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Plazo no verificadoBDNS 830380

Resolución de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para actuaciones de inversión para el impulso transición nuevo modelo larga duración(DRIADE)-PRTR -NextGenerationEU

AUTONOMICA · PRINCIPADO DE ASTURIAS · CONSEJERÍA DE DERECHOS SOCIALES Y BIENESTAR

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 05:21 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES120 - Asturias

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Investigación, desarrollo e innovación

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
05/05/2025
Publicación en diario oficial
09/05/2025

Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente a publicación en el BOPA

Texto oficial de cierre: Un mes desde día siguiente a publicación

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero.- Entidades beneficiarias:Podrán obtener la condición de beneficiarios los centros acreditados de atención residencial y/o atención diurna de titularidad privada, con o sin ánimo de lucro, que cumplan los siguientes requisitos:a),,Los centros existentes deben estar inscritos en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales de Asturias regulado mediante Decreto 43/2011, de 17 de mayo, por el que se aprueba el reglamento de Autorización, Acreditación, Registro e Inspección de Centros y Servicios Sociales, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los centros de nueva creación accederán a dicho Registro una vez autorizados con carácter experimentalb),,En el caso de fundaciones haber presentado las cuentas en el Registro de Fundaciones en el que estuviesen obligadas.c),,El centro residencial y/o de atención diurna no debe haber estado sancionado con sanción firme en vía administrativa en los dos últimos años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.d),,No hallarse en alguna de las circunstancias que establecen los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Segundo.- Finalidad:Esta convocatoria de ayudas tiene como finalidad la implantación o adecuación espacial de los centros residenciales y de atención diurna acordes al Acuerdo sobre criterios SAAD y al nuevo modelo orientador de CLD definido a través de la Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se define el Modelo orientador de la atención en los centros y servicios que ofrecen cuidados/apoyos de larga duración a personas adultas en el Principado de Asturias.Se consideran inversiones objeto de subvención las siguientes líneas de inversión distribuidas en sublíneas.Línea de inversión 1: Creación, reforma y equipamiento de unidades de convivencia (nuevo modelo de CLD) en centros residenciales.",,Sublínea 1.1.- Creación, reforma y equipamiento de unidades de convivencia (nuevo modelo de CLD) en centros residenciales ubicados en Distritos (concejos de más de 20.000 habitantes).",,Sublínea 1.2.- Creación, reforma y equipamiento de unidades de convivencia (nuevo modelo de CLD) en centros residenciales ubicados en Zonas Básicas de Servicios Sociales (concejos entre 3.000 y 20.000 habitantes).",,Sublínea 1.3.- Creación, reforma y equipamiento de unidades de convivencia (nuevo modelo de CLD) en centros residenciales ubicados en Zonas Especiales de Servicios Sociales.Línea de inversión 2: Creación, reforma y equipamiento de centros de atención diurna orientados al nuevo modelo de CLD.",,Sublínea 2.1.- Creación, reforma y equipamiento de centros de atención diurna cuidAS ubicados en Distritos (concejos de más de 20.000 habitantes).",,Sublínea 2.2.- Creación, reforma y equipamiento de centros de atención diurna cuidAS ubicados en Zonas Básicas de SS.SS. (concejos entre 3.000 y 20.000 habitantes).",,Sublínea 2.3.- Creación, reforma y equipamiento de centros de atención diurna cuidAS ubicados en Zonas Especiales.todo ello en el marco del Componente 22, inversión 1 (C22.I1), del "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU".Tercero.- Bases reguladoras:Resolución de 7 de julio de 2023, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar (BOPA de 13 de julio de 2023)Cuarto.- Importe:La cuantía de la subvención en la línea de inversión 1: Creación, reforma y equipamiento de unidades de convivencia (nuevo modelo de CLD) en centros residenciales, será el 80% del total de los gastos subvencionables previstos por cada unidad de convivencia en el Presupuesto de Ejecución Material (PEM) (excluidos impuestos indirectos) hasta un máximo de 200.000 € por unidad de convivencia.La cuantía de la subvención en la línea de inversión 2: Creación, reforma y equipamiento de centros de atención diurna orientados al nuevo modelo de CLD, será el 80% del total de los gastos subvencionables previstos en el Presupuesto de Ejecución Material (PEM) (excluidos impuestos indirectos) hasta un máximo de 100.000 €.Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes:Un mes a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.Sexto.- Otros datos:En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la Ficha de Servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0465T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la Resolución, información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.El otorgamiento o denegación de subvenciones se realizará por la Sra. Consejera de Derechos Sociales y Bienestar mediante resolución motivada que deberá adoptarse y notificarse en el plazo máximo de tres meses contados a partir de la publicación de la convocatoria. Transcurrido el plazo sin que haya recaído resolución expresa se entenderá que esta es desestimatoria.

Bases y documentación

resolución de concesiónPublicado 19/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 19/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la Resolución de 30 de abril de 2025, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se convocan subvenciones proyecto DRIADEPublicado 09/05/2025Resolución de 7 de julio 2023, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se aprueban las bases reguladoras