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Plazo no verificadoBDNS 829302

SUBVENCION PARA ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO EN MATERIA DE CULTURA 2025

LOCAL · COMARCA DE CINCO VILLAS · COMARCA DE CINCO VILLAS

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 09:31 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES243 - Zaragoza

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
28/04/2025
Publicación en diario oficial
06/05/2025

Texto oficial de apertura: DESDE EL DIA SIGUIENTE A LA PUBLICACION DEL EXTRATO EN EL BOPZ

Texto oficial de cierre: 20 DIAS HABILES POSTERIORES A PARTIR DE LA PUBLICACION EN BOPZ

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. Beneficiarios.Entidades y Asociaciones privadas sin ánimo de lucro que se encuentren legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro correspondiente de asociaciones de la DGA y que tengan su sede social y desarrollen actividades culturales en los municipios de las Cinco Villas, y que se encuentren al corriente de pago con la Hacienda Pública (estatal y autonómica), la Seguridad Social y no tener ninguna deuda contraída con la Comarca de las Cinco Villas.Segundo. ObjetoLa subvención tiene por finalidad fomentar e incentivar la realización de proyectos, actividades y/o programas relativos a cultura, patrimonio cultural y tradiciones populares, que, como condición indispensable, se desarrollen en alguno o algunos de los municipios de la Comarca Cinco VillasTercero. Bases reguladorasLas bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la Ordenanza General de subvenciones de la Comarca de las Cinco Villas aprobada en fecha 29 de octubre de 2019, y publicada en el Boletín de la provincia de Zaragoza en fecha de 22 de febrero de 2020.Cuarto. Cuantía de la ayuda.El importe máximo que conceder a cada beneficiario de la subvención no podrá superar el 80 % del presupuesto, con un límite de 3.000 € (presupuestos protegidos).Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo será de 20 días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 30/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSACUERDO CONSEJOPublicado 30/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSSubvención en materia de cultura para entidades sin ánimo de lucro 2025Publicado 06/05/2025ORDENANZA GENERAL DE BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR LA COMARCA DE CINCO VILLAS