Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- 05/05/2025
- Fin de solicitudes
- 20/05/2025
- Registro en BDNS
- 30/04/2025
- Publicación en diario oficial
- 05/05/2025
Texto oficial de apertura: Fecha de la publicación en BOP del extracto de la convocatoria por la BDNS
Texto oficial de cierre: Diez días hábiles a partir de la publicación en el BOP del extracto de la convocatoria por la BDNS
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero: Bases Reguladoras.Las Bases reguladoras para la concesión de las presentes subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, se encuentran publicadas en el BOP nº 80 de 29 de abril de 2025, y en la Sede Electrónica de la Diputación de Sevilla.Segundo: Objeto y finalidad.Una problemática que se pone de manifiesto en las subvenciones dinerarias concedidas por esta Corporación para la realización de inversiones por parte de los beneficiarios son los posteriores sobrecostes producidos durante la ejecución de los contratos de obras, debidos a excesos de mediciones, expedientes de modificación del Proyecto de obras y/o revisiones excepcionales de precios previstas legalmente, y que suponen importes considerables que sobrepasan la capacidad económica de los municipios destinatarios de las ayudas.Para paliar dicha circunstancia se tramita la presente subvención con objeto de asumir por esta Corporación los referidos sobrecostes producidos en la Línea de Subvenciones mencionada en el encabezado de esta Resolución, respondiendo de esta manera a la finalidad última con la que se formuló la mencionada Convocatoria.Tercero: Beneficiarios.Tendrán la condición de entidad beneficiarios aquellos municipios que sean beneficiarios, a su vez, y no hayan renunciado a la Línea de subvenciones dentro del Programa de Acompañamiento a la Estrategia de Reactivación Económica y Social, para la ejecución de potabilizadoras de agua e infraestructuras anejas a las mismas, en régimen de concurrencia competitiva, habiendo sido ejecutadas las obras en su totalidad.Asimismo, deberán haber sufrido sobrecostes en la obra ejecutada como beneficiario de la Línea de Subvenciones mencionada en el apartado anterior, por algunas de las siguientes causas:Excesos de mediciones en los términos del Art. 242.4 de la Ley 9/2017.Aprobación de modificaciones del contrato cumpliendo los requisitos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público.Revisiones excepcionales de precios establecidas legalmente.Sexto: Gastos subvencionables.Serán subvencionables los sobrecostes generados en la ejecución de las obras subvencionadas por la Línea de subvenciones dentro del Programa de Acompañamiento a la Estrategia de Reactivación Económica y Social, para la ejecución de potabilizadoras de agua e infraestructuras anejas a las mismas, debidos a excesos de mediciones, expedientes de modificación del Proyecto de obras y/o revisiones excepcionales de precios previstas legalmente.Cuarto: Procedimiento de concesión.El procedimiento de concesión es el de concurrencia no competitiva contemplado en el art. 13.2 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Sevilla (BOP n.º 104 de 09/05/2023) que establece la posibilidad de que las subvenciones tramitadas por las distintas Áreas funcionales de la Diputación puedan convocarse y concederse motivadamente en régimen de concurrencia no competitiva, cuando la naturaleza de la subvención lo aconseje en atención a los criterios objetivos que se establezcan en las bases específicas, sin necesidad de que los criterios objetivos de valoración estén sujetos a puntuación.Sexto: Financiación:La convocatoria tendrá un coste total previsto de 599.315,42€, aportados íntegramente por la Diputación, y contemplados en la siguiente aplicación presupuestaria del año 2025, o la que se habilite, en su caso:3201.45200.76200 599.315,42 €Séptimo: Plazo de presentación.El Plazo de Presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del 1 de abril de 2025, inclusive. En el caso de que la publicación del extracto de la Convocatoria en el BOP, por conducto de la BDNS, sea posterior al 1 de abril, el plazo de diez días hábiles se contará a partir del día siguiente a la publicación del citado extracto de convocatoria.Quinto: Plazo de realización de la actividad.El plazo de realización de la actividad se extenderá desde la notificación de la resolución de concesión definitiva de la Línea de subvenciones dentro del Programa de Acompañamiento a la Estrategia de Reactivación Económica y Social, para la ejecución de potabilizadoras de agua e infraestructuras anejas a las mismas, hasta la fecha límite del 30 de junio de 2025, inclusive.Quinto: Cuantía de las subvenciones y pago.Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes todas las solicitudes que cumplan los requisitos establecidos serán admitidas abonándose, de ser posible, el 100% del presupuesto de la actividad subvencionada, con un importe máximo de subvención equivalente al 10% del importe de la subvención concedida definitivamente a cada peticionario, en relación con la Línea de Subvención para la ejecución de potabilizadoras de agua e infraestructuras anejas a las mismas, tramitada por esta Área en su momento, y cuyos sobrecostes se financian.A la vista de la Resolución n.º 4979/2022, de 14 de julio, por la que se concede definitivamente la Línea de subvenciones referida, se calculan los siguientes importes máximos de subvención a conceder mediante la presente Convocatoria destinada a financiar los mencionados sobrecostes: Municipio beneficiario Importe de subvención concedida para la ejecución de potabilizadoras10% importe subvención concedida (*)El Castillo de las Guardas 1.299.961,04 € 129.996,10 €La Puebla de los Infantes 1.299.949,28 € 129.994,93 €Castilblanco de los Arroyos 1.300.000,00 € 130.000,00 €Cazalla de la Sierra 1.293.243,87 € 129.324,39 €Guillena 800.000,00 € 80.000,00 €Total 599.315,42 €(*) Importe máximo a conceder mediante la presente Línea de Subvención.La Subvención, ex post, se abonará en un único pago por importe del 100% de la cantidad concedida, tras la correcta justificación de la aplicación de la misma a la actividad subvencionada.Duodécimo: Plazo de justificación.El Plazo de Presentación de la Justificación será de tres meses desde la notificación de la Resolución de concesión definitiva.