PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES42 - CASTILLA LA MANCHA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
05/05/2025
Publicación en diario oficial
08/05/2025
Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el DOCM
Texto oficial de cierre: Diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de esta resolución
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarias Tendrán la condición de entidades beneficiarias, a efectos de la presente resolución, las entidades sin ánimo de lucro, constituidas e inscritas en los registros oficiales correspondientes. Segundo. Objeto La presente resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para la realización de proyectos para la prevención de la discriminación múltiple o interseccional, que se produce cuando dos o más causas de discriminación concurren simultáneamente sobre las mujeres, dando lugar a situaciones de mayor vulnerabilidad. Tendrán especial atención las situaciones de vulnerabilidad a la violencia de género que puedan sufrir las mujeres con discapacidad, o con otros factores de discriminación como su condición étnica, de migrante, pobreza, refugiada o desplazada, entre otros. Tercero. Bases reguladoras Orden 40/2023, de 23 de febrero, de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de las subv enciones para impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y la no discriminación, publicada en el DOCM nº43 de 02/03/2023 Cuarto. Financiación y cuantía de las subvenciones La cantidad máxima estimada destinada para esta convocatoria de subvenciones es de 175.000,00 euros, cuya distribución se estima del siguiente modo 54.000,00 euros a la partida 70.01.323B.48126 (fondo 0000000007) fondo finalista procedente del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, y los otros 121.000,00 euros se imputarán a la partida 70.01.323B.48126 de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025. Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución y su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Las solicitudes se cumplimentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica a través del formulario específicamente habilitado al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es) e irán dirigidas a la persona titular del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha.