CerradaBDNS 829491
Orden de 22 de abril de 2025, de la Consejería de Educación, ayudas para planes estratégicos, programas estratégicos de investigación y programas de mejora, ejecutados por estructuras de investigación de excelencia en marco RIS3 cofinanciada por FEDER
AUTONOMICA · CASTILLA Y LEÓN · CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 09:36 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES41 - CASTILLA Y LEON
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Investigación, desarrollo e innovación
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 06/05/2025
- Fin de solicitudes
- 30/05/2025
- Registro en BDNS
- 30/04/2025
- Publicación en diario oficial
- 05/05/2025
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Extracto publicado
Asimismo, la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.También podrá consultarse en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es/universidad).Primero.- Beneficiarios.Las siguientes entidades a las que se encuentren adscritas los centros o unidades de investigación solicitantes:a) Las universidades públicas de Castilla y León.b) Los organismos públicos de investigación, cuando la solicitud de ayuda provenga de uno de sus centros o unidades ubicadas en la Comunidad de Castilla y León.c) Otros centros con personalidad jurídica propia y fundaciones sin ánimo de lucro con sede en Castilla y León que tengan dentro de los fines y actividades de sus estatutos, la ejecución de actividades de investigación, así como llevar a cabo su labor a través de personal que mantenga una vinculación laboral acreditable con la misma.d) En el caso de centros o unidades ubicados en Castilla y León y constituidos por varias entidades de los apartados a) y b), de acuerdo con lo establecido en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas jurídicas que han constituido dicho centro o unidad. Deberá hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios. En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación. No podrá disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Segundo.- Objeto.El objeto de esta orden es convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas destinadas a financiar planes estratégicos y programas estratégicos de investigación ejecutados por las estructuras de investigación de excelencia en el marco de la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León 2021-2027, y programas de mejora para las estructuras de investigación de excelencia que, habiéndose presentado en alguna de las dos ediciones anteriores al año en que se publique la convocatoria, no hayan obtenido financiación en el Programa Severo Ochoa o María de Maetzu. Estas ayudas, a iniciar en 2025, estarán cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).Tercero.- Bases reguladoras.Orden EDU/1331/2023, de 20 de noviembre, publicada en el “Boletín Oficial de Castilla y León” nº 229, de 29 de noviembre, y su posterior modificación por Orden EDU/98/2025, de 5 de febrero, publicada en el “Boletín Oficial de Castilla y León” nº 30, de 13 de febrero.Cuarto.- Cuantía.La cuantía global máxima del crédito destinado a estas ayudas será de cinco millones novecientos veinticinco mil euros (5.925.000,00 €). Dicho crédito podrá ser ampliado hasta una cuantía adicional máxima de un 100% si las circunstancias lo requieren, mediante la modificación de la presente orden y la realización de los oportunos trámites de fiscalizaciónQuinto.– Plazo de presentación de solicitudes.El plazo para la presentación de las solicitudes con sus documentos adjuntos será desde el día siguiente a la publicación del extracto de la presente orden en el Boletín Oficial de Castilla y León hasta el 30 de mayo de 2025, inclusive.
Bases y documentación
Orden 15 diciembre 2025 Consejería Educación modificación Orden 22 abril 2025, Consejería EducaciónPublicado 18/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 30/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la Orden de 22 de abril de 2025, de la Consejería de Educación, por la que se convocan, ayudas destinadas a financiar planes estratégicos, programas estratégicos de investigación, y programas de mejora, ejecutados por las estructuras de investigación de excelencia en el marco de la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León 2021-2027 cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, a iniciar en 2025Publicado 05/05/2025ORDEN EDU/1331/2023, de 20 de nov, bases reguladoras financiar planes estratégicos, program estratégicos de investi y programas de mejora, ejecutados por estruct invest excelencia marco RIS3 cofin FEDER, modificada por Orden EDU/98/2025, de 5 de febreroInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.