CONVOCATORIA PREMIOS DE COMPROMISO SOCIAL EN LAS ARTES VISUALES BIENNAL DE MISLATA "MIQUEL NAVARRO", 2025
LOCAL · MISLATA · AYUNTAMIENTO DE MISLATA
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES - ESPAÑA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- 08/10/2025
- Registro en BDNS
- 30/04/2025
- Publicación en diario oficial
- 12/05/2025
Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOP de Valencia
Texto oficial de cierre: Hasta el día 8 de octubre de 2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
BDNS (Identif.): Primero: BeneficiariosPodrán participar las personas físicas y jurídicas, mayores de edad, sin límite de la misma, de cualquier nacionalidad o lugar de residencia.La participación podrá efectuarse de forma individual o colectiva, siempre que los y las participantes cumplan el requisito que se detalla en el apartado 6.1.Serán excluidas aquellas propuestas que, tanto a título individual como colectivo, sean elevadas por aquellos o aquellas artistas que resultaron ganadores (premios adquisición) o finalistas (premios de exhibición) de las ediciones de la Bienal convocadas por el Ayuntamiento de Mislata en los últimos 5 años (desde la edición del año 2020 hasta la actualidad). A su vez, también serán excluidas las propuestas remitidas por artistas finalistas (premios de exhibición) en la última edición (2024). El Ayuntamiento de Mislata comprobará de hecho que los y las artistas que cursen solicitud de participación no hayan percibido ningún premio de adquisición ni de exhibición en las convocatorias aludidas y desestimará todas aquellas solicitudes que incurran en esta causa de exclusión.Cada participante, grupo o colectivo que desee participar en la convocatoria podrá presentar únicamente una obra. El envío de más de una solicitud por persona física, jurídica o agrupación para presentar diferentes propuestas, o el envío de solicitudes de diferentes personas que presenten más de una obra, serán consideradas causa suficiente para la exclusión de dichas solicitudes.Segundo: Objeto y carácter de la convocatoria.La presente convocatoria tiene por objeto regular el proceso de exhibición y concesión de premios a las creadoras y los creadores que deseen concurrir a los Premios de Compromiso Social en las Artes Visuales, Mislata-2025. Es finalidad de la presente convocatoria favorecer, y promocionar el trabajo de aquellos y aquellas artistas visuales en activo, dando cabida a todo tipo de propuestas innovadoras y representativas de las últimas tendencias artísticas.La convocatoria de los Premios Compromiso Social en las Artes Visuales, Mislata -2025 tiene como propósito:a) Exhibir un máximo de diez obras en el Centre Cultural “Carmen Alborch” de Mislata en una exposición que genere un impacto dentro de la oferta cultural del municipio y que a través de los temas de compromiso social a abordar y del lenguaje de las artes visuales contemporáneas sea capaz de crear nuevos públicos en la cultura. b) Ampliar la colección de fondos artísticos municipales con la adquisición de dos de estas diez obras, expuestas en dicha exposición.c) Otorgar ocho premios de exhibición en concepto de honorarios de artista valorados en 500 € por la participación en la exposición. A dicha cuantía se aplicarán las retenciones fiscales correspondientes de acuerdo con la legislación vigente.d) Otorgar dos premios extraordinarios de 6.000 euros que, además de responder al concepto a que hace referencia el apartado c, estén destinados a la adquisición de la obra premiada. A dicha cuantía se aplicarán las retenciones fiscales correspondientes de acuerdo con la legislación vigente.e) Realizar una publicación crítica de las obras seleccionadas y exhibidas.Tercero: Bases reguladoras y convocatoriahttps://www.mislata.es/es/administracion/subvenciones/convocatorias-de-subvenciones-en-tramitacion/premios-de-compromiso-social-en-las-artes-visuales-bienal-de-mislata-miquel-navarro-2025https://www.mislata.es/es/administracion/ordenanzas/ordenanzas-de-secretaria/ordenanza-general-de-subvencionesCuarto. Cuantía.La dotación presupuestaria adscrita al pago de los premios de adquisición y de exhibición de esta convocatoria asciende a 16.000 € y se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 3340.48100 del Presupuesto Municipal vigente para el año 2025.La cuantía de los dos premios de adquisición a otorgar será de 6.000€ y la de cada uno de los premios de exhibición de 500€. Dichas cuantías serán abonadas en un único pago mediante transferencia bancaria con cargo a la aplicación presupuestaria 3340.48100 del Presupuesto Municipal vigente para el año 2025. Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes se iniciará con la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y finalizará el día 7 de octubre de 2024 a las 23.59 h.En caso que se demore la publicación, el plazo será de diez días hábiles desde la publicación en el BOP. Cuando el último día de presentación sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día siguiente.Sexto. Otros datos.En cumplimiento de lo previsto en el Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de la Administración Electrónica de la Comunitat Valenciana, la solicitud de participación y la propuesta artística se presentarán:A) Preferentemente por vía telemática, mediante la firma electrónica de la persona interesada o que la represente. La solicitud telemática estará accesible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mislata, a través del trámite solicitud de participación en la convocatoria de los Premios Compromiso Social en las artes visuales, Mislata-2025.Para poder registrar una solicitud por vía electrónica será necesario el uso de un certificado digital incluido en la lista de Prestadores de Servicios Electrónicos de Confianza Cualificados por el Estado, según la ley 6/2020, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza y el art. 38.6 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.En el caso de no poseer DNI ni residencia en España la única forma posible de presentación será la estipulada en el apartado 9.1.B. y deberá de acompañarse de la documentación reseñada en la base 2.6.B) Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4. de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La solicitud deberá de ir acompañada de todos los documentos que se especifican en el apartado octavo de esta convocatoria.
BDNS (Identif.): Primero: BeneficiariosPodrán participar las personas físicas y jurídicas, mayores de edad, sin límite de la misma, de cualquier nacionalidad o lugar de residencia.La participación podrá efectuarse de forma individual o colectiva, siempre que los y las participantes cumplan el requisito que se detalla en el apartado 6.1.Serán excluidas aquellas propuestas que, tanto a título individual como colectivo, sean elevadas por aquellos o aquellas artistas que resultaron ganadores (premios adquisición) o finalistas (premios de exhibición) de las ediciones de la Bienal convocadas por el Ayuntamiento de Mislata en los últimos 5 años (desde la edición del año 2020 hasta la actualidad). A su vez, también serán excluidas las propuestas remitidas por artistas finalistas (premios de exhibición) en la última edición (2024). El Ayuntamiento de Mislata comprobará de hecho que los y las artistas que cursen solicitud de participación no hayan percibido ningún premio de adquisición ni de exhibición en las convocatorias aludidas y desestimará todas aquellas solicitudes que incurran en esta causa de exclusión.Cada participante, grupo o colectivo que desee participar en la convocatoria podrá presentar únicamente una obra. El envío de más de una solicitud por persona física, jurídica o agrupación para presentar diferentes propuestas, o el envío de solicitudes de diferentes personas que presenten más de una obra, serán consideradas causa suficiente para la exclusión de dichas solicitudes.Segundo: Objeto y carácter de la convocatoria.La presente convocatoria tiene por objeto regular el proceso de exhibición y concesión de premios a las creadoras y los creadores que deseen concurrir a los Premios de Compromiso Social en las Artes Visuales, Mislata-2025. Es finalidad de la presente convocatoria favorecer, y promocionar el trabajo de aquellos y aquellas artistas visuales en activo, dando cabida a todo tipo de propuestas innovadoras y representativas de las últimas tendencias artísticas.La convocatoria de los Premios Compromiso Social en las Artes Visuales, Mislata -2025 tiene como propósito:a) Exhibir un máximo de diez obras en el Centre Cultural “Carmen Alborch” de Mislata en una exposición que genere un impacto dentro de la oferta cultural del municipio y que a través de los temas de compromiso social a abordar y del lenguaje de las artes visuales contemporáneas sea capaz de crear nuevos públicos en la cultura. b) Ampliar la colección de fondos artísticos municipales con la adquisición de dos de estas diez obras, expuestas en dicha exposición.c) Otorgar ocho premios de exhibición en concepto de honorarios de artista valorados en 500 € por la participación en la exposición. A dicha cuantía se aplicarán las retenciones fiscales correspondientes de acuerdo con la legislación vigente.d) Otorgar dos premios extraordinarios de 6.000 euros que, además de responder al concepto a que hace referencia el apartado c, estén destinados a la adquisición de la obra premiada. A dicha cuantía se aplicarán las retenciones fiscales correspondientes de acuerdo con la legislación vigente.e) Realizar una publicación crítica de las obras seleccionadas y exhibidas.Tercero: Bases reguladoras y convocatoriahttps://www.mislata.es/es/administracion/subvenciones/convocatorias-de-subvenciones-en-tramitacion/premios-de-compromiso-social-en-las-artes-visuales-bienal-de-mislata-miquel-navarro-2025https://www.mislata.es/es/administracion/ordenanzas/ordenanzas-de-secretaria/ordenanza-general-de-subvencionesCuarto. Cuantía.La dotación presupuestaria adscrita al pago de los premios de adquisición y de exhibición de esta convocatoria asciende a 16.000 € y se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 3340.48100 del Presupuesto Municipal vigente para el año 2025.La cuantía de los dos premios de adquisición a otorgar será de 6.000€ y la de cada uno de los premios de exhibición de 500€. Dichas cuantías serán abonadas en un único pago mediante transferencia bancaria con cargo a la aplicación presupuestaria 3340.48100 del Presupuesto Municipal vigente para el año 2025. Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes se iniciará con la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y finalizará el día 7 de octubre de 2024 a las 23.59 h.En caso que se demore la publicación, el plazo será de diez días hábiles desde la publicación en el BOP. Cuando el último día de presentación sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día siguiente.Sexto. Otros datos.En cumplimiento de lo previsto en el Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de la Administración Electrónica de la Comunitat Valenciana, la solicitud de participación y la propuesta artística se presentarán:A) Preferentemente por vía telemática, mediante la firma electrónica de la persona interesada o que la represente. La solicitud telemática estará accesible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mislata, a través del trámite solicitud de participación en la convocatoria de los Premios Compromiso Social en las artes visuales, Mislata-2025.Para poder registrar una solicitud por vía electrónica será necesario el uso de un certificado digital incluido en la lista de Prestadores de Servicios Electrónicos de Confianza Cualificados por el Estado, según la ley 6/2020, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza y el art. 38.6 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.En el caso de no poseer DNI ni residencia en España la única forma posible de presentación será la estipulada en el apartado 9.1.B. y deberá de acompañarse de la documentación reseñada en la base 2.6.B) Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4. de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La solicitud deberá de ir acompañada de todos los documentos que se especifican en el apartado octavo de esta convocatoria.
Bases y documentación
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