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Plazo no verificadoBDNS 830044

APROBACIÓN CONVOCATORIA Y BASES DE LAS AYUDAS MUNICIPALES PARA EL APOYO A LA ESCOLARIZACIÓN DEL ALUMNADO DE BACHILLERATO Y CICLOS FORMATIVOS PARA EL CURSO ESCOLAR 2024-2025

LOCAL · ALQUERIA DE LA COMTESSA, L' · AYUNTAMIENTO DE ALQUERIA DE LA COMTESSA, L'

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 05:15 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES523 - Valencia / València

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Educación

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
02/05/2025
Publicación en diario oficial
13/05/2025

Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP de València

Texto oficial de cierre: 10 dias hábiles desde el siguiente a la publicación en el BOP

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

 Viste que las prestaciones económicas dirigidas a sufragar gastos destinados a cubrir necesidades básicas familiares constituyen uno de los elementos fundamentales de la inclusión social, además de   responder a un derecho subjetivo de la ciudadaníaViste que el Ayuntamiento de l'Alqueria de la Comtessa pretende colaborar con las familias en aquellos gastos que resultan imprescindibles para la formación de los menores y que dificulta la gestión de las economías familiares durante el curso escolar.Viste las presentes bases que tienen por objeto la concesión de ayudas para atender los gastos para el  apoyo de la escolarización del alumnado de bachillerato y ciclos formativos curso escolar 2024-2025 del tenor literal siguiente:“BASES DE LAS AYUDAS MUNICIPALES PARA EL APOYO A La ESCOLARIZACIÓN DEL ALUMNADO DE BACHILLERATO Y CICLOS FORMATIVOS PARA EL CURSO ESCOLAR 2024/2025. 1.- Objeto de la convocatoria:El objeto de la presente convocatoria es regular el sistema de concesión de subvenciones en concepto de ayudas para garantizar una educación de calidad para los estudiantes residentes en l'Alqueria de la Comtessa y escolarizados en Centros Públicos y Concertados, en la modalidad de Bachillerato y Ciclos Formativos. De este modo, el Ayuntamiento pretende colaborar con las familias en aquellos gastos que resultan imprescindibles para la formación de los menores y que dificulta la gestión de las economías familiares durante el curso escolar.2.- Requisitos de los beneficiarios:- Estar empadronado/al/la menor, el padre y madre o tutor y residir en el municipio de L'Alqueria de la Comtessa, al menos desde el 1 de enero de 2024. En caso de que los progenitores estén separados o divorciados será suficiente con que estén empadronados el/la menor y/o el padre, madre o tutor del menor solicitante.La comprobación de este requisito se realizará de oficio por el Ayuntamiento sin que sea necesaria la aportación de ningún documento acreditativo del mismo.- Que se encuentran escolarizados en centros públicos o concertados en el curso 2024/25.- Será imprescindible adjuntar a la solicitud ticket o factura de la compra del material escolar o material electrónico como ordenadores, tabletas electrónicas, impresoras…Queda excluido la compra de ropa o calzado, el pago de excursiones o salidas, libros que cuentan con un cheque de compra de la Generalitat Valenciana, contratación de servicios Psicopedagógicos y de orientación,3.- Cuantía de la ayudaEl importe de las ayudas será hasta 150 € 4.- Criterios de acceso:Las solicitudes, siempre que cumplan los requisitos establecidos en estas bases para resultar beneficiarios, serán atendidas de forma directa, siempre que el número de solicitudes no supero el importe total de 2.500€ previsto en la partida presupuestaria para tal finalidad. En caso contrario, se acudirá al procedimiento de concurrencia competitiva y se otorgarán las becas, con preferencia a los beneficiarios matriculados en centros públicos, según los siguientes criterios:Criterios sociales y laborales.Criterios económicos.1.-PUNTUACIÓN DE LOS ASPECTOS SOCIALES LABORALES.Familias numerosas de categoría especial2 puntosFamilias numerosas de categoría general1 puntoFamilias monoparentales2 puntosDiscapacidad de algún miembro de la familia, igual o superior al 33%1 puntoFamilias en que los dos progenitores están parados y ninguno recibe prestación ni subsidio4 puntosFamilias en que uno de los dos progenitores está parado y no recibe ningún tipo de prestación o subsidio3 puntos Familias en que los dos progenitores están parados y alguno o los dos perciben prestación o subsidio2 puntos Familias en riesgo de exclusión social3 puntos 2.- PUNTUACIÓN DE LA SITUACIÓN ECONÓMICA DE LA UNIDAD FAMILIAR.A efectos de las presentes ayudas, se considera renta anual disponible per cápita de los miembros empadronados, la suma de las siguientes cantidades dividida entre el número de miembros de la unidad familiar:Para los que presentan declaración del IRPF, la parte general de la base imponible y la base imponible del ahorro.Se valorará de acuerdo con la siguiente tabla:Hasta 1.407,26 euros13 puntosDe 1.407,27 euros a 1.876,33 euros12 puntosDe 1.876,34 euros a 2.345,40 euros11 puntosDe 2.345,41 euros a 2.814,50 euros10 puntosDe 2.814,51 euros a 3.283,56 euros9 puntosDe 3.283,57 euros a 3.752,66 euros8 puntosDe 3.752,67 euros a 4.221,73 euros7 puntosDe 4.221,74 euros a 4.690,83 euros6 puntosDe 4.690,84 euros a 5.159,90 euros5 puntosDe 5.159,91 euros a 5.628,98 euros4 puntosDe 5.628,99 euros a 6.098,08 euros3 puntosDe 6.098,09 euros a 6.567,15 euros2 puntosMás de 6.567,15 euros1 puntoMiembros computables:• Para el cálculo de la renta familiar a efectos de beca, son miembros computables de la unidad familiar el padre y la madre, el tutor o persona encargada de la guarda y protección del beneficiario, en su caso, el solicitante, los hermanos solteros menores de veinte años y que convivan en el domicilio familiar, o los de más edad, cuando se trate de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, así como los ascendientes de los padres que justifican su residencia al mismo domicilio que los anteriores con el certificado municipal correspondiente.• Se valorarán todos los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años.• En el caso de solicitantes que constituyen unidades independientes, también se consideran miembros computables el cónyuge o, si procede, la persona que se encuentre unido por análoga relación, así como los hijos si hay y que convivan en el mismo domicilio.• En el caso de divorcio o separación legal de los padres, no se considerará miembro computable aquel de ellos que no conviva con el solicitante de la beca.• Tendrá, no obstante, la consideración de miembro computable y sustentador principal, si procede, el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación las rentas y patrimonio se incluirán dentro del cómputo de la renta y patrimonio familiares.• Para los supuestos de menores emancipados o mayores de edad que alegan vida independiente respecto de los padres o tutores, tendrán que acreditar fehacientemente esta circunstancia, así como los medios económicos con que cuentan y la titularidad o el alquiler de su domicilio que, a todos los efectos, será el que el alumno habito durante el curso escolar. Si no justifica bastante estos extremos, la solicitud será objeto de denegación. 5.- Plazo de solicitudPara la obtención de las ayudas será requisito necesario la previa solicitud dentro del plazo legalmente establecido mediante instancia, en el modelos a disposición de los interesados en la web municipal. La instancia tiene que contener la pertinente declaración, en su caso de no ser beneficiario otras ayudas para la misma finalidad u objeto y la declaración jurada de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la seguridad social.La solicitud se tiene que presentar a las oficinas del Ayuntamiento de L'Alqueria de la Comtessa o bien mediante sede electrónica, en el plazo de 10 días hábiles desde del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOP.Si alguna de las solicitudes o de la documentación presentada contiene alguna deficiencia, se requerirá el interesado porque lo enmiendo en el plazo de 10 días a contar del día siguiente a la notificación del requerimiento. La falta de enmienda de las deficiencias señaladas en el plazo otorgado implicará la dejación de la solicitud presentada.6.- Documentación necesaria:- Solicitud rellenada.- Certificado cuenta bancaria del menor, o del padre/madre o tutor legal del solicitante.- Fotocopia del DNI de los padres, tutores, guardadores o acogedores del menor, así como del mismo menor.- Hoja de terceros agasajado.- Fotocopia del Libro de familia, título de familia numerosa o monoparental, según el caso.- Certificado del grado de discapacidad del alumno, hermanos o padres, en su caso.- Situación de paro laboral del padre y de la madre, justificada documento Darde del SERVEF, y acreditación de percepción de prestaciones o subsidio, en su caso.- Declaración de IRPF del ejercicio 2024 de ambos progenitores. En el supuesto de que uno de los dos progenitores no haga la declaración de IRPF será necesario documento justificativo de no presentación. Los mayores de 18 años forman parte del núcleo familiar y por tanto, es necesaria la presentación del IRPF de los padres o tutores salvo que no conviva y no formo parte  del núcleo familiar, en este caso tendrá que justificarse por parte del solicitante.- Informe social en caso de acreditar situaciones especiales y riesgo de exclusión social, en su caso.- Fotocopia de la matrícula o certificado del centro educativo.7.- Criterios de graduación de los posibles incumplimientos de condiciones impuestas:El incumplimiento de las condiciones impuestas para conseguir la subvención o el falseamiento de datos supondrá la inmediata pérdida de la subvención con la reclamación al interesado de la cantidad dispuesta y el no poder solicitar posteriores subvenciones.8.- Forma de pagoMediante el abono al número de cuenta del beneficiario, paro/ madre o tutor legal del menor de edad.9.- DenegaciónSerá motivo de denegación de la solicitud en el caso de que se mantengan deudas con la administración o no estar al corriente de las obligaciones tributarías por parte de alguno de los dos progenitores de/la menor solicitante.” Examinada la documentación que lo acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con aquello que se ha fijado en el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el artículo 21.1.f) y s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, esta Alcaldía RESUELVE; PRIMERO.- Aprobar la convocatoria y las bases reguladoras de la concesión de ayudas municipales para el apoyo escolarización del alumnado de Bachillerato y ciclos formativos para el curso escolar 2024/2025.SEGUNDO. Aprobar el gasto correspondiente por importe de 2.500,00 euros.TERCERO. Registrar la información a incluir en la BDNS por los medios electrónicos que esta proporciono, acompañada del texto de la convocatoria.Después de registrar la información, la BDNS pondrá el extracto de la convocatoria a disposición del Boletín Oficial de la Provincia para su publicación. En la publicación del extracto tendrá que constar el código de identificación que haya asignado la BDNS a la convocatoria.QUART. Designar como instructor a Ana Lopez Gracia, regidora de ECONOMÍA Y HACIENDA, CULTURA, IGUALDAD Y MUJER Y BIENESTAR SOCIAL del Ayuntamiento de l'Alqueria de la Comtessa.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 02/05/2025Descargar archivo oficial · BDNSSOLICITUDPublicado 02/05/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 02/05/2025Descargar archivo oficial · BDNSAPROBACIÓN DE LAS BASES Y LA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS MUNICIPALES PARA EL APOYO A La ESCOLARIZACIÓN DEL ALUMNADO DE BACHILLER Y CICLOS FORMATIVOS PARA EL CURSO ESCOLAR 2024/2025Publicado 13/05/2025BASES DE LAS AYUDAS MUNICIPALES PARA EL APOYO A LA ESCOLARIZACIÓN DEL ALUMNADO DE BACHILLERATO Y CICLOS FORMATIVOS PARA EL CURSO ESCOLAR 2024-2025