Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 05/05/2025
- Publicación en diario oficial
- 09/05/2025
Texto oficial de apertura: Día siguiente a la publicación del extrato de la convocatoria en el BOP de Santa Cruz de Tfe.
Texto oficial de cierre: VEINTE (20) DÍAS HÁBILES, a partir del día siguiente a la publicación extracto convocatoria
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios.Podrán resultar beneficiarias de esta línea de ayuda las personas con residencia habitual en el municipio de San Sebastián de La Gomera que en el curso académico especificado en la correspondiente convocatoria cursen, en centros públicos o privados de otras islas del archipiélago canario, y en el resto del territorio español.1.- Los/las solicitantes de las ayudas previstas en las presentes bases, deberán cumplir los siguientes requisitos:a) Estar empadronados/as y ser residentes en el municipio de San Sebastián de La Gomera, con una antigüedad mínima de 6 meses en el momento de presentación de la solicitud.b) Ser ciudadanos/as españoles o cumplir con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en el Estado Español y su Integración Social.c) Estar matriculado/a durante el curso académico 2024/2025.d) Cursar sus estudios en una Universidad o Centro Educativo que radique fuera de la isla de La Gomera.f) No poder cursar los estudios en ningún centro de la Isla de La Gomera.g) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y la Hacienda Canaria y frente a la Seguridad Social.h) Hallarse al corriente de las obligaciones con la Hacienda Municipal.i) En caso de que el/la solicitante haya realizado distintos estudios comprendidos en estas bases durante el curso escolar al que se refiera la convocatoria, sólo podrá solicitar beca para uno de ellos.j) El centro en el que se está matriculado debe ser regulado por las administraciones educativas.2.- Para el acceso a las presentes ayudas no se tendrán en cuenta la formación a distancia, ni la formación no reglada, ni los cursos temporales de formación para adultos, ni los cursos de preparación y pruebas de acceso universitario o a ciclos formativos de formación profesional, ni cursos de postgrado o doctorados.3.- Excepcionalmente, podrán acceder a las presentes ayudas los/las estudiantes que hayan obtenido una titulación de grado y estén cursando un máster obligatorio (habilitante) para ejercer una determinada profesión, en este caso, el/ la interesado/a tendrá que acreditar dichas circunstancias documentalmente (aportación de documentación acreditativa de la titulación de grado, de la matrícula del master que está cursando, de la obligatoriedad del mismo, etc.).Asimismo, pueden acceder a las ayudas los/las interesados/as que estén cursando estudios en la UNED y que acrediten documentalmente que los mismos incluyen tutorías obligatorias y/o exámenes que hacen necesario el desplazamiento periódico a otras islas del Archipiélago.4.- En consonancia con el apartado 4, del artículo 14, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPACAP), para el presente procedimiento se establece la obligatoriedad de relacionarse con el Ayuntamiento de San Sebastián de La Gomera a través de medios electrónicos, atendiendo al perfil de las eventuales personas interesadas, las cuales cuentan ordinariamente con los requerimientos y conocimientos técnicos necesarios para ello, todo ello en aras de contribuir a la plena implementación de este tipo de procedimientos en la Administración Insular.Segundo. Objeto.Las presentes bases tienen por objeto regular el procedimiento para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a la movilidad y transporte destinadas a los estudiantes con residencia habitual en el municipio de San Sebastián de La Gomera que cursen estudios universitarios, máster, bachillerato y módulos profesionales, en cualquier rama o disciplina presenciales en centros públicos o privados fuera de la isla de La Gomera, durante el curso académico al que se refiera la correspondiente convocatoria.De forma específica las ayudan van dirigidas a cofinanciar los gastos derivados de la utilización del transporte público regular de viajeros para los desplazamientos habituales a los centros de enseñanza, fomentando e incrementando su utilización entre este colectivo.Tercero. Bases reguladoras.Las bases que rigen la presente convocatoria han sido publicadas en el tablón de anuncios y edictos del Ayuntamiento de San Sebastián de La Gomera, ubicado en la sede electrónica de la página web de la Corporación www.sansebastiangomera.org.Cuarto. Cuantía.El crédito inicial destinado a la presente convocatoria asciende al importe de SESENTA Y CINCO MIL EUROS (65.000,00.- €), en la aplicación presupuestaria con digitación 326.48010 denominada “Servicios Complementarios de Educación. Ayuda al Desplazamiento de Estudiantes”.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de las solicitudes será de VEINTE (20) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, realizada a través de BDNS, de conformidad con el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial, así como en la Página Web del Ilustre Ayuntamiento de San Sebastián de La Gomera. Si el último día del plazo fuese domingo o festivo en San Sebastián de La Gomera, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.Sexto. Otros datos.DOCUMENTACIÓN A APORTAR.1.- Modelo normalizado de solicitud firmado y debidamente cumplimentado en todos sus apartados (Anexo I). En todo caso habrá de determinarse una cuenta de correo electrónico operativa, a los efectos de cursar todas las notificaciones y comunicaciones recaídas en el procedimiento de concesión de las presentes ayudas y que deban ser cursadas a las personas interesadas.En este modelo normalizado se incluye Declaración Responsable relativa a los siguientes extremos:Que acepta las bases de la presente convocatoria.Que todos los datos incorporados a la solicitud se ajustan a la realidad.Que quedan enteradas de que la inexactitud en las circunstancias declaradas dará lugar a la denegación o reintegro de la ayuda.Que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y que no está incurso en las demás prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como que se compromete a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones durante el período de tiempo inherente al reconocimiento del derecho a ser persona beneficiaria (conforme a lo dispuesto en el ya citado artículo 69 de la LPACAP). La presentación de la declaración responsable sustituye la presentación de las certificaciones acreditativas del cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y la residencia fiscal, en tanto que la cuantía a otorgar a cada persona beneficiario no supera el importe de 3.000 euros (artículo 24 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Que en caso de obtener la ayuda que solicita, acepta la misma con la suscripción de la solicitud.Anexo II, de autorización a un/a representante en el procedimiento, en su caso.Fotocopia del D.N.I./N.I.E./Pasaporte en vigor del/de la solicitante, y del/de la representante, en su caso.En caso de los/las extranjeros/as que pretendan acceder a las presentes ayudas, acreditación de la residencia mediante la correspondiente tarjeta o certificado de inscripción en el Registro Central deExtranjeros.Certificación o documento acreditativo de estar matriculado oficialmente en el curso académico que corresponda para el que solicita la ayuda, donde consten todas las asignaturas de las que se matricula, sus correspondientes créditos, y el pago de matrícula, aportando comprobante bancario de haber abonado las tasas académicas correspondientes al curso académico que corresponda, o recibo electrónico de matrícula que tenga todas las garantías de seguridad y autenticidad, expedidos y firmados electrónicamente mediante los sistemas de firma previstos en la normativa. Cuando se acredite la matrícula de másteres universitarios oficiales, en caso de que en el documento anterior no conste el carácter presencial o no presencial del mismo, se deberá acompañar certificación o documento acreditativo que lo especifique.En caso de estudios cursados en la UNED, certificación de la Secretaría del Centro docente sobre la obligatoriedad de asistencia a tutorías y/o exámenes en otras islas del Archipiélago durante el curso (cuantificar).En caso de cursar un máster obligatorio (habilitante), título de grado obtenido o certificación de la Universidad donde se haya adquirido el mismo y documentación acreditativa de la obligatoriedad del máster para ejercer una profesión determinada.Modelo datos de terceros (facilitado junto al impreso de solicitud) cumplimentado y sellado por la entidad bancaria en la que tenga la cuenta en la que desea se le ingrese el importe de la ayuda y de la que deberá ser, en todo caso, titular o cotitular el alumno/a beneficiario/a. En el caso de que la persona solicitante fuese menor de edad, el/la menor habrá de ser titular o cotitular de la cuenta. Esta cuenta deberá mantenerse abierta hasta que se haga efectivo el pago de la ayuda solicitada, en caso contrario se entenderá que renuncia a la misma. En el supuesto de que ya se haya presentado este documento previamente en otro procedimiento abierto en este Ayuntamiento se dispensa de su nueva presentación, salvo que se desee modificar el número de cuenta.Para la comprobación o aclaración de cualquier dato, requisito y/o circunstancia relativos a las personas solicitantes, el Servicio de Gestión de Subvenciones del Ayuntamiento de San La Gomera, podrá recabar de éstas, en cualquier fase del procedimiento, además de la documentación anteriormente establecida, aquélla otra que se juzgue necesaria en orden al dictado, en su caso, de las pertinentes resoluciones.En relación con la documentación general que ya obre en el Servicio de Gestión de Subvenciones del Ayuntamiento de San La Gomera, la persona solicitante podrá omitir su presentación acogiéndose a lo establecido en el artículo 53.1 d) de la LPACAP. En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerir la persona solicitante su presentación.