Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 05/05/2025
- Publicación en diario oficial
- 07/05/2025
Texto oficial de apertura: Día siguiente a la publicación del extracto en el BOP
Texto oficial de cierre: 20 días hábiles a partir del siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
La convocatoria se podrá consultar también en la página web del Instituto Leonés de Cultura:https://www.institutoleonesdecultura.es/convocatorias/Primero.- ObjetoLa concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar a asociaciones culturales para que puedan desarrollar, en municipios de la provincia de León de menos de 20.000 habitantes, actividades y proyectos culturales, dentro de los campos de las artes escénicas, plásticas, musicales y literarias, así como las manifestaciones de música y tradición popular. Podrán presentarse las solicitudes correspondientes bien para actos específicos o bien para programas anuales que incluyan alguna de estas actividades, y siempre que se realicen entre el 1 de noviembre de 2024 y el 31 de octubre de 2025.Segundo.- Régimen jurídico? Bases Generales reguladoras de la concesión de subvenciones, aprobadas por acuerdo del Pleno de la Diputación de León de fecha 27 de febrero de 2008, publicadas en el BOP n.º 45/2008, de 5 de marzo.? Ordenanza General de Subvenciones en redacción aprobada por el Pleno de la Excma. Diputación Provincial de León el día 27 de julio de 2022, y publicada en el BOP n.º 206 de 27 de octubre de 2022.? Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Reglamento que la desarrolla, y en las restantes normas de derecho administrativo, aplicándose en su defecto las normas de derecho privado.Tercero.- Aplicación PresupuestariaLa resolución de la convocatoria, por importe total de 100.000 €, quedará condicionada a la existencia de consignación adecuada y suficiente en la aplicación presupuestaria 610 33446 48900 del presupuesto del ILC para el ejercicio 2025 en el momento de la concesión.Cuarto.- BeneficiariosPodrán obtener la condición de beneficiarios de la presente convocatoria las asociaciones culturales cuya sede social radique en un municipio de la provincia de menos de 20.000 habitantes, siempre que de sus estatutos se deduzca claramente que tienen por objeto predominante el desarrollo de actividades de índole cultural sin ánimo de lucro, que reúnan los requisitos establecidos en la Base 3ª de las BGS y no se encuentren incursos en ninguna de las exclusiones contempladas en el artículo 13 de la LGS.Quinto.- CuantíaLa cuantía de la subvención se determinará en función de lo previsto en la base novena de la convocatoria. El presupuesto total del programa presentado será de al menos 1.000,00 € (impuestos incluidos) y el importe máximo de la subvención será de 1.500,00 €.El programa VENDRÁ DESGLOSADO POR ACTIVIDADES Y, RESPECTO A ESTAS, SE EXPLICITARÁ EL PRESUPUESTO CORRESPONDIENTE A CADA UNA DE ELLAS, al efecto de la posterior comprobación del cumplimiento de los objetivos y actividades que fundamenten la concesión de la subvención conforme a la base decimotercera.Sexto.- Forma y plazo de presentación de solicitudesLas solicitudes se presentarán obligatoriamente a través del formulario disponible en la Sede Electrónica del ILC (https://sede.institutoleonesdecultura.es/), mediante el trámite relativo a la presente convocatoria localizado en "Trámites destacados" o, de no encontrarse allí, accediendo a "Catálogo de trámites" y posteriormente seleccionando el ámbito de "Servicios relacionados con asociaciones". Al formulario de solicitud se deberán adjuntar los documentos previstos en la base octava de la convocatoria (Anexo I, estatuto y proyecto).Dichos anexos y el resto de documentación relacionada con la convocatoria se podrán descargar en el siguiente enlace a la web del ILC: https://ilc-dipuleon.es/convocatorias/Las solicitudes se presentarán en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la fecha de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de León por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.Sexto.- Otros datos de interésPlazo de ejecución: desde el 1 de noviembre de 2024 hasta el 31 de octubre de 2025. Gastos subvencionables: se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido.En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.No se subvencionarán gastos de inversión o equipamiento, adquisición de bienes inventariables, gastos relativos a manutención, alojamiento, excursiones, atenciones protocolarias ni trofeos o placas que no tengan una finalidad exclusivamente cultural. Con carácter general no se admitirán como justificantes los gastos de kilometraje, salvo que por el centro gestor del gasto se especifique la necesidad y la adecuación de los mismos a la actividad que se pretende subvencionar, en cuyo caso, deberán especificarse detalladamente los gastos por dichos conceptos. Los justificantes se referirán a la actividad objeto de subvención.Subcontratación: el beneficiario podrá subcontratar con terceros la actividad subvencionada en un porcentaje que podrá alcanzar el 100%, previo cumplimiento de las condiciones que se establecen en el art. 29 de la LGS.Criterios de valoración: la subvención se adjudicará teniendo en cuenta los siguientes criterios objetivos y su ponderación:? Calidad del proyecto (hasta 70 puntos). ? Criterio de población (hasta 15 puntos).? Grado de cumplimiento años anteriores (hasta 15 puntos).Compatibilidad con otras subvenciones: sí.Forma de justificación: mediante la presentación de la documentación prevista en la base décima de la convocatoria.Plazo máximo de justificación: 15 de noviembre de 2025.Criterios de graduación de posibles incumplimientos, pérdida del derecho al cobro y reintegro: base decimotercera de la convocatoria.Forma de pago: Se efectuará una vez justificada la realización del gasto y acreditados los requisitos señalados en el art. 18 de la Ordenanza General de Subvenciones y en la Base 5ª de las BGS.