¿A quién se dirige?
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES43 - EXTREMADURA
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- 30/10/2025
- Registro en BDNS
- 02/05/2025
- Publicación en diario oficial
- 06/05/2025
Texto oficial de apertura: Al día siguiente de su publicación en DOE
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en elartículo 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de laComunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de laconvocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de DatosNacional de Subvencioneshttps://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoriasPrimero. Personas beneficiarias y Requisitos Generales.Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas, quecontraten a una persona para el cuidado, en el domicilio, de hijos o dehijas menores de 14 años o familiar de primer o segundo grado deconsanguineidad o afinidad con una discapacidad reconocida igual osuperior al 33%, y que cumplan con los requisitos establecidos en elartículo 4 del decreto de bases reguladoras.Se considera persona beneficiaria la integrante de la unidad familiarque figure como titular del hogar familiar en el documento de cotizacióna la Seguridad Social de la persona contratada.Segundo. Objeto.Efectuar la segunda convocatoria, correspondiente al ejercicio 2025, desubvenciones destinadas a la contratación de personas desempleadas y/oen riesgo de vulnerabilidad para el cuidado, a domicilio, de hijos o dehijas menores de 14 años o familiar de primer o segundo grado deconsanguinidad o afinidad con una discapacidad reconocida igual osuperior al 33%, en el marco de la política de conciliación de la vidapersonal, familiar y laboral y corresponsabilidad entre mujeres yhombres de la Comunidad Autónoma de Extremadura.Tercero. Bases Reguladoras.Las bases reguladoras de la presente convocatoria son las contenidas enel Decreto 44/2024, de 28 de mayo, por el que se establecen las basesreguladoras de las ayudas a la contratación, como medida de fomento dela conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar ylaboral y se aprueba la primera convocatoria.Cuarto. Financiación y Cuantía.Las ayudas establecidas en la presente convocatoria se encuentranfinanciadas con fondos del Programa Operativo del Fondo Social EuropeoPlus (FSE+) 2021-2027, Objetivo Político 4. Una Europa más social einclusiva, por medio de la aplicación del pilar europeo de derechossociales. Prioridad 1. Empleo, adaptabilidad, emprendimiento y economíasocial. Objetivo específico: ESO4.3. Promover una participaciónequilibrada de género en el mercado laboral, unas condiciones de trabajoiguales y una mejora del equilibrio entre la vida laboral y la familiar,en particular mediante el acceso a servicios de guardería asequibles yde atención a personas dependientes. Línea de actuación vulnerables, concargo a los créditos correspondientes que se fijen en las convocatoriasque se efectúe n con cargo a los Presupuestos Generales de la ComunidadAutónoma de Extremadura.La cuantía total de la presente convocatoria asciende a la cantidad deun millón ciento setenta y dos mil doscientos ochenta y ocho euros(1.172.288,00€) y se financiará con cargo a los Presupuestos Generalesde la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024, aprobados por Ley1/2024, de 5 de febrero, de presupuestos generales de la ComunidadAutónoma de Extremadura para el año 2024, prorrogados durante elejercicio 2025, desde el 1 de enero de 2025 hasta, en su caso, laaprobación y entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales de laComunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025, imputándose a laaplicación presupuestaria: 02006/253A/48000, Fondo FS21411C01 y Proyecto20240222 “Programa para fomento conciliación de la vida personal,familiar y laboral”.La cuantía individual de la ayuda se calcula conforme a lo estipulado enel art. 8 del decreto de bases reguladoras, que establece que la cuantíamensual de la subvención será la determinada en la escala recogida en laconvocatoria y se hallará teniendo en cuenta las bases de cotización porcontingencias comunes para las personas empleadas, y las horastrabajadas.La cuantía se incrementará en un 10% en los supuestos que la personasolicitante trabajadora por cuenta propia o ajena resida en un municipioen cuyo padrón municipal actualizado a fecha de 31 de diciembre el añoanterior a la convocatoria, consten menos de 5000 habitantes.Asimismo, podrá incrementarse en un 10% si la persona a la que secontrata para el cuidado en el domicilio es víctima de violencia degénero, y otro 10% si se trata de familia monoparental. Estosporcentajes podrán acumularse hasta un máximo de 1.100 euros. La cuantíaindividual de la ayuda no podrá superar los 1.100 euros mensuales en 12pagas.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.Las solicitudes podrán presentarse a partir del día siguiente al de lapublicación de la presente convocatoria y su extracto en el DiarioOficial de Extremadura y hasta el 30 de octubre de 2025.Sexto. Otros datos.Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuraránpublicados en el Diario Oficial de Extremadura con la convocatoriahttp://doe.juntaex.es.El pago de la subvención se realizará, una vez dictada la Resolución deconcesión, en un único abono por el 100% del importe concedido, mediantetransferencia a la cuenta bancaria indicada en la solicitud, que deberáestar activa en el Subsistema de Terceros de la Junta de Extremadura.ra.