artes escénicas y del movimiento y las artes visuales.Tercero. Bases reguladoras. Aprobadas por Acuerdo del Consejo de Gobierno Insular AC0000025785 de 16 de abril de 2025, y publicadas en el BOP de Santa Cruz de Tenerife nº 50 del 25 de abril de 2025 (https://www.bopsantacruzdetenerife.es/boletines/2025/25-4-25/25-4-25.pdf).Cuarto. Cuantía. Las subvenciones de esta convocatoria se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 25.0801.3343.48940 del Presupuesto del Cabildo Insular de Tenerife para 2025, por un importe de seiscientos setenta y cuatro mil (674.000,00€) euros para proyectos que se realicen entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Será de veinte (20) días naturales a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto. Las solicitudes se rellenan según el modelo normalizado habilitado en la sección de “Trámites” de la sede electrónica https://sede.tenerife.es. Cada solicitante podrá presentar hasta un máximo de dos (2) solicitudes dentro de los límites establecidos por modalidad de proyecto. Una vez cumplimentada la solicitud, se acompañarán los documentos requeridos, al menos, el proyecto de actividad cultural; un presupuesto de ingresos y de gastos; la memoria del solicitante y de las actividades culturales desarrolladas con anterioridad; o si fuera el caso, una declaración responsable con el número de ediciones anteriores del proyecto presentado, con el detalle de su fecha de celebración, coste total y procedencia de la financiación.Sexto. Otros datos. No subvencionable: quedan excluidos de estas ayudas los programas festivos y tradicionales de carácter anual que contraten con las entidades locales; cursos de formación; proyectos museísticos; prestación de servicios de biblioteca o archivo; concursos de talentos infantiles, juveniles o de adultos; proyectos que incluyan en su programación actividades para recaudar fondos para financiar otras actividades, incluidas las benéficas; proyectos sostenibles con la venta de entradas y el patrocinio comercial, o actividades comerciales asociadas a la celebración de los eventos; proyectos que tengan como principal destinatario a los centros de enseñanza; proyectos de publicaciones en cualquier soporte y formato, salvo que excepcionalmente formen parte esencial de la propuesta cultural; los que tengan por objeto la producción audiovisual; actividades destinadas preferentemente a socias y socios de las entidades organizadoras; o proyectos cuya principal finalidad sea la concesión de becas y subvenciones. Justificación: las actividades subvencionadas deberán justificarse con carácter inmediato una vez que finalice el proceso de ejecución y, en cualquier caso, antes de dos (2) meses contados a partir de la fecha de finalización de la actividad.

Bases y documentación

Resol. devolución subv. a la Asoc. La Gesta (La Otra Gira)Publicado 06/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSResol. devolución subv. a la Asoc. La Gesta (narrativas)Publicado 06/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSResolución de concesión 2025Publicado 12/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSResol. devolución subv. ASOCIDEPublicado 12/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 25/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la convocatoria de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de proyectos culturales, 2025Publicado 30/04/2025Bases reguladoras de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de proyectos culturales, 2025