AYUDAS A LA PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LA MIEL AÑO 2025 FEAGA
AUTONOMICA · COMUNIDAD DE MADRID · CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES3 - COMUNIDAD DE MADRID
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Agricultura, Pesca y Alimentación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 29/04/2025
- Publicación en diario oficial
- 09/05/2025
Texto oficial de apertura: AL DÍA SIGUIENTE DE LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN EL BOCM
Texto oficial de cierre: QUINCE DÍAS HÁBILES DESDE EL INICIO DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
BDNS (código de identificación):De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de Convocatoria cuyo textocompleto puede consultarse en la BDNS(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias).Primero. Beneficiarios.Las personas físicas, jurídicas o entes sin personalidad jurídica, titulares deexplotaciones apícolas ubicadas en la Comunidad de Madrid, así como las agrupaciones deapicultores, incluyendo cooperativas apícolas y organizaciones representativas, conpersonalidad jurídica propia, integradas en su mayoría por apicultores ubicados en laComunidad de Madrid.Segundo. Objeto.Estas ayudas se destinan a la realización de las acciones e inversiones materiales einmateriales del sector apícola contempladas del Real Decreto 906/2022, de 25 de octubrepor el que se regula la Intervención Sectorial Apícola en el marco del Plan Estratégico dela Política Agrícola Común, en la Comunidad de Madrid.Las acciones e inversiones estarán incluidos en las siguientes líneas o tipos deintervención:- Servicios de asesoramiento, asistencia técnica, formación, información e intercambiode las mejores prácticas para apicultores y organizaciones de apicultores.- Inversiones en activos materiales e inmateriales (lucha contra los invasores,Prevención de daños fenómenos climáticos, repoblación, trashumancia, inversiones)- Actuaciones para prestar ayudas a los laboratorios.- Promoción, comunicación y comercialización destinadas a sensibilizar a losconsumidores sobre la calidad de los productos.- Actuaciones para aumentar la calidad de los productos apícolas.Tercero. Bases reguladoras.La presente convocatoria de ayudas se regula por la Orden 888/2023, de 9 de octubre, de laConsejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior por la que se establecen las basesreguladoras de las ayudas para la mejora de las condiciones generales de producción ycomercialización de los productos apícolas en la Comunidad de Madrid cofinanciadas por elFondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y por Administración General del Estado.Cuarto. Cuantía y financiación de las ayudas.La Comunidad de Madrid efectuará los pagos correspondientes con cargo al Programa 411A,Partida 77303, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2025, por unimporte de 85.000 euros, distribuyéndose por solicitudes y por las diferentes líneas deayuda hasta agotar el crédito disponible.Estas ayudas podrán ser cofinanciadas en un 50 % por FEAGA, y en un 25% por laAdministración General del Estado, Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA).Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.Quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de este extractoen el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.Sexto. Información Complementaria.En caso de presentación de solicitudes por un importe de ayuda superior al créditoinicialmente aprobado, se podrá disponer de una cuantía adicional de 35.000 euros sinnecesidad de nueva convocatoria, de conformidad con lo previsto en el artículo 58.2 delReal Decreto 887/2006, de 21 de julio y, en su caso, en la Ley de Presupuestos Generalesde la Comunidad de Madrid vigente para 2025, quedando condicionada la efectividad de lacuantía adicional a la declaración de disponibilidad del crédito. La publicidad de loscréditos adicionales disponibles no implicará la apertura de un nuevo plazo depresentación de solicitudes.
Bases y documentación
Anexos Relación de ofertas o sistema utilizado (art. 12.4 bases)Publicado 01/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos Orden ampliación crédito anonimizadaPublicado 01/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexos Solicitud de PagoPublicado 01/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexos Declaración de utilización de alimentación suplementariaPublicado 01/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexos Anexo 1: Relación de gastos realizadosPublicado 01/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexos Modelo de Representación de persona físicaPublicado 01/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSModelo de SolicitudPublicado 01/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 01/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexos Anexo para presentación solicitud (Instrucciones Generales)Publicado 01/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la Orden 3295/2025 de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se amplía en 42.500 euros el crédito presupuestario consignado en la Orden 1440/2025, de 9 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior por la que se convocan para 2025 las ayudas para la mejora de las condiciones generales de producción y comercialización de los productos apícolas, cofinanciadas por el FEAGA y por la Administración General del Estado.Publicado 05/09/2025EXTRACTO de la Orden 1440/2025 de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se convocan para 2025 las ayudas para la mejora de las condiciones generales de producción y comercialización de los productos apícolas en la Comunidad de Madrid cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y por Administración General del Estado.Publicado 09/05/2025ORDEN 888/2023, DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS PARA LA MEJORA DE LAS CONDICIONES GENERALES DE PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LOS PRODUCTOS APÍCOLAS EN LA COMUNIDADInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.