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Plazo no verificadoBDNS 829597

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA NATALIDAD EN EL AYUNTAMIENTO DE BOQUEIXÓN 2025.

LOCAL · BOQUEIXÓN · AYUNTAMIENTO DE BOQUEIXÓN

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 09:37 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES111 - A Coruña

Tipo de convocatoria

Concesión directa - canónica

La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.

Finalidad

Otras actuaciones de carácter económico

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
30/04/2025
Publicación en diario oficial
06/05/2025

Texto oficial de apertura: ver artículo 5 de bases reguladoras

Texto oficial de cierre: ver artículo 5 de bases reguladoras

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA NATALIDAD EN EL AYUNTAMIENTO DE BOQUEIXÓN 2025.Extracto de las bases de la convocatoria aprobada en Junta de Gobierno celebrada el día 4 de abril de 2025 por la que se convocan subvenciones destinadas al fomento de la natalidad en el Ayuntamiento de Boqueixón en el 2025.De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3. b y 20.8.la de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la página web municipal (https://www.boqueixon.gal) y en la Sede Electrónica de este ayuntamiento (https://sede. boqueixon.es). Objeto y finalidad de las ayudas.El objeto de estas bases es regular la convocatoria pública por parte del Ayuntamiento de Boqueixón para la tramitación y concesión de subvenciones destinadas al fomento de la natalidad en el ayuntamiento en el año 2025. Asimismo la finalidad es la concesión de ayudas a familias para sufragar parcialmente los costes derivados del nacimiento y/o acogimiento o adopción de niños/as empadronados en el Ayuntamiento de Boqueixon.Esta ayuda económica también tiene por objeto apoyar al comercio local, por lo que el gasto de las familias, lo tiene que efectuar en las empresas radicadas en el municipio de Boqueixón.2. Natureza jurídica.Esta ayuda tiene carácter de subvención y se regirá por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones y normativa que la desarrolla, y la Ley 9/2007, de Subvenciones de Galicia.3. Beneficiarios/as.Estas ayudas podrán ser solicitadas por los/as padres/madres o tutores/as de las/os niñas/os nacidos/as entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025 y empadronados en el ayuntamiento de Boqueixón.El artículo 5 de las bases reguladoras recogen los requisitos y obligaciones de las personas beneficiarias.4. Gastos subvencionables. Importe y financiamiento.Son gastos subvencionables los relacionados en el artículo 5, punto 1).Importe máximo de la convocatoria: 8.000 euros.Las subvenciones concedidas se financiarán con recursos propios municipales con cargo a la aplicación presupuestaria 231.480.00 del presupuesto municipal.Período subvencionable: del 1 de enero al 31 de diciembre del 2025.5. Plazo y forma de presentación de las solicitudes.El plazo y forma de presentación de solicitudes está recogido en el artículo 7 de las bases de la convocatoria. Las solicitudes podrán presentarse por vía electrónica en los modelos normalizados o presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento de Boqueixón, o calquiera de los otros medios a los que se refire el artículo 16 de la Ley 39/2015  del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administracións Públicas.6. Procedimiento de concesión.El procedimiento de concesión de la ayuda es el de concurrencia no competitiva, por no ser necesario realizar la comparación y prelación de las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 19.2 de la Ley 9/2007, del 13 de junio.7. Plazo de justificación.Los plazos de justificación aparecen recogidos en el artículo 5 de las bases reguladoras de estas ayudas.  

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 30/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 30/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSCONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA NATALIDAD EN EL AYUNTAMIENTO DE BOQUEIXÓN 2025.Publicado 06/05/2025CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA NATALIDAD EN EL AYUNTAMIENTO DE BOQUEIXÓN 2025