PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES300 - Madrid
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
30/04/2025
Publicación en diario oficial
09/05/2025
Texto oficial de apertura: DESDE EL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN EL BOCM
Texto oficial de cierre: 10 DÍAS HÁBILES DESDE EL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO BOCM
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios:Podrá participar en esta convocatoria del Premio Lope de Vega de Teatro, cualquier persona física, mayor de edad, siempre que sea autor/a de la/s obra/s presentada/s.No podrán participar las personas físicas que, cumpliendo los requisitos específicos de participación establecidos, estén incursas en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Segundo. Objeto:El objeto de la convocatoria del Premio Lope de Vega de Teatro es fomentar la creación literaria en la ciudad de Madrid impulsando la escritura dramática, mediante la selección de entre los textos presentados escritos en lengua castellana, de tema libre, original e inédito, aquél que el Jurado considere el mejor, tanto por su tratamiento dramático como por su visión escénica.Tercero. Bases Reguladoras:La presente convocatoria se regirá, con carácter general, por lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos (OBGS), por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su el Reglamento y la referida OBGS.Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado.Cuarto. Cuantía:El importe total de esta convocatoria asciende a 12.000.- euros, (doce mil euros) y estará sujeto a la retención del IRPF que corresponda.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:Las solicitudes se presentarán en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.Sexto. Publicación:Se publicará un extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), publicándose el texto íntegro de la misma en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid (BOAM) y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es).Asimismo, se podrá realizar una publicación adicional en la forma y por los medios que se establezcan por el órgano competente para realizar la convocatoria.La publicidad de la convocatoria en el BOCM se llevará a cabo a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones de conformidad con lo establecido en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.