Bases y convocatoria para la concesión de subvenciones a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que desarrollen actividades culturales en el año 2025
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES11 - GALICIA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
30/04/2025
Publicación en diario oficial
06/05/2025
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente a la publicación del extracto en el boletín oficial
Texto oficial de cierre: 30 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del extracto en el boletín oficia
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Objecto Regular el procedimiento de la concesión de subvenciones en régimen de libre concurrencia para fomentar las actividades que, en el campo de la cultura y en sus diversas formas, promuevan asociaciones culturales sin ánimo de lucro, que puedan ser consideradas de interés cultural para el Ayuntamiento de O Grove y dirigidas a la población en general. Segundo. Beneficiarios Podrán solicitar las subvenciones reguladas en la presente convocatoria las personas físicas y jurídicas que reúnan los siguientes requisitos:Ser asociaciones culturales válidamente constituidas, debidamente inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y encontrarse cumpliendo sus fines, como mínimo, durante los dos años anteriores a la publicación de la convocatoria.Carecer de fines de lucro (acreditándose con una declaración responsable del representante).Tener su domicilio social y desarrollar sus actividades en el ámbito territorial del Ayuntamiento de O Grove.Realizar actividades de interés cultural en el ámbito del municipio.No estar incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad para percibir ayudas o subvenciones públicas.Estar al corriente con las obligaciones tributarias y con la seguridad social.Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, general de subvenciones y su Reglamento, aprobado por el RD 887/2006, de 21 de julio. Tercero. Bases reguladoras Aprobadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 14.04.2025 que se publicarán en el tablón de anuncios, en la sede electrónica del Ayuntamiento de O Grove y por los medios habituales.Cuarto. Crédito, cuantía y límites de las subvenciones.La concesión de las ayudas estará sujeta a la disponibilidad presupuestaria para el período comprendido entre el 1 de enero y el 1 de diciembre de 2025 con cargo al crédito de la aplicación 334.48000 del presupuesto municipal para 2025, y no podrá superar la cuantía global de 30.000 €. Este importe será repartido entre las asociaciones y entidades solicitantes según los criterios que se establecen en la base novena.La cuantía de la subvención estará en función de los programas y de los recursos con que cuente para cubrir parcialmente estos, será variable y se determinará, en cada caso, la cuantía solicitada por la entidad o asociación y la valoración y baremación que de las mismas haga la Comisión de Valoración.La subvención no podrá exceder el coste de la actividad o actividades a los que se aplique, incluyendo en el cálculo todas las subvenciones percibidas, directa o indirectamente, por el beneficiario para la misma finalidad, tanto de entes públicos como privados. En ningún caso el importe de la subvención podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas u otros entes públicos o privados, supere el coste total de la actividad a desarrollar por el beneficiario.En el caso de que la cuantía resultante de la aplicación de la puntuación supere el presupuesto propuesto para la misma, se disminuirá la aportación municipal hasta igualar la suma de los gastos totales. Quinto. Lugar y plazo de inscripción.En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de O Grove o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, do procedimiento administrativo común de las administraciones públicas,El plazo para la presentación de solicitudes será de 30 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra.