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Plazo no verificadoBDNS 829698

CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A VECINOS PROGRAMA BARRIO NAVALMORAL DE LA MATA

LOCAL · NAVALMORAL DE LA MATA · AYUNTAMIENTO DE NAVALMORAL DE LA MATA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 09:39 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES432 - Cáceres

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Acceso a la vivienda y fomento de la edificación

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
30/04/2025
Publicación en diario oficial
09/05/2025

Texto oficial de apertura: DESDE EL DIA SIGUIENTE A LA PUBLICACION EN EL BOP

Texto oficial de cierre: 2 MESES DESDE EL INICIO DEL PLAZO

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

NORMAS REGULADORAS DEL PROGRAMA BARRIO NAVALMORAL DE LA MATA.1. OBJETO Y OBJETIVOS DEL PROGRAMAEl presente programa tiene como objeto regular el “Programa Barrio Navalmoral De La Mata” que regule la concesión de subvenciones a personas físicas y comunidades de propietarios para actuaciones dentro de los Programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a realizarse en el entorno de “LA MARCHA VERDE” del municipio, abordando la rehabilitación completa de los siete edificios, tanto desde el punto de vista energético, como de accesibilidad.2. REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS1. Podrán ser destinatarios de las ayudas:Las comunidades de propietarios constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio sobre propiedad horizontal.Los destinatarios de las ayudas podrán ceder el cobro de estas al agente o gestor de la rehabilitación. En este caso se acreditará dicha cesión, mediante acuerdo formalizado entre el agente o gestor de la rehabilitación y la comunidad de propietarios.3. PRESUPUESTO TOAL DEL PROGRAMA Y NATURALEZA DE LAS AYUDASEl importe total del Programa Barrio, dentro del presupuesto municipal en vigor, asciende a dos millones quinientos dieciocho mil ciento sesenta y un euros con veintinueve céntimos de euro (2.518.161,29 €), incluidos en la aplicación presupuestaria 25.1522A.480 y en la aplicación 2.1522A.780Las ayudas que se concedan en el marco del presente programa tendrán la consideración de subvenciones a fondo perdido no reintegrables.4. CUANTÍA DE LA AYUDALa cuantía de las ayudas se determinará en función del ahorro energético conseguido con las actuaciones llevadas a cabo, aplicando el porcentaje establecido en el cuadro siguiente y con los límites por vivienda igualmente establecidos en dicho cuadro Cuando los propietarios de las viviendas se encuentren en alguna situación de vulnerabilidad económica, en expediente aparte y de forma exclusiva para el propietario o usufructuario de la vivienda afectado, se podrá solicitar una ayuda adicional que podrá alcanzar hasta el 100 % del coste de la actuación imputable a dicho propietario o usufructuario, de acuerdo con los criterios establecidos en la comisión bilateral de seguimiento, reflejados en el siguiente cuadro, y condicionada, en todo caso, al cumplimiento de los requisitos en materia de eficiencia energética establecidos para las actuaciones subvencionables.Número de veces el IPREM14Cuantía máxima de subvención  Ahorro energético conseguido con la actuación  30% &#8804; &#916;cep,nren < 45%45% &#8804; &#916;cep,nren < 60%&#916;cep,nren &#8805; 60%&#8804; 2,1Porcentaje Ayuda100%100%100%Importe máximo20.250,0022.308,0026.750,00>2,1 - &#8804; 2,6Porcentaje Ayuda60%75%90%Importe máximo12.150,0016.731,0024.075,00  5. - PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.El documento conforme al Anexo I para la obtención de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria estará disponible en la web municipal https://www.aytonavalmoral.es.Las solicitudes, que deberán dirigirse al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, se presentarán por vía telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/. En el apartado de “Tablón de anuncios”, seleccionar Ayudas y Subvenciones.La solicitud de ayuda se efectuará mediante la cumplimentación del formulario correspondiente, disponible en la Oficina de Gestión del Programa Barrio, sita en la calle María Ángeles Galino de Navalmoral de la Mata. El formulario de solicitud aparece  anexo a la presente convocatoria para su cumplimentación e impresión como Anexo II y la documentación que aparece en el mismo.La presentación de la solicitud de subvención fuera del plazo establecido y la no utilización de los formularios normalizados de uso obligatorio, serán causas de inadmisión.La presentación de la solicitud y aceptación de la ayuda por los solicitantes supondrá la aceptación de las condiciones de uso y de la política de privacidad conforme al Reglamento (UE) nº 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y a la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, de la que serán informados convenientemente.Los solicitantes deberán firmar en original la Solicitud y declaración responsable recogida en el Anexo I, manifestando el cumplimiento de las condiciones establecidas y la veracidad de los datos indicados, sin perjuicio de cuantas otras formalidades estén obligados a cumplir.No se admitirán ni tendrán en cuenta las solicitudes presentadas que no cumplan con las anteriores condiciones ni con la forma establecida en esta orden.6. ABONO DE LA AYUDAEn el caso de que las actuaciones hayan finalizado, si la Comunidad de Propietarios o la persona destinataria de las ayudas hubiera presentado correctamente toda la documentación para la aprobación de su solicitud, se le efectuará un único pago del 100% de la ayuda.En el caso de que las actuaciones no hubieran finalizado o no hubieran comenzado a ejecutarse, el abono de las ayudas se realizará en dos fases:Un 50% del total de la ayuda concedida tras la aceptación de la mismaUn 50% del total de la ayuda, a la finalización de las actuaciones, una vez presentada toda la documentación requerida y comprobada su validez por parte del Ayuntamiento. 7. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN1.- El procedimiento de concesión de las ayudas es el de adjudicación directa, por orden de solicitud, tal y como establece el Decreto 71/2022, de 8 de junio, por el que se desarrollan las bases reguladoras del programa de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en Extremadura, modificado por el Decreto 289/2023, de 27 de diciembre, todo ello en el marco del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y el Acuerdo Bilateral suscrito con fecha 20 de septiembre de 2024, entre el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata.2.- La concesión de las ayudas se realizará, hasta el agotamiento del crédito disponible atendiendo a la fecha y hora de presentación de las solicitudes de subvención o, si estas no estuviesen completas, a la fecha y hora en que las solicitudes reúnan toda la documentación necesaria, una vez subsanadas, en su caso.En el caso de necesidad de subsanación de solicitudes, se instará al solicitante para que en el plazo de diez (10) días hábiles aporte la documentación requerida o subsane los defectos encontrados en la solicitud. Este requerimiento se realizará mediante notificación al interesado, por el mismo medio en que presentase la solicitud de subvención. 

Bases y documentación

BASES DE LA CONVOCATORIAPublicado 30/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 30/04/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO NORMAS REGULADORAS DEL PROGRAMA BARRIO NAVALMORAL DE LA MATA.Publicado 09/05/2025