PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES617 - Málaga
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
30/04/2025
Publicación en diario oficial
07/05/2025
Texto oficial de apertura: día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPMA
Texto oficial de cierre: QUINCE DIAS NATURALES
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
El concejal Delegado de Juventud aprobó mediante Decreto N.º 2025/6403, de fecha 8 de abril de 2025, la Convocatoria de Otorgamiento de Subvenciones a Asociaciones Juveniles.De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):Primero.BENEFICIARIOS: Asociaciones Juveniles, sin ánimo de lucro, que cumplan con los requisitos establecidos en la presente convocatoria para la ejecución de proyectos y/o actividades que tengan su periodo de ejecución en el 2025.Segundo.FINALIDAD: Que las Asociaciones Juveniles del municipio organicen actividades culturales, lúdicas y de entretenimiento, de promoción cultural, formativas y que favorezcan la empleabilidad de los jóvenes, además que sirvan de apoyo e innovación a las ya realizadas por el propio Ayuntamiento, dentro de sus atribuciones, así como para los gastos de funcionamiento.Tercero.BASES REGULADORAS: Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones por Ley 38/2003 aprobada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno de Marbella publicada en el BOP número 234, de 12 de diciembre de 2005.Cuarto.IMPORTE: El importe total destinado a esta convocatoria es de catorce mil euros (14.000,00 euros), quedando condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la convocatoria.Quinto.PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: 15 naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga.