PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES30 - COMUNIDAD DE MADRID
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Comercio, Turismo y Pymes
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
29/04/2025
Publicación en diario oficial
09/05/2025
Texto oficial de apertura: A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN EL BOCM
Texto oficial de cierre: 15 DÍAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN
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Extracto publicado
BNDS (XXXXXX) De Conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003,de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la orden citada, cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans) y en la página web www.comunidad.madrid.RESUELVOPrimero: BeneficiariosPodrán tener la consideración de beneficiarios del régimen de ayudas contempladas en estaorden de convocatoria las pequeñas y medianas empresas, así como los empresariosindividuales, titulares de establecimientos comerciales y de servicios, que cumplan losrequisitos y las obligaciones recogidas en el artículo 3 de la orden de 17 de marzo de2025, por la que se aprueban las bases reguladoras de estas ayudas.Segundo: Objeto.El objeto de esta convocatoria es conceder ayudas a las pequeñas y medianas empresas yempresarios individuales del sector comercial y de servicios, ubicados en el área deafectación directa de obras públicas relativas a infraestructuras de titularidad de laAdministración de la Comunidad de Madrid, en relación con la ampliación de la línea 11 deMetro.Tercero: Bases Reguladoras.Orden de 17 de marzo de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la quese aprueban las bases reguladoras de las ayudas para el mantenimiento y reactivación delos establecimientos comerciales y de servicios ubicados en el área de afectación directade obras públicas de infraestructuras de titularidad de la Administración de la Comunidadde Madrid, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 31 de marzo de2025 (B.O.C.M. número 76).Cuarto: Gastos subvencionables y periodo subvencionable.Se considerarán subvencionables los gastos corrientes asociados al funcionamiento de laactividad, siendo subvencionables los siguientes: la cuota de hipoteca del establecimientoen el que se desarrolle la actividad, el gasto de alquiler del establecimiento en el quese desarrolle la actividad y los gastos en seguros asociados al establecimiento.Quinto: Dotación de la convocatoria.Para el año 2025 se ha previsto una dotación económica de 500.000 euros, de acuerdo conlos objetivos y disponibilidades presupuestarias asignadas a este fin en el Programa 431 A"Comercio", partida 49000, del Presupuesto de Gastos de la Consejería de Economía,Hacienda y Empleo.Sexto: Determinación de la cuantía de la subvención.Las ayudas consistirán en subvenciones directas del 100% del importe total presentado porlos gastos en los conceptos considerados como subvencionables, con el límite de 5.000 €por beneficiario.Séptimo: Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles contados a partirdel día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de laComunidad de Madrid.