PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES616 - Jaén
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
29/04/2025
Publicación en diario oficial
05/05/2025
Texto oficial de apertura: Día siguiente de la publicación del extracto en el BOP
Texto oficial de cierre: 15 días hábiles a partir publicación del extracto en el BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DEL ÁREA DE CULTURA Y DEPORTES DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN, PLAN DE COOPERACIÓN CON ENTIDADES DEPORTIVAS, A FAVOR DE PERSONAS FÍSICAS, ASOCIACIONES E INSTITUCIONES SIN ÁNIMO LUCRO. EJERCICIO 2025.ANUNCIOBDNS: De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):Primero: Beneficiarios. Personas físicas, asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro cuya actividad deportiva esté vinculada a la provincia de Jaén. Quedan excluidas de esta convocatoria las Asociaciones para el Desarrollo Rural (ADRs) y las Federaciones Deportivas.Segundo: Objeto. Regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para financiar la realización de actividades, programas y proyectos dirigidos al fomento y la promoción de la actividad física deportiva. Se consideran actividades subvencionables las que tengan como destino la realización de algunas de las actuaciones deportivas que a continuación se indican: organización de eventos deportivos de especial interés, organización de eventos deportivos y participación en actividades físico-deportivas.Tercero: Bases reguladoras. Bases de Ejecución del Presupuesto General de la Diputación Provincial para 2025 (B.O.P. número 250 de 30/12/2024).Cuarto: Cuantía. Cuantía Total: 61.200,00 euros. Cuantía máxima por proyecto:- Organización de eventos deportivos de especial interés. 3.000,00 euros- Organización de eventos deportivos. 2.500,00 euros- Participación en actividades físico-deportivas. 1.500,00 euros.Quinto: Plazo de presentación de solicitudes. 15 días hábiles a partir del día siguiente al de publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Provincia.Sexto: Otros datos de interés.* Plazo de ejecución de actividades:Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025.* Actividades Excluidas:- Las actuaciones consistentes en la adquisición, construcción, rehabilitación y mejora de bienes inventariables, así como equipamiento de cualquier tipo.- Las actuaciones que puedan ser objeto de otra convocatoria provincial.- Aquellas entidades que disfruten de patrocinios con Diputación Provincial de Jaén durante el año de la convocatoria. - Aquellas actuaciones que no se corresponda la viabilidad del proyecto con el plan financiero.- Las actuaciones de carácter lúdico y viajes de ocio.- Las actuaciones enmarcadas en la celebración de verbenas y fiestas populares.- La falta de presentación de algún anexo requerido en la solicitud supondrá la exclusión. Sólo se podrán subsanar defectos en anexos presentados con error o con algún dato omitido.- Los proyectos cuyo presupuesto sea solicitado en su totalidad (100%) a la Diputación de Jaén.* Gastos Subvencionables:Son los previstos en el artículo 19 de la convocatoria.* Compatibilidad: Sí* Documentación:La prevista en el artículo 9 de la convocatoria.* Criterios de valoración:Se contienen en el artículo 12 de la convocatoria.* Forma de pago: Conforme a lo prevenido en el artículo 34.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Previa justificación, por el beneficiario, de la realización de la actividad, proyecto, objetivo o adopción del comportamiento para el que se concede. * Forma de justificación:Será necesario presentar la documentación señalada en el artículo 20 de la convocatoria.